SILTRA ya no da resoluciones de alta

RGG1980

Miembro activo
los colegios no hacen nada, pero yo me pregunto , hasta que punto es necesario estar colegiado para pasar los seguros sociales?? y recordemos hay colegios y asociaciones que prestan la misma cobertura para el tema del certificado (por lo menos era si hace 20 años ) que un colegio no nos protege o se queja pues habra que mirar.

Pero normalmente tanto el colegio de graduados sociales como el del reaf , parece que estan para ayudar a la adminsitracion y no para defendernos de la burocracia absurda de acciones que no sirven para nada salvo para quitar tiempo que no "se puede facturar"

Y ese tiempo que nos quitan , hace que dediquemos menos tiempo en lo importante que es explicar y contestar con profundidad a los problemas de los clientes, ya que tenemos que contestar en modo telegrama pq tenemos la bandeja llena de notificaciones la mayoría innecesarias .

Y como siempre esta el trato de los funcionarios de la TGSS, primero que te cojan el telefono o que se dignen en contestar a un casia, y despues la prepotencia bestial con que te tratan ,
 

MarLo

Miembro conocido
Eso es porque son unos chapuzas y no han actualizado el modelo online y no han quitado el texto.. pero lo quitarán
tal cual que es eso... les quedó el texto sin corregir en las altas siltra, lo irán puliendo
pero si las hacemos on-line (como es mi caso) en el TA-2 sale "La Tesorería General de la Seguridad Social ha procedido a reconocer el alta en el Régimen General", no entiendo que luego pueda haber algun problema de no mecanización de esta alta.... Porque ya está reconocida, no?
la diferencia es muy significativa. Los Informes según la ley de procedimiento administrativo no son vincultantes

1752591997744.png
Y la resolución sí que lo es. Y ahora la resolución es lo que nos llega el fin de semana. A efectos prácticos hay que tener en cuenta que antes cuando con las altas teníamos la resolucio´n en el mismo momento, cualquier corrección se hacía así... vía corrección de errores... pero con el alta (digamos y para entendernos) "ganada". Ahora la hostia puede ser buena si nos llega la resolución siete días después, o lo que se tarde en abrir... y ya nos viene denegada. Tendremos la posibilidad de presentar un recurso pero el alta no la tenemos "ganada". El trabajador en el aire.

Y saben que somos unos pringado porque a esto le llaman "Tramitación electrónica automatizada" y dicen que es para mejorar la eficiencia administrativa
 

Caslaboral

Miembro conocido
tal cual que es eso... les quedó el texto sin corregir en las altas siltra, lo irán puliendo

la diferencia es muy significativa. Los Informes según la ley de procedimiento administrativo no son vincultantes

Ver el archivos adjunto 4479
Y la resolución sí que lo es. Y ahora la resolución es lo que nos llega el fin de semana. A efectos prácticos hay que tener en cuenta que antes cuando con las altas teníamos la resolucio´n en el mismo momento, cualquier corrección se hacía así... vía corrección de errores... pero con el alta (digamos y para entendernos) "ganada". Ahora la hostia puede ser buena si nos llega la resolución siete días después, o lo que se tarde en abrir... y ya nos viene denegada. Tendremos la posibilidad de presentar un recurso pero el alta no la tenemos "ganada". El trabajador en el aire.

Y saben que somos unos pringado porque a esto le llaman "Tramitación electrónica automatizada" y dicen que es para mejorar la eficiencia administrativa
Entiendo que haciendolas online sigue siendo lo mismo... Y por eso el texto del informe es ligeramente diferente al de remesas. En un alta online no puede haber ningun error que haga que de sorpresa nos venga no consolidada ni nada... como hasta ahora.

o eso creo yo... Aunque es una mierda recibir 300 mil notificaciones de estas cada semana...
 

