BASE REGULADORA IT TRAS SUBROGACION

PEDRO

Miembro conocido
En caso de caer de baja médica un trabajador en el el mismo mes que se subroga su contrato ¿Qué base de cotización se toma? ¿la del mes anterior en la empresa antecesora, o se calcula con los días de alta del mes en que comienza en la nueva empresa?
 

toni

Miembro conocido
Yo así lo entiendo, pero la verdad es que es la primera vez que se me produce el caso.
He encontrado una respuesta de la SS bastante antigua, pero dice:

En el supuesto planteado la base reguladora de la prestación económica por
incapacidad temporal se calcula en función de la base de cotización del mes
anterior a la baja médica. Con independencia de cuando se haya producido la
subrogación del contrato de trabajo.

Osea, que de lo dicho nada Pedro.
 

PEDRO

Miembro conocido
He encontrado una respuesta de la SS bastante antigua, pero dice:

En el supuesto planteado la base reguladora de la prestación económica por
incapacidad temporal se calcula en función de la base de cotización del mes
anterior a la baja médica. Con independencia de cuando se haya producido la
subrogación del contrato de trabajo.

Osea, que de lo dicho nada Pedro.
Pues no sabes lo que te agradezco, porque antes de preguntaros estuve mirando por "san google" y nada encontré.
Gracias Toni
 
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