tema plan pensiones convenio construcción

Petrus

Miembro activo
Mas datos para los de construcción de Bizkaia.

C I R C U L A R:
INFORMACIÓN SOBRE LA EPSV DE EMPLEO PROPIA PARA BIZKAIA - CONSTRUCCIÓN

Circular nº 06/2024

Bilbao, a 20 de marzo de 2024

Estimado/a asociado/a:

Por medio de esta circular deseamos trasladarte que el pasado jueves día 14 de marzo la Junta Directiva de CEBEK acordó, por unanimidad, la aprobación de una Entidad de Previsión Voluntaria de Empleo (EPSV) propia para Bizkaia, dando así el primer paso formal en el proceso de constitución del citado instrumento de previsión social, proporcionando una respuesta a los compromisos derivados tras los acuerdos adoptados por la Comisión negociadora del Convenio de la Construcción de Bizkaia, celebrada el 2 de noviembre de 2023 y publicados en el BOB de fecha 20 de noviembre del mismo año.

En los próximos días, CEBEK procederá al registro de la EPSV en el “Registro de entidades de previsión social voluntaria de Euskadi” (lo que es requisito previo al inicio de actividad de la entidad) e iniciará el análisis de diversas propuestas de entidades financieras para seleccionar cuál de ellas se encargará de su gestión.

Asimismo, el próximo martes 26 de marzo, está prevista sesión de la Comisión negociadora del Convenio de la Construcción de Bizkaia en la que, previsiblemente, se determinarán los siguientes extremos relativos a la EPSV, de lo que os informaremos en su momento debidamente:

- Se establecerá que la EPSV que está en proceso de constitución y a la que se ha hecho referencia, sea el instrumento de previsión social propio de Bizkaia al que deberán realizarse las contribuciones empresariales pactadas en la sesión de la Comisión negociadora del Convenio de la Construcción de Bizkaia, celebrada el 2 de noviembre de 2023.

- Se delimitarán los partícipes de la EPSV del sector de la construcción de Bizkaia.

- Se dispondrá el plazo en que deberán hacerse efectivas las contribuciones empresariales (en todo caso, a contar desde la integración de la entidad en el fondo de pensiones).

Confiamos que, en breve plazo, una vez efectuados los trámites arriba expuestos, podamos comunicaros definitivamente sus Estatutos, el Reglamento por el que se rige, así como todo lo relativo a su operativa.

Quedamos a tu disposición para aclarar cualquier consulta al respecto.
 

Jesús Eduardo

Nuevo miembro
Otra cuestión,

En Nominasol me dicen que los atrasos 2022 y 2023 del PPC no se van a generar como atrasos, no está prevista esa actualización, no sé si generarlo como una retribución especial a incluir en la nómina de marzo o abril o generar una liquidación complementaria directamente..?? Alguien ha generado ya estos atrasos?
 

IRENE.A

Nuevo miembro
Buenas tardes,

Llevo esperando más de un dos días en que me llegue el código SMS que me deje acceder a mi cuenta, ¿es normal?
Hoy he intentado volver a registrarme y evidentemente me ha saltado el error de que ya había un usuario con ese perfil, le he dado a restablecer contraseña pero no me llega ningún correo, al igual que por muchos formularios que rellene nadie contesta.
¿Saben que tiempo pueden tardar en contestar?

Gracias tod@s.
 

Nikele

Miembro
Hola,
Si que tiene que ver por que hay los mismos plazos de límites de comunicación en la plataforma para aportaciones como atrasos que son:
(Mes normal) máximo día 20 toda la información cargada y 22 cargo en cuenta. (este primer mes lo han alargado más el plazo)

Y es por esto que había la duda que tiene mucha gente sobre el plazo para comunicar los atrasos en la plataforma para que se carguen antes del plazo del 30/04.

Saludos!
A nivel de Seguridad Social parece ser defendible que mientras estén con fecha de control (que a efectos de Seguridad Social es la de abono de los atrasos) que no sea posterior a 30/04/2024, esto será correcto, aunque dicha liquidación tenga lugar el 31/05/2024. Pero a efectos de cumplir con lo de los 90 días que se da para su abono, desde la óptica del cargo por parte de Vidacaixa, se entiende la duda de si el plazo es hasta el 20/04/2024.
 