MarLo

Miembro conocido
Entiendo que haciendolas online sigue siendo lo mismo... Y por eso el texto del informe es ligeramente diferente al de remesas. En un alta online no puede haber ningun error que haga que de sorpresa nos venga no consolidada ni nada... como hasta ahora.

o eso creo yo... Aunque es una mierda recibir 300 mil notificaciones de estas cada semana...
como la canción de mecano... una rosa es una rosa es... pues yo creo que "un informe es un informe es..." :LOL: si pone informe arriba de todo tanto on line como en remesas, no es una resolución que es lo que ponía antes
 

Caslaboral

Miembro conocido
como la canción de mecano... una rosa es una rosa es... pues yo creo que "un informe es un informe es..." :LOL: si pone informe arriba de todo tanto on line como en remesas, no es una resolución que es lo que ponía antes
Eso esta claro. Pero que situacion se puede dar para que un alta hecha online, tramitada y reconocida por la TGSS venga despues magicamente rechazada en la resolucion? no veo ningun caso en que pueda darse algo asi.
 

MCS

Miembro activo
Eso esta claro. Pero que situacion se puede dar para que un alta hecha online, tramitada y reconocida por la TGSS venga despues magicamente rechazada en la resolucion? no veo ningun caso en que pueda darse algo asi.
y también el tiempo que tarda, porque yo no sé vosotros pero a mi me han llegado resoluciones de hace dos semanas, dime tú que hago yo si ahora me sale denegada??
 

REYESFF

Miembro activo

En Madrid, a 15 de julio de 2025​


Ilmo./a Sr./a Miembro de la Comisión Permanente del Consejo General, Ilmo./a Sr./a Presidente/a, Miembro de Junta de Gobierno y Colegiado/a del Colegio Oficial de Graduados Sociales


Estimado/a Compañero/a:

Te informo que en el día de ayer, la Comisión Técnica de Trabajo de la Seguridad Social de este Consejo General se reunió con carácter urgente para tratar la situación que llevamos sufriendo desde el pasado viernes, a raíz de las notificadas recibidas con motivo de la reciente implantación de un sistema de notificaciones automáticas por cada alta o baja tramitada a través de NOTESS, en aplicación del BNR 8/2025 y la Resolución de 9 de abril de 2025.

Pues bien, te comunico que los miembros de la Comisión de Trabajo han transmitido al director general de la Tesorería General de la Seguridad Social el enorme malestar de nuestro colectivo por la manera de implementar la citada resolución, máxime cuando estas notificaciones las han recibido también nuestros clientes, cuestión que no es entendible al ser nosotros sus representantes y produciéndose de esta manera la saturación y el bloqueo del funcionamiento de nuestros despachos y por otro lado, la vulneración sufrida, una vez más, de nuestro derecho a la desconexión digital y a la conciliación de nuestra vida familiar y personal.

No dudes que desde este Consejo General, su Comisión Permanente y los Colegios Provinciales de toda España, estamos trabajando para reorientar esta circunstancia y que la Tesorería General de la Seguridad Social ajuste convenientemente y de una forma más eficaz y eficiente estas notificaciones, al mismo tiempo que yo personalmente estoy en continuo contacto con su director general para trasladarle todas aquellas contingencias que puedan surgir, como las vividas en estos últimos días con nuestros clientes y en nuestros despachos.

Por supuesto, se ha solicitado con carácter de urgencia una reunión de la mesa de trabajo TGSS-CGCOGSE para tratar los temas que a día de hoy son prioritarios y necesarios para mejorar nuestra actividad profesional y personal; espero, en un breve plazo de tiempo, poder informarte favorablemente sobre este particular, así como de otros que también son relevantes para todos nosotros.

Sin otro particular, recibe un cordial saludo.


