Leovigildo
Miembro conocido
No, sigue aplicando sobre SMI de 2025Buenos días! No se ha publicado la calculadora de Hacienda con las nuevas tablas, no?
No, sigue aplicando sobre SMI de 2025Buenos días! No se ha publicado la calculadora de Hacienda con las nuevas tablas, no?
Aun prorrateándole las vacaciones y la indemnización me da un importe diario de 53 aprox.... no me dan las cuentas la verdadDesconozco si incluye como en muchos convenios agrarios, las vacaciones también de forma diaria e indemnización
Buenos días!
Como entendeis vosotros lo del importe mínimo de 57,82 euros por jornada legal en contratos de menos de 120 días? Si por ejemplo está de alta 1 mes, le da un bruto de 1734,6 euros... Me parece que aumento una barbaridad
Sobre este tema. Yo tengo una trabajadora en maternidad que cobra SMI, por lo que su base de cotizacion es inferior a la nueva base mínima. ¿Si yo no ajusto las base de cotizacion a la mínima del SMI del 2026 hasta que finalice la maternidad, qué consecuencias puede tener? ¿Regularizaría de oficio TGSS con recargo? ¿El trabajador podría reclamar al INSS que le pagara en funcion de su nueva base de cotización?![]()
ERROR SILTRA NUEVAS BASES MINIMAS Y BASE DIARIA IT DEL 2024
Buenos dias: envié las cotizaciones de febrero sin tener actualizadas las bases mínimas 25 en el programa (A3Nonm). Obviamente me han venido muchas bases mínimas incorrectas. Entre ellas tengo 3 casos de personas en IT que arrastran bases diaria del subsidio desde 2024 (y una de enero 25 que en...foros.elasesorlaboral.com
Sobre este tema. Yo tengo una trabajadora en maternidad que cobra SMI, por lo que su base de cotizacion es inferior a la nueva base mínima. ¿Si yo no ajusto las base de cotizacion a la mínima del SMI del 2026 hasta que finalice la maternidad, qué consecuencias puede tener? ¿Regularizaría de oficio TGSS con recargo? ¿El trabajador podría reclamar al INSS que le pagara en funcion de su nueva base de cotización?
ATRASOS SMIBuenos días, cómo llamáis al concepto para incluirlo en la nómina?
Y porque lo diferencian entonces del smi normal entonces?Es por jornada, que no trabaja los 30 días del mes, que descansará 2 días, o 1 y medio semanales ....
Yo tengo a una trabajadora a jornada parcial que cobraba el SMI y está de baja por maternidad desde noviembre 2025, y justo va ahora a terminar la prestación de maternidad. En este tipo de casos, donde la base reguladora es de 2025, ¿ se debería igualmente actualizar la prestación de maternidad desde enero de 2026?Sobre este tema. Yo tengo una trabajadora en maternidad que cobra SMI, por lo que su base de cotizacion es inferior a la nueva base mínima. ¿Si yo no ajusto las base de cotizacion a la mínima del SMI del 2026 hasta que finalice la maternidad, qué consecuencias puede tener? ¿Regularizaría de oficio TGSS con recargo? ¿El trabajador podría reclamar al INSS que le pagara en funcion de su nueva base de cotización?
Me temo que se regulariza la cotización pero no el cobro de la prestaciónYo tengo a una trabajadora a jornada parcial que cobraba el SMI y está de baja por maternidad desde noviembre 2025, y justo va ahora a terminar la prestación de maternidad. En este tipo de casos, donde la base reguladora es de 2025, ¿ se debería igualmente actualizar la prestación de maternidad desde enero de 2026?
Ok me estaba liando yo sola. Gracias!
Yo ayer tuve que modificar un certificado de maternidad enviado ahora en febrero, por fechas y me dijo que la base de enero (la que se puede cambiar era inferior al mínimo), tuve que poner la mínima, para poder comunicarloYa te dicen en la Orden de Cotización cada año lo de actualizar. En concreto el año pasado :
Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional de la persona trabajadora. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará desde la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
Puedes probar a enviar la base anterior cuando publiquen la Orden de este año, que se supone recogerá el tema, y ver qué respuesta da Siltra.
Pero me surge una duda en el caso de bajas por IT cuando van por smi, por ejemplo tengo una nómina de febrero de un chico con accidente laboral desde el día 2, mi programa coge las bases del smi del 25 (claro, la base de enero), pero si yo ajusto ahora todas las bases con el smi de 2026: 1424,50, debo volver a enviar el certificado de empresa con la base reguladora del smi para que cuadre con los seguros sociales no?? me dejara??? se que el año pasado lo ajuste pero no me da la cabeza para pensar ya estoy super fritaYa te dicen en la Orden de Cotización cada año lo de actualizar. En concreto el año pasado :
Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional de la persona trabajadora. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará desde la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
Puedes probar a enviar la base anterior cuando publiquen la Orden de este año, que se supone recogerá el tema, y ver qué respuesta da Siltra.