JUBILADO Y SMI

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
u
A un jubilado le propones realizar un trabajo durante 2 mese, le pagarian 6000 euros ? No tendria que darser de alta de autonomo. El limite del SMI en este casos es anual o en proporcion a los meses que realize el trabajad? Es decir el limite es anual, entiendo yo?
 

SaviR

Miembro activo
Darse de alta de autónomos no, pero si se da de alta y baja en AEAT mediante el 036, podrían elevar al íntegro por el periodo que ha estado de alta y entonces pasaría del SMI.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Darse de alta de autónomos no, pero si se da de alta y baja en AEAT mediante el 036, podrían elevar al íntegro por el periodo que ha estado de alta y entonces pasaría del SMI.
Entiendo ese podría, pero no veo en ningun lugar eso. En todos habla de SMI ANUAL. Puedo hacer ese solo trabajo en el año y el importe es inferior al SMI
 

elchuske. clases pasivas

Miembro conocido
Joer. permiso al inss para poder currar y cobrar la jubilacion. SIIIIIII hay gente que no lo hace, pero yo si lo hago. Alta 036 te quedas hasta final de año, total es pasar dos impuestos que no lleva mas de 5 minutos, Liquidas IVA , pagos a cuenta, etc etc. Y asunto terminado.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Joer. permiso al inss para poder currar y cobrar la jubilacion. SIIIIIII hay gente que no lo hace, pero yo si lo hago. Alta 036 te quedas hasta final de año, total es pasar dos impuestos que no lleva mas de 5 minutos, Liquidas IVA , pagos a cuenta, etc etc. Y asunto terminado.
Y cobrar la jubilacion integra? Que le comunicas que vas a trabajar y que no te das de alta como autonomo pero si en el modelo 036 porque no alcanzas a ganar el smi
 

SaviR

Miembro activo
Yo cuando no pasan del SMI no comunico nada al INSS, alta en Hacienda y listo
Es obligatorio comunicarlo al INSS:

Obligación de informar
  • Artículo 17.2 de la LGSS: Impone a los beneficiarios de prestaciones el deber de comunicar a la entidad gestora (INSS) cualquier variación en su situación que pueda afectar al derecho a la prestación.
  • Plazo de 30 días: Según la normativa de gestión de la Seguridad Social, los pensionistas están obligados a comunicar cualquier cambio en su situación económica o laboral en un plazo máximo de 30 días desde que se produce.
 

elchuske. clases pasivas

Miembro conocido
exactamente, pero la mayoria no comunica, A mayores, yo les mando la cartita y el INSS me contesta con los requerimiento para no darse de alta en autonomo, basicamente no superar el SMI. Solo modelo 036, nada de autonomos ni pijadas varias.
 
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