Fdo.: Joaquín Merchán Bermejo
Presidente del Consejo General


 
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Elena-Z

Miembro conocido
Eso esta claro. Pero que situacion se puede dar para que un alta hecha online, tramitada y reconocida por la TGSS venga despues magicamente rechazada en la resolucion? no veo ningun caso en que pueda darse algo asi.
Yo también pensaba que eso no podía ser, pero puf... sólo pensar en un error informático o cualquier cosa así... es que no es ni medio normal, vaya.
Tener ahora que estar siempre pendiente de las altas y bajas, que no haya habido un problema y estén sin tramitar, sin reconocer, sin resolver o llamemosle x.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Yo también pensaba que eso no podía ser, pero puf... sólo pensar en un error informático o cualquier cosa así... es que no es ni medio normal, vaya.
Tener ahora que estar siempre pendiente de las altas y bajas, que no haya habido un problema y estén sin tramitar, sin reconocer, sin resolver o llamemosle x.
Pero vamos a ver, en el supuesto caso de que hubiese algún error informático que no consolidase el alta, lo arreglarán por CASIA seguro. Por muy “informe” que sea el nuevo documento que te dan, es el justificante de que has presentado el alta en plazo, y honestamente, no veo ninguna diferencia con que hubiese pasado con el sistema anterior (que perfectamente podría haber pasado igual, que no se consolidase una alta y no te enterases).
 

yujurl

Miembro activo
Pero vamos a ver, en el supuesto caso de que hubiese algún error informático que no consolidase el alta, lo arreglarán por CASIA seguro. Por muy “informe” que sea el nuevo documento que te dan, es el justificante de que has presentado el alta en plazo, y honestamente, no veo ninguna diferencia con que hubiese pasado con el sistema anterior (que perfectamente podría haber pasado igual, que no se consolidase una alta y no te enterases).
Pienso igual, para mi el problema es que lo envíen como notificaciones, teniendo como autorizados el SILTRA que perfectamente podría venir por ahí.

Sergio
 

toni

Miembro conocido
Pues yo no estoy de acuerdo lo siento... es una tocada de huevos, es un informe que no sirve para nada, bueno si, para perder el tiempo en ver que cojones has recibido y que te llamen tus clientes para decirte que han recibido una comunicacion, que que es y lo que es es otra perdida de tiempo... no se si al final quitaran la resolucion e idc de alta, pero seria otra tocada de huevos, pues yo todo lo hago on-line y me saco el idc al momento, el siltra solo para envio de bases...
 

MCS

Miembro activo
Pues yo no estoy de acuerdo lo siento... es una tocada de huevos, es un informe que no sirve para nada, bueno si, para perder el tiempo en ver que cojones has recibido y que te llamen tus clientes para decirte que han recibido una comunicacion, que que es y lo que es es otra perdida de tiempo... no se si al final quitaran la resolucion e idc de alta, pero seria otra tocada de huevos, pues yo todo lo hago on-line y me saco el idc al momento, el siltra solo para envio de bases...
Yo hago igual, gracias al online sabemos al momento si se aplican bonificaciones peculiaridades o directamente si hemos hecho bien los trámites, parece que lo que quieren es perjudicarnos a nosotros, complicarnos las cosas y darnos más problemas. Sigo sin verle el sentido
 

yujurl

Miembro activo
Pues yo no estoy de acuerdo lo siento... es una tocada de huevos, es un informe que no sirve para nada, bueno si, para perder el tiempo en ver que cojones has recibido y que te llamen tus clientes para decirte que han recibido una comunicacion, que que es y lo que es es otra perdida de tiempo... no se si al final quitaran la resolucion e idc de alta, pero seria otra tocada de huevos, pues yo todo lo hago on-line y me saco el idc al momento, el siltra solo para envio de bases...
Bueno la resolución ya la han quitado, ahora es un informe de situación. Y el IDC no creo que lo quiten... habían dicho que lo quitaban? Anda que no piden el IDC para todo tipo de cosas....
 

