Renta 2024 y gente que se apura mucho

Cecilia Alcap

Miembro activo
Buenas compañeros, ya sé que esto acaba de empezar, pero hemos detectado algo raro en el programa de la renta de 2024. Nos han indicado algunos trabajadores que accedieron a la renta y les sale a pagar, cuando en realidad tenían las retenciones de 2024 bien calculadas. El año pasado hubo 3 módulos de cálculo, y según parece los datos del programa de renta van según el primer módulo. Pero en febrero salió un segundo módulo y cambiaron los límites de exención y las retenciones bajaron en muchos casos, con lo que si el programa de renta lo calcula según el primer módulo, de ahí viene esa diferencia. A alguien más le ha pasado o le han comentado algo?
 

Leovigildo

Miembro conocido
El hecho de que salga a pagar, puede por 1001 casuísticas no sólo por los rendimientos de trabajo y su retención correspondiente.
Todos los años, tengo los mismos comentarios y viendo varios casos suele ser por atribución de rentas, ingresos, otras prestaciones etcétera.
Luego está el tema del 50% de recaudación según Comunidad Autónoma.
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
El hecho de que salga a pagar, puede por 1001 casuísticas no sólo por los rendimientos de trabajo y su retención correspondiente.
Todos los años, tengo los mismos comentarios y viendo varios casos suele ser por atribución de rentas, ingresos, otras prestaciones etcétera.
Luego está el tema del 50% de recaudación según Comunidad Autónoma.
Lo sé, es lo primero que se les dijo. Pero se nos ocurrió revisar un par de borradores porque nos aseguraron que solo tenían los rendimientos de trabajo y estos dos casos eran salarios inferiores a 22.000 euros.

El salario y su retención anual ha ido calculada y aplicada según los módulos de cálculo de IRPF de AEAT (el módulo de enero a febrero, el de 08 de febrero a junio y el de junio al final de año). En muchos trabajadores, la retención que iba calculada en enero bajó a partir del módulo de cálculo de febrero en adelante. El cálculo de nuestro programa de nóminas coincide con los cálculos de los módulos de IRPF de la página de AEAT.

Sin embargo, en el programa de renta de AEAT aparece como que les correspondiese tener retenida más cantidad. Les aparece que deben tener la cantidad retenida que aparecía en el primer módulo (correspondiente a la retención de enero), con lo que les sale a pagar porque parece que no está teniendo en cuenta el cambio que se introdujo con el RD 145/2024.

Alguien más tuvo algún apurado con esta casuística?
 

Leovigildo

Miembro conocido
Las que he presentado de Comunidad de Madrid, de momento sin problema. En este caso les sale a devolver, porque la recaudación autonómica y su tipo impositivo están en sus bases mínimas, con lo cual casi todas a devolver más o menos.
 

Elena-Z

Miembro conocido
¿pero el problema es de un programa de nóminas específico o de quién? Si es de un programa igual estaría bien que lo comentaras... para entrar en pánico y eso.
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
¿pero el problema es de un programa de nóminas específico o de quién? Si es de un programa igual estaría bien que lo comentaras... para entrar en pánico y eso.
Yo utilizo A3nom, pero las retenciones de A3nom y las de los diferentes módulos de cálculo de las retenciones de AEAT coinciden, es decir, las retenciones del módulo de cálculo de AEAT y las retenciones que han ido en los certificados coinciden. Euro arriba, euro abajo.

Pero revisamos 3 que, sin tener nada más que el salario, y estando las retenciones calculadas por A3 según los módulos de cálculo de AEAT, al entrar en la Renta WEB les sale a pagar 100/200 euros. El tramo autonómico de IRPF de Galicia es un pelín menor que el estatal.

El año pasado hubo un cambio en febrero del 2024 para adaptarlo al SMI que hizo que a los salarios próximos al SMI les bajase las retenciones. Sin embargo, según vimos, en el programa de renta las retenciones que piden es el cálculo de que salía en enero del 2024, sin tener en cuenta el cálculo a partir de cambio normativo de febrero de 2024 en adelante. No concuerda el propio módulo de cálculo de AEAT con las retenciones que salen en Renta WEB.

En el otro hilo (es que no sé pegarlos para poder acceder directamente 😅) SHGOROEL puso una noticia en la que dicen que el cambio de febrero es solo para que en las nóminas mensuales se retenga menos, pero que luego esa diferencia la va a tener que pagar cada uno... en fin...

En A3 nos dijeron que el programa calcula según el módulo de cálculo y que no entienden bien esa diferencia.
 

