No obstante aclaran que si realiza la aportación del mes de enero, la puede realizar desde el archivo de Nuevas Aportaciones ,si no va a realizar ningún atraso.
Ahora bien, el efecto fiscal es exactamente el mismo, imputarse en 2026, ya que la única diferencia es un tema de contabilización y diferenciación para la empresa, por tanto no es impeditivo un archivo sobre el otro.
Lo que debe coincidir es la aportación realizada con la imputada en la nomina para que coincida con la TGSS, eso sí es lo principal.
Esto me contestaron de la Caixa
Ahora bien, el efecto fiscal es exactamente el mismo, imputarse en 2026, ya que la única diferencia es un tema de contabilización y diferenciación para la empresa, por tanto no es impeditivo un archivo sobre el otro.
Lo que debe coincidir es la aportación realizada con la imputada en la nomina para que coincida con la TGSS, eso sí es lo principal.
Esto me contestaron de la Caixa