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Muchísimas gracias @Wastual, yo no encontraba nada definitivo. pero ya dudaba. Opino que debería ser remunerado pero mientras no nos digan claramente quién debe efectuar ese pago, yo en principio sólo mantendré la cotización por la mínima. Espero no dar con un abogado que quiera ponerse la...
¿hay algo definitivo sobre este asunto? sé que hay sentencias sobre los funcionarios ¿pero para los estatutarios? no veo nada firme. Solo la suspensión y cotizar por la mínima.
Joer, sigo queriendo
sigo queriendo creer, porque soy muy optimista que el resultado del envío seguirá llegando por Siltra diciendo si es correcto o erróneo 🙏🙏🙏🙏🙏
Vale, ya entiendo. Y supongo que en cualquier caso SÍ que seguirán llegando las respuestas habituales de si son correctas o no, que es lo que mas me interesa para corregir en su caso algún error. Los IDC o la resolución de alta/baja solo se lo envío a un par ellos que los necesitan. Asique...
Mira que lo releo y no entiendo nada:¿ya no van a llegar las resoluciones y los idc en las respuestas de Siltra? ¿tampoco saldrá la opción de imprimirlo en el momento si es online?
Genial!!! Claro!!! se jubilan a la vez las dos únicas socias, que a su vez son administradoras y se cesará la actividad y se disolverá la SC . Cierre total del negocio vaya, con sus tramites administrativos y legales oportunos.
Ay no me mates !!! digo 20 porque el 49.1.g)ET en caso de extinción de la personalidad jurídica de la empresa contratante deriva al 51, aunque al ser sólo dos personas no haría falta despido colectivo, pero las consecuencia económicas serían 20 días ¿no? :eek:
La cuestión al final es si una SC...
En el contrato de constitución no se menciona nada expresamente de la jubilación de las socias (que son quintas y llevan toda la vida trabajando juntas ya antes de asociarse, y por eso se jubilan a la vez) , sí SE MENCIONA "los socios manifiestan que la base de la constitución de la presente...
pues miraré, sí, seguramente se extinga la sociedad porque es personalisima, son dos amigas profesoras de piano. Mañana lo miro que ahora no tengo acceso.
Igual, uno por imprevisibles y hasta incluyo en el contrato la lista de trabajadores con el inicio y fin de sus vacaciones, sin solución de continuidad entre ellos. A mayores donde mas los utilizo lo permite expresamente el convenio y cito el art.
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