Marce

Miembro
Pues tener cuidado, comunicamos un alta con error en el tipo de contrato, al día siguiente cuando nos dimos cuenta no pudimos cambiarlo nosotros en el sistema red y tuvimos que dar una baja nuevo alta y CASIA para ponerlo en plazo. Todo correcto con IDC y vida laboral del trabajador correcto, y nos días después llega la resolución y aparece la fecha de alta y de efectos distinta, la maquinita no tuvo en cuenta que el funcionario lo corrigió "manualmente" y así todo. Ahora en la base de datos de la TGSS esta correcto pero en la resolución no consta correcto. Les mande un escrito para que dicten nueva resolución con las fechas correctas, ya veremos el caso que me hacen
 

Naialaboral

Miembro activo
Pues tener cuidado, comunicamos un alta con error en el tipo de contrato, al día siguiente cuando nos dimos cuenta no pudimos cambiarlo nosotros en el sistema red y tuvimos que dar una baja nuevo alta y CASIA para ponerlo en plazo. Todo correcto con IDC y vida laboral del trabajador correcto, y nos días después llega la resolución y aparece la fecha de alta y de efectos distinta, la maquinita no tuvo en cuenta que el funcionario lo corrigió "manualmente" y así todo. Ahora en la base de datos de la TGSS esta correcto pero en la resolución no consta correcto. Les mande un escrito para que dicten nueva resolución con las fechas correctas, ya veremos el caso que me hacen
Buff... si es que no entiendo para que lo han cambiado...
 

Siux

Miembro
De momento lo que están consiguiendo es colapsarnos de notificaciones y de llamadas de clientes que no entienden qué pasa...!Qué hartazgo!
 

MarLo

Miembro conocido
Creo que no se le da la importancia que merece a este cambio y las consecuencias las pagaremos dentro de unos años, porque a nivel administración (al margen del politiqueo de los del Congreso), aunque pensemos que se hacen las cosas pensando a corto plazo, no es así... Esto es un primer clavo y ya nos llegará dentro de unos años la gorda, en cuanto consiga la TGSS mejores servidores para cruzar datos y procesarlos.

Ahora mismo, es que si no tenemos la resolución de alta, (y yo ya llevo esperando18 días por una...), pueden tomarse su tiempo para contrastar datos y tumbarla. Pensemos por ejemplo, en las altas de extranjeros no comunitarios con fechas del permiso de trabajo "dudosas o pendientes de resolución de extranjería o Interior". No les costará nada tumbar el alta a la espera de nuestras alegaciones (recurso de alzada). Porque una resolución administrativa, la de por ejemplo un alta de un extranjero, para ser tumbada de oficio tiene que pasar por los juzgados, si está generando un derecho o prestación. Pues esto es algo que irán puliendo con este nuevo sistema. E irán puliendo según ganen en capacidad de procesado, porque que nos manden las notificaciones el fin de semana, o los viernes a última hora, es para no petar el sistema. Cuando tengan un sistema potente que permita mandar las notificaciones un martes a las 13.00 podemos echarnos a temblar.

Mirad como copilot lo tiene claro: pego abajo tal cual lo que me contestó a la pregunta entre la diferencia entre informe y resolución en el ámbito de las altas de trabajadores

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En el contexto de la Seguridad Social, especialmente en las altas de trabajadores, la diferencia entre un informe y una resolución es bastante clara en cuanto a su función y efectos:


🧾 Informe​


  • Es un documento informativo que refleja datos o situaciones, pero no tiene efectos jurídicos vinculantes.
  • Puede incluir detalles como la situación de afiliación, cotización, vida laboral, etc.
  • Se utiliza para consultar o verificar información, por ejemplo, si un trabajador está dado de alta en una empresa en una fecha determinada.
  • No implica una decisión administrativa, sino que describe lo que ya consta en los registros.

📜 Resolución​


  • Es un acto administrativo formal emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • Tiene efectos jurídicos: reconoce oficialmente el alta o baja de un trabajador.
  • Desde junio de 2025, estas resoluciones se generan de forma automatizada y se notifican electrónicamente a través del sistema RED.
  • Incluyen datos como razón social, régimen, fechas de alta/baja, normativa aplicable, y pueden ser impugnadas mediante recurso de alzada.

🔍 En resumen:


  • El informe te dice lo que hay.
  • La resolución te dice lo que se ha decidido oficialmente.

¿Quieres que te muestre un ejemplo de cada uno o cómo se descargan desde el sistema RED?
 
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