SoniaPG

Nuevo miembro
Buenas tardes,

Llevo esperando más de un dos días en que me llegue el código SMS que me deje acceder a mi cuenta, ¿es normal?
Hoy he intentado volver a registrarme y evidentemente me ha saltado el error de que ya había un usuario con ese perfil, le he dado a restablecer contraseña pero no me llega ningún correo, al igual que por muchos formularios que rellene nadie contesta.
¿Saben que tiempo pueden tardar en contestar?

Gracias tod@s.

Prueba a llamar al 900101065, un compañero lo ha puesto en la página anterior con referencia a que le arreglaron el tema del alta. Mucho ánimo.
 

Mar2024

Nuevo miembro
Hola,
¿Os habeis acogido a la "reducción Ley 12/2022 Planes de pensiones empleo"?
Tengo dudas de si puedo hacerlo
Si alguien me puede ayudar por favor🙏
 

toni

Miembro conocido
Si, la respuesta es que si puedes, salvo que le empresa tenga deudas o cosas raras con la SS.
 
Última edición:

valky

Miembro activo
Buenos días,

Todavía no he conseguido darme de alta Vidacaixa, varios intentos, varios correos enviados a soporte, y nada de nada...
Buenas tardes,

Llevo esperando más de un dos días en que me llegue el código SMS que me deje acceder a mi cuenta, ¿es normal?
Hoy he intentado volver a registrarme y evidentemente me ha saltado el error de que ya había un usuario con ese perfil, le he dado a restablecer contraseña pero no me llega ningún correo, al igual que por muchos formularios que rellene nadie contesta.
¿Saben que tiempo pueden tardar en contestar?

Gracias tod@s.
Buenas tardes,
Yo no recibía el email para autorizar la contraseña del usuario, llamé al 900101065, me pidieron los datos que había registrado para el usuario, lo reactivaron, me dijeron que esperara un cuarto de hora y en la página de Vidacaixa donde se introduce el usuario y contraseña marcara la opción: ¿Has olvidado tu contraseña? y al momento me llegó el email para activar la contraseña, así que llamar al 900101065.
 

Valdepineta

Nuevo miembro
A mi me está pasando igual que a ti en dos empresas Valdepineta y después de un montón de formularios y de emails, siguen sin contestar y ahí estamos, sin poder seguir el proceso. A ti te lo han conseguido arreglar???? Esto es desesperante....
Ayer se pusieron en contacto conmigo via correo. Envié la documentación que me pidieron y hoy por fin me deja dar de alta a partícipes.
 

DESPACHO ASESOR

Nuevo miembro
Buenas tardes,
Yo no recibía el email para autorizar la contraseña del usuario, llamé al 900101065, me pidieron los datos que había registrado para el usuario, lo reactivaron, me dijeron que esperara un cuarto de hora y en la página de Vidacaixa donde se introduce el usuario y contraseña marcara la opción: ¿Has olvidado tu contraseña? y al momento me llegó el email para activar la contraseña, así que llamar al 900101065.
Perfecto muchas gracias por la info!

Saludos
 

MAHE

Miembro
Una pregunta vosotros le habéis dado a rellenar y firmar a los trabajadores el "Boletín de comunicación / modificación de datos personales del participe plan de pensiones de empleo simplificado del sector de la construccion"? Si se lo habéis dado os lo guardáis o hay que llevarlo ala Caixa?
 

Víctor

Nuevo miembro
TEMA ATRASOS.
Sabe alguien si tesorería se va a manifestar mediante un boletin de los suyos, o al final tenemos que presentar L03?
Hay que presentar cras para los atrasos o no hace falta como con el concepto de plan de pensiones?.
Ejemplo: Calculo de atrasos el 15/04/2024, cotización en mayo de 2024, las aportaciones al plan en caixa se deben hacer antes del día 20/04/2024 o antes del 20/05/2024?
Un saludo a todos y a ver si vemos viendo un poco la luz.
 

