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A los 545 días se da de baja al trabajador por agotamiento IT. Para que se suspenda el contrato, se ha de indicar que la incapacidad se puede revisar previsiblemente por mejoría en un plazo máximo de dos años.
La mutua puede informar al INSS que el empleado no está para incapacidad temporal. Entonces, se revisará su situación se revisará y, si le da de alta el INSS, el trabajador podrá impugnar el alta. Eso sí, el alta será inmediatamente ejecutiva.
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