subida base minimo reta societario o familiar a 1424,50 euros desde 1/1/2026

DavidGA

Miembro activo
Gracias Nikki
¿Por autónomos societarios, se entiende también los autónomos de una Sociedad Civil?
 

Inma.2

Miembro conocido
Buenos días,
Pero la nueva base de 1424,50 la debemos "picar" nosostros manualmente uno por uno o por el contrario lo harán la TGSS ????
gracias,
 

DANI ML

Miembro conocido
Buenos días,
Pero la nueva base de 1424,50 la debemos "picar" nosostros manualmente uno por uno o por el contrario lo harán la TGSS ????
gracias,
La TGSS no lo hará de ninguna de las maneras, porque ellos "respetarán" la cotización provisional que cada cual decida. Será en la regularización posterior cuando lo apliquen. Por lo que si alguien tiene una cotización muy inferior, conviene sugerirle que lo actualice ya.
 

DavidGA

Miembro activo
Al 90% de los autónomos societarios que tengo yo, le he tenido que poner la base de de 1424,40.

A todos les sube de 80 € a 130 € mensuales. Algunos ya me dicen que difícilmente aguantaran la actividad, cada vez se hace más difícil.

Que salvajada de subida y para los familiares colaboradores, lo mismo
 

Inma.2

Miembro conocido
La TGSS no lo hará de ninguna de las maneras, porque ellos "respetarán" la cotización provisional que cada cual decida. Será en la regularización posterior cuando lo apliquen. Por lo que si alguien tiene una cotización muy inferior, conviene sugerirle que lo actualice ya.
efectivamente, he hecho un CASIA y bla, bla, bla "Por lo tanto, esta Tesorería no va a realizar esta actuación de oficio" :mad:
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Entiendo que esta base mínima de los autónomos societarios es independiente de la nómina que tengan, no?

Un saludo
 

Nikki_sp

Miembro conocido
yo la subida de los societarios la puedo llegar a entender, porque hace 10 años estaba mas alta, pero la incongruencia del titular de un bar que sea empresario y pague 250€ y su mujer por ser colaboradora 450 no la entiendo. Por eso estoy esperando al dia 20 a terminar impuestos y ver si el gobierno recula esto.
 

IVO

Miembro conocido
yo la subida de los societarios la puedo llegar a entender, porque hace 10 años estaba mas alta, pero la incongruencia del titular de un bar que sea empresario y pague 250€ y su mujer por ser colaboradora 450 no la entiendo. Por eso estoy esperando al dia 20 a terminar impuestos y ver si el gobierno recula esto.
esta parte no tiene sentido. El familiar pasa a pagar mas que el titular.
 

Cachilipox

Miembro conocido
yo la subida de los societarios la puedo llegar a entender, porque hace 10 años estaba mas alta, pero la incongruencia del titular de un bar que sea empresario y pague 250€ y su mujer por ser colaboradora 450 no la entiendo. Por eso estoy esperando al dia 20 a terminar impuestos y ver si el gobierno recula esto.
Vale que históricamente, o aun en tiempos recientes, ha habido de todo.
Pero eso no es racional, y algún día tenía que empezar a ordenarse un poco todo.
En ese escenario que planteas, quizás imaginario quizás real, implica que el autónomo titular cotizaría por el tramo 2 de la base reducida.
O sea, que el negocio, según su declaración, le da menos de 10.000 € al año, 7.000 netos tras pagar RETA. Poco más de 500 € al mes, sin contar IRPF.
Y francamente, yo no veo como se justifica que en un negocio que solo rinde 10.000 € al año ex-RETA (poco más de 500 €/mes), el autónomo titular requiere y necesita, además, la colaboración habitual del cónyuge.

Si de lo que se trata es de "comprar" pensiones, pues bien, a mayor cotización, mayor pensión.
Eso sí, el truco del almendruco de ir a buscar el complemento a mínimos (= pensión "regalada"), pues como que altera los cálculos financieros.

Y para los supuestos reales y realistas, de negocios que sí requieran la colaboración activa del cónyuge, y esta normativa (establecida y conocida desde 2022....), tensiona la economía, hay dos alternativas sumamente fáciles:

Ya que de facto el matrimonio actúa como una "sociedad civil clandestina", que eleven eso a pacto expreso, y constituyen una ESPJ.
Así el cónyuge colaborador podría cotizar incluso por solo 670 € (una cuota de unos 200 €/mes), con unos papeleos mínimos.

O alternativamente, si verdaderamente se justifica "relación laboral real" (salario, horario, dependencia, ajenidad.....), reformalizar esa relación a una contratación laboral por cuenta ajena, y cotizar por salario real.

En todo caso, el colectivo afectado, en clara y constante disminución, es de alrededor de 170.000 personas, dentro de las cuales hay unas cuantas a las que precisamente esta subida de cotización les irá muy bien (hubieron quejas y lamentos por la bajada involuntaria que les supuso a algunas personas el nuevo sistema y la disposición transitoria).
 
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