Siux

Nuevo miembro
En la charla que estuve yo, el ponente de la CNC incluso dijo que era dudoso incluir en las exclusiones a aquellas personas con mejoras voluntarias absorbibles, sobre la base de que ser un concepto de ajuste y, por tanto, dinámico, quizás no se podía defender su fijeza sino que cabría considerarlo como concepto variable. No obstante, matizó que era una duda que tenía y que la última palabra la tendrían, en su caso, los tribunales.

No estoy en absoluto de acuerdo porque, de ser así, por la misma regla de tres tampoco el salario base debería ser un concepto fijo, pues cada año se incrementa. Pero, aun más importante, es que las mejoras voluntarias no se pactan por un determinado precio sino que lo que se pacta es una retribución anual y para llegar a ella se utiliza este concepto para recoger la diferencia entre los conceptos de convenio y el importe superior pactado. Si se pacta una retribución anual de 30.000 € y, según convenio, la retribución es de 27.000 €, no se está pactando en ningún momento que la mejora voluntaria sea de 3.000 € sino que la retribución anual es de 30.000 €. Además de que la mejora no responde a un concepto por mayor cantidad o calidad del trabajo ni por consecución de objetivos, no teniendo la consideración de prima, incentivos... Por lo tanto, no comparto en absoluto ese comentario que hicieron desde la CNC.
Coincido contigo, yo también estuve en la Charla, y tengo empresas que tienen cantidades pactadas anuales superiores a las de convenio más aportación, y no son directivos. Tienen salarios brutos anuales pactados por encima de convenio, y luego además tienen otros importes variables, sumado a ese bruto anual fijo que está por encima de convenio más aportaciones, así que entiendo que están dentro de esa excepción, y si no quieren que estén dentro de esa excepción, que lo hubieran redactado de forma más restrictiva. Efectivamente no hay jurisprudencia al respecto, y está abierto a interpretación, pero no creo que porque ellos lo digan (y no un juez), sólo afecte a salarios altos de más de 70.000 € como decían en la charla...
 
Buenas tardes,

Llevo esperando más de un dos días en que me llegue el código SMS que me deje acceder a mi cuenta, ¿es normal?
Hoy he intentado volver a registrarme y evidentemente me ha saltado el error de que ya había un usuario con ese perfil, le he dado a restablecer contraseña pero no me llega ningún correo, al igual que por muchos formularios que rellene nadie contesta.
¿Saben que tiempo pueden tardar en contestar?

Gracias tod@s.
Me ha pasado exactamente lo mismo que a ti y a mi me tardaron en dar una solución dos semanas, pero yo todo esto lo realice en el mes de febrero entonces tenia tiempo, en tu caso estas con el tiempo justo así que intenta ponerte en contacto con ellos y que te lo solucionen lo antes posible.
 

MEZCUA

Nuevo miembro
TEMA ATRASOS.
Sabe alguien si tesorería se va a manifestar mediante un boletin de los suyos, o al final tenemos que presentar L03?
Hay que presentar cras para los atrasos o no hace falta como con el concepto de plan de pensiones?.
Ejemplo: Calculo de atrasos el 15/04/2024, cotización en mayo de 2024, las aportaciones al plan en caixa se deben hacer antes del día 20/04/2024 o antes del 20/05/2024?
Un saludo a todos y a ver si vemos viendo un poco la luz.
Acaban de publicar el BNR 4/2024 de 21/03

CONTRIBUCIONES EMPRESARIALES A PLANES DE PENSIONES DE EMPLEO EN LIQUIDACIONES COMPLEMENTARIAS Se informa que los incrementos de bases de cotización derivadas de las contribuciones empresariales satisfechas a planes de pensiones de empleo a consecuencia de la publicación de convenios colectivos que tengan efectos retroactivos, deben liquidarse mediante liquidación complementaria L03. Se recuerda que en las liquidaciones complementarias no procede la aplicación de la reducción establecida en la DA disposición adicional cuadragésima séptima de la LGSS (DA undécima del Real Decreto-ley 1/2023). En estos casos, en los que procede ingresar diferencias en la cotización mediante una liquidación de cuotas complementaria y no es aplicable la reducción, no se debe grabar la SAA 439 para comunicar las contribuciones empresariales a los planes de pensiones de empleo. Estas contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo se deberán comunicar mediante el CRA 0033 - Planes de pensiones-.
 
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