REGULARIZACION AUTONOMOS E IRPF

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
En el caso de que a un autónomo societario le paguen la cotización de autónomos y ahora le venga una regulazizacion y esa cantidad la abone la empresa, es cantidad que le abona se la metéis en la nomina como retribución en especie en un mes o la dividis entre varios meses?
 

Xabi13

Miembro activo
Buenas, no sé si hay otro hilo con esto, disculpad si es así.

Entiendo, por lo que me ha llegado, que para calcular los rendimientos mensuales la Seguridad Social no tiene en cuenta el tiempo de baja médica, sino que divide los rendimientos anuales únicamente en el tiempo que ha estado de alta. ¿Es así?

Relacionado con esto. Me llega regularización de un autónomo que tuvo una base de poco más de mil euros, y dicen ahora que la base que le corresponde es la de 1.633,99€ (toma hostia). Esta persona cogió una baja médica en julio de 2023 y de hecho continúa con ella. ¿Debería la mutua actualizar la base de cotización para el cálculo y pago de la baja?
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Buenas, no sé si hay otro hilo con esto, disculpad si es así.

Entiendo, por lo que me ha llegado, que para calcular los rendimientos mensuales la Seguridad Social no tiene en cuenta el tiempo de baja médica, sino que divide los rendimientos anuales únicamente en el tiempo que ha estado de alta. ¿Es así?

Relacionado con esto. Me llega regularización de un autónomo que tuvo una base de poco más de mil euros, y dicen ahora que la base que le corresponde es la de 1.633,99€ (toma hostia). Esta persona cogió una baja médica en julio de 2023 y de hecho continúa con ella. ¿Debería la mutua actualizar la base de cotización para el cálculo y pago de la baja?
no, porque ya se han cuidado de poner el mes anterior al de la baja como no regularizable
 

SergioRF

Nuevo miembro
Aquí estamos tratando del atraco de los meses no regularizables: enlace
A ver si entre todos se nos ocurre algo, porque Curro Jiménez se queda corto al lado de esta gente...
 

Xabi13

Miembro activo
Aquí estamos tratando del atraco de los meses no regularizables: enlace
A ver si entre todos se nos ocurre algo, porque Curro Jiménez se queda corto al lado de esta gente...
Gracias Sergio, ahora entro a ese hilo.

Ya estoy leyendo el artículo 309 del RDL 13/2022, ahí viene recogida la duda que tenía. Menuda basura.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
A mi me pasa con la maternidad. La inicio en septiembre. Entiendo que 6 meses para atrás no es regularizable y le regularizan enero y febrero? le reparten en esos dos meses todo el importe que gano y por tanto le sale base máxima en esos dos meses
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Otra sandez por si os pasa también; de una CB en vez de imputar el porcentaje de ingresos que tiene cada comunero, van e imputan como rendimiento el 100 a cada socio, .... menuda mierda de datos han tomado .... los follones de trabajo extra que vamos a tener con esto .....
 

Xabi13

Miembro activo
porque decís 6 meses para atrás (en maternidad/ paternidad) no entiendo....¿?
Porque en el art. 309.1 del RDL 13/2022 se indica lo siguiente:

1. Quedarán excluidas de la regularización prevista en la letra c) del artículo 308.1. las cotizaciones correspondientes a los meses cuyas bases de cotización hubiesen sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de cualquier prestación económica del sistema de la Seguridad Social reconocida con anterioridad a la fecha en que se hubiese realizado dicha regularización.

Para el cálculo de la prestación de maternidad/paternidad se toman los 6 meses anteriores a la baja, con lo cual no tienen en cuenta TODO lo que se ha trabajado esos 6 meses.

Es increíble cómo han interpretado el texto. Yo entendía que "quedar excluidas de la regularización" era que no podían modificarse esas bases, pero no que no se tuvieran en cuenta esos meses para hacer la división de los rendimientos netos. Es una locura.
 
Última edición:

Xabi13

Miembro activo
Otra sandez por si os pasa también; de una CB en vez de imputar el porcentaje de ingresos que tiene cada comunero, van e imputan como rendimiento el 100 a cada socio, .... menuda mierda de datos han tomado .... los follones de trabajo extra que vamos a tener con esto .....
Comprueba la declaración de la renta, porque la TGSS coge todos los importes de la declaración de la renta. ¿Es posible que se haya comunicado mal?
 

Inma.2

Miembro conocido
Porque en el art. 309.1 del RDL 13/2022 se indica lo siguiente:

1. Quedarán excluidas de la regularización prevista en la letra c) del artículo 308.1. las cotizaciones correspondientes a los meses cuyas bases de cotización hubiesen sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de cualquier prestación económica del sistema de la Seguridad Social reconocida con anterioridad a la fecha en que se hubiese realizado dicha regularización.

Para el cálculo de la prestación de maternidad/paternidad se toman los 6 meses anteriores a la baja, con lo cual no tienen en cuenta TODO lo que se ha trabajado esos 6 meses.

Es increíble cómo han interpretado el texto. Yo entendía que "quedar excluidas de la regularización" era que no podían modificarse esas bases, pero no que no se tuvieran en cuenta esos meses para hacer la división de los rendimientos netos. Es una locura.
creo que la base reguladora corresponde a la base de cotización por contingencias comunes reflejada en la nómina del mes anterior al mes que se comienza a disfrutar de la baja maternal/paternal..... lo modificaron en el 2023 si no me equivoco....:unsure:
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Comprueba la declaración de la renta, porque la TGSS coge todos los importes de la declaración de la renta. ¿Es posible que se haya comunicado mal?
Está bien declarada la renta, pero en vez de tomar el 50% de cada comunero toman el 100% de la cb. En este caso dos comuneros al 50%. Y en renta cada comunero ha declarado su 50%. En fin, un despropósito.
 

CARLY

Miembro activo
Una pregunta sobre este tema, ya aprovechando, por que vaya locura, de los que me van a regularizar, solo he recibido el mail genérico, con el listado, ahora irán notificando uno por uno verdad? porque medio me van a notificar a cada uno? ya es que dudo de todo, porque el listado mío esta fatal, y voy a tener que recurrir casi que todos, entiendo que después nos darán un plazo para recurrir verdad?
 
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