Hola.
Trabajadora de baja con motivo 65 (agotamiento IT) desde 02/08/25, ahora llega la resolución de la IP absoluta sin posibilidad de revisión, con fecha de resolución 18/09/25 y fecha de efectos económicos 09/07/25. La trabajadora tiene pendientes todas las vacaciones de 2024 y 2025 y ha manifestado que no quiere adaptación de puesto.
He visto en otro hilo que para dar la baja definitiva habría que solicitar a Acrass que cambien el motivo de la baja de 65 a 58 (pase a pensionista) pero, en ese caso ¿Cómo cotizaríamos las vacaciones?
¿O habría que dar un alta y a continuación una baja, con inactividad Z, y comunicando las vacaciones? Si fuese así ¿deberíamos hacerlo con fecha 18/09/25 y solicitar posteriormente que quiten el fuera de plazo o se puede poner la fecha del día en que se haga?
En fin, demasiadas dudas, a ver si me podéis echar un cable.
Trabajadora de baja con motivo 65 (agotamiento IT) desde 02/08/25, ahora llega la resolución de la IP absoluta sin posibilidad de revisión, con fecha de resolución 18/09/25 y fecha de efectos económicos 09/07/25. La trabajadora tiene pendientes todas las vacaciones de 2024 y 2025 y ha manifestado que no quiere adaptación de puesto.
He visto en otro hilo que para dar la baja definitiva habría que solicitar a Acrass que cambien el motivo de la baja de 65 a 58 (pase a pensionista) pero, en ese caso ¿Cómo cotizaríamos las vacaciones?
¿O habría que dar un alta y a continuación una baja, con inactividad Z, y comunicando las vacaciones? Si fuese así ¿deberíamos hacerlo con fecha 18/09/25 y solicitar posteriormente que quiten el fuera de plazo o se puede poner la fecha del día en que se haga?
En fin, demasiadas dudas, a ver si me podéis echar un cable.