E2021

Miembro activo
Necesito una ayudita, me ha dicho un trabajador esta mañana que se le ha comunicado como rendimientos del trabajo 22.000,08 céntimos y que por esos 8 céntimos está obligado a hacer renta, y encima le sale a pagar, que le solucione el tema .... no sé por dónde cogerlo a estas alturas, se puede hacer algún escrito a Hacienda o se puede hacer algo para que esos 8 céntimos no le obliguen a hacer renta?
 

Simpan

Nuevo miembro
Necesito una ayudita, me ha dicho un trabajador esta mañana que se le ha comunicado como rendimientos del trabajo 22.000,08 céntimos y que por esos 8 céntimos está obligado a hacer renta, y encima le sale a pagar, que le solucione el tema .... no sé por dónde cogerlo a estas alturas, se puede hacer algún escrito a Hacienda o se puede hacer algo para que esos 8 céntimos no le obliguen a hacer renta?
¿Se había pactado una remuneración de 22.000 euros justos? Tal vez corregir el modelo 190, pero no sé si las consecuencias serían peores que pagar lo que salga en renta.
 
Última edición:

E2021

Miembro activo
Efectivamente, si rectifico en el modelo 190, la empresa está vendida porque no va a cuadrar el modelo 190 con los presentados modelos 111, vamos a ver si le doy una vuelta al tema. Gracias.
 

Simpan

Nuevo miembro
Sigue sin gustarme modificar el 190, pero, ya que se plantea, tal vez si en él hay remuneraciones a algún socio trabajador le puedas plantear sumarle los 8 céntimos.
 

E2021

Miembro activo
He decidido no tocar el modelo 190, se lo he explicado de la mejor manera al trabajador, que no le ha gustado pero al final son sus impuestos.
 

VILA100

Miembro conocido
He decidido no tocar el modelo 190, se lo he explicado de la mejor manera al trabajador, que no le ha gustado pero al final son sus impuestos.
Es má, cambiando 190 tampoco quedaría resuelto porque hacienda pediría los impuestos del trabajador a la empresa. Por lo que parece…se intuye un déficit de rentenciones.

Salu2
 

Simpan

Nuevo miembro
No tiene por qué haber déficit de retenciones, solo con la diferencia de tributación entre comunidades ya puede salir a pagar, y eso sin considerar cualquier otro rendimiento que pueda tener.
 

trend

Miembro
Bueno, sea lo que sea, lo que no cuadra es que tanto los asesores como los trabajadores piensen que si se ha trabajado todo el año y se ha obtenido rendimientos de trabajo inferiores a 22.000.-€ salga la renta a pagar, en nuestro caso tenemos el cálculo del programa de nóminas acorde al resultado del programa de cálculo de hacienda y a los trabajadores les sale a pagar, pero claro si sus rendimientos de trabajo son inferiores a 22.000.-€ anuales y solo tienen ese rendimiento si quieren no deberían presentar la declaración de la renta pues han trabajado todo el año en una empresa y no han cobrado más de 22.000.-€ anuales. hacienda no podría reclamar ni al trabajador ni a la empresa pues ésta última ha realizado bien los cálculos. Algo se nos escapa ??????. Saludos a todos.
 

Simpan

Nuevo miembro
Bueno, sea lo que sea, lo que no cuadra es que tanto los asesores como los trabajadores piensen que si se ha trabajado todo el año y se ha obtenido rendimientos de trabajo inferiores a 22.000.-€ salga la renta a pagar, en nuestro caso tenemos el cálculo del programa de nóminas acorde al resultado del programa de cálculo de hacienda y a los trabajadores les sale a pagar, pero claro si sus rendimientos de trabajo son inferiores a 22.000.-€ anuales y solo tienen ese rendimiento si quieren no deberían presentar la declaración de la renta pues han trabajado todo el año en una empresa y no han cobrado más de 22.000.-€ anuales. hacienda no podría reclamar ni al trabajador ni a la empresa pues ésta última ha realizado bien los cálculos. Algo se nos escapa ??????. Saludos a todos.

¿tu programa o el módulo de cálculo de retenciones tiene en cuenta la comunidad autónoma?

Ahora entrad en vuestras rentas en la página de la AEAT y simulad en distintas CCAA.

Aparte, el trabajador puede tener otros rendimientos. O imagina que ha marcado la casilla en el 145 de que se deduce la inversión en adquisición de vivienda pero luego en el año solo ha amortizado 700 euros. Puede pasar cualquier cosa.
 
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