ATRASOS CONSTRUCCION Y REDUCCION PLAN PENSIONES

RGG1980

Miembro activo
Los convenios se están publicando con atrasos sobre 2025
Un parte importante se lo lleva el famoso plan de pensiones.

El año pasado los que se pasaron al final nos mandaron que fuera en una L03 - CRA 33 - y SIN REDUCCION por la parte de atrasos

Pero de los próximos atrasos 2025 no dijeron nada, ya que cuando hablaban de ellos hablaban de 2022-23-24 expresamente

Estos atrasos de 2025 , como le aplicamos la reducción

Podremos enviar las L03 a partir del 1, o el sistema no estara preparado?
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Visto lo visto yo no voy a aplicar la reduccion de los PPSC de atrasos... La duda que yo tengo es que van dos atrasos, de salarios y de planes, se envia todo en una L03 o hay que diferenciar? Miedo me da de enviarlo por separado y que la rechacen por enviar dos...
 

RGG1980

Miembro activo
yo lo voy a enviar en 2 lotes , por un lado la de dinero y por otro la que ve va a dar problemas fijo que es la del ppsc
 

luca2020

Miembro
RGG1980, entonces lo que hay que hacer ahora en diciembre:
1°Poner ya en la nómina de diciembre ya con la subida.
2° hacer otra de atrasos de enero a noviembre 2025.
Y 3° ¿ Los atrasos del plan de pensiones se ponen también en la nómina de atrásos de enero a noviembre o en otra nómina por separado? Y luego ¿mandar esa nómina de los atrasos en un L03 si se mete hace todo junto o hacer en dos L03 si se hace dos nóminas?

Gracias de antemano.
 

yujurl

Miembro conocido
RGG1980, entonces lo que hay que hacer ahora en diciembre:
1°Poner ya en la nómina de diciembre ya con la subida.
2° hacer otra de atrasos de enero a noviembre 2025.
Y 3° ¿ Los atrasos del plan de pensiones se ponen también en la nómina de atrásos de enero a noviembre o en otra nómina por separado? Y luego ¿mandar esa nómina de los atrasos en un L03 si se mete hace todo junto o hacer en dos L03 si se hace dos nóminas?

Gracias de antemano.
Yo todavía no lo he hecho, pero entiendo que se tienen que meter todo en una L03 (no puede haber dos L03 que corresponda al mismo periodo y la misma fecha de control)

Si no va estar bonificado, que estoy casi seguro que no como pasó con los anteriores, se enviaria una L03 con la suma de las dos.
 

Naialaboral

Miembro conocido
RGG1980, entonces lo que hay que hacer ahora en diciembre:
1°Poner ya en la nómina de diciembre ya con la subida.
2° hacer otra de atrasos de enero a noviembre 2025.
Y 3° ¿ Los atrasos del plan de pensiones se ponen también en la nómina de atrásos de enero a noviembre o en otra nómina por separado? Y luego ¿mandar esa nómina de los atrasos en un L03 si se mete hace todo junto o hacer en dos L03 si se hace dos nóminas?

Gracias de antemano.
Yo he hecho una L03
 

1056RP

Miembro activo
Sabéis alguno sí ya han publicado las tablas para Madrid? He visto el acuerdo pero no las tablas. He calculado la nóminas de diciembre y aún no he aplicado nada y leyendo vuestros mensajes me da miedo estar haciéndolo mal.
 

Paqui

Nuevo miembro
Hola alquien sabe si se han publicado las tablas para Almería? Estáis haciendo atrasos con el estatal o esperáis a que salga el de vuestra provincia?
 

Siux

Miembro
Sabéis alguno sí ya han publicado las tablas para Madrid? He visto el acuerdo pero no las tablas. He calculado la nóminas de diciembre y aún no he aplicado nada y leyendo vuestros mensajes me da miedo estar haciéndolo mal.
Yo tampoco he visto nada de Madrid y las nóminas de diciembre ya están calculadas...
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Que follón.. Estoy dando vueltas a la cabeza que nos han dado de plazo hasta febrero para pagar, pero me raya hacer los atrasos en febrero y sumar los atrasos al 2026 que ya lleva subida de por sí.. o le aplico el 15% con devengo del 2025 y ya... Ya no sé que es devengo, exigible, retención, nomina bruta, neta, reducciones si o no, L03, CRA, impuesto de sociedades, bonificaciones.... 🆘 (no pregunto, no me contesteis, que bastante tenéis, que luego haré lo que la inspiración divina o marciana me dicte...).
 

RGG1980

Miembro activo
Entiendo que los atrasos de construcción de 2025 habrá que hacer

- Una L03 para los atrasos dinerarios , con cra 009

- El plan de pensiones ya actualizado de diciembre , y el concepto de la ordinaria ira sin CRA y CON reducción

- Otra L03 para atrasos del plan de pensiones, con liquidación 009 pero en el concepto de atrasos cra 033 y ojo SIN REDUCCION


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yujurl

Miembro conocido
No vas a poder hacer dos L03 de los mismos periodos y con la misma fecha de control. Yo veo más la opción de sumar la base de atrasos normales y los correspondientes al plan de pensiones y hacer una única L03
 

CHARO

Miembro conocido
Pero estos atrasos son porque han salido nuevas tablas imagino, pero en qué provincias? Por qué en el de Barcelona, yo no he visto nada.
 

Kalin

Miembro activo
En Bizkaia salieron el viernes 26, pero o he leido mal o no se han modificado las aportaciones del 2025, solo hay revision salarial, es decir que no habría que hacer atrasos por la parte del PP.
Si algún compañero que lleve de construccion de Bizkaia me pudiera confirmar.....
 

Nekein

Miembro
En Cantabria han salido las tablas actualizadas no retroactivas de 2024, las de 2025 y las de 2026...pero no las del plan de pensiones, a lo que entiendo que, corregidme si me equivoco, entraría en juego el acuerdo 2 del Acuerdo de Modificación del VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción que modifica el artículo 56 del Plan de pensiones donde establecen 2. d) y e) que la contribución para 2025 es la que se venía aplicando más el 0,4% sobre los conceptos de las tablas vigentes en el ejercicio del 2024 del Convenio colectivo de aplicación + un 0,5% del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 aplicada la clausula de garantía salarial anterior, si el trabajador estuvo todo el año 2025 a tiempo completo o en su defecto de la parte proporcional correspondiente. Sumándose un 0,25% de los conceptos salariales de las tablas de 2025 para el año 2026.

Y en el punto 3 añaden que las contribuciones correspondientes a los meses del año 2025 anteriores a la publicación del acuerdo (BOE 296 de 10 de diciembre de 2025) se ingresarán en la Entidad Depositaria dentro de los 90 días siguientes a la publicación, y que si los convenios provinciales o autonómicos no establecen estos importes (los de las aportaciones al plan) dentro de ese plazo de 90 días, los importes los establecerá la Comisión...

Yo la única duda que tengo es si el 0,4% lo tengo que aplicar sobre las tablas antiguas de 2024 o sobre las nuevas revisadas de 2024 sin efectos retroactivos que también han subido un 0,4%...y que quedan tres días para Enero...y después del subidón actual, todavía queda el de enero...que me da la risa...
 

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