tema plan pensiones convenio construcción

Buenos días.
Ha salido la revisión salarial del Convenio de Construcción de Madrid.
En la misma aparecen las tablas de contribución empresarial del plan de pensiones anual del 2023. Y ahí me he quedado completamente perdida. Cómo tengo que trasladar esto ¿? Cómo se aplica estos planes de pensiones para los trabajadores. Es obligatorio ¿? y cómo se gestiona los planes de pensiones, entiendo que las empresas tienen que hacerlo a través del banco y meterlo como salario en especie- Si podéis ayudar os lo agradezco.
Un saludo.
 

elchuske

Miembro conocido
Yo te digo como lo hacia porque nos quitamos hace años a los de las obras por pistoleros y tramposos. Les poniia un concepto de planes de pensiones aportaciones segun convenio. Como rendimiento pero no en especie. En el capitulo de deducciones estaba la deduccion a su plan de pensiones con ................ en este caso era una aseguradora. Nada de BANCO.
Firmaban una carta donde se les indicaba que en su nomina se incluiria en concepto de aportacion y luego la empresa le retendria esa aportacion que quedaria ingresada en su cuenta individual con la aseguradora tal y tal.
Cuando se despedian o se iban o se perdian, la empresa de desligaba de todo y que fueran a la aseguradora.
Y si... segun yo es obligatorio.. No se que pensaran otros.
 
Yo te digo como lo hacia porque nos quitamos hace años a los de las obras por pistoleros y tramposos. Les poniia un concepto de planes de pensiones aportaciones segun convenio. Como rendimiento pero no en especie. En el capitulo de deducciones estaba la deduccion a su plan de pensiones con ................ en este caso era una aseguradora. Nada de BANCO.
Firmaban una carta donde se les indicaba que en su nomina se incluiria en concepto de aportacion y luego la empresa le retendria esa aportacion que quedaria ingresada en su cuenta individual con la aseguradora tal y tal.
Cuando se despedian o se iban o se perdian, la empresa de desligaba de todo y que fueran a la aseguradora.
Y si... segun yo es obligatorio.. No se que pensaran otros.
Gracias.
Pues es una opción que trasladaré a la empresa y que sea ella la que tome las decisiones.
 

Veguilla

Nuevo miembro
Buenos días.
Ha salido la revisión salarial del Convenio de Construcción de Madrid.
En la misma aparecen las tablas de contribución empresarial del plan de pensiones anual del 2023. Y ahí me he quedado completamente perdida. Cómo tengo que trasladar esto ¿? Cómo se aplica estos planes de pensiones para los trabajadores. Es obligatorio ¿? y cómo se gestiona los planes de pensiones, entiendo que las empresas tienen que hacerlo a través del banco y meterlo como salario en especie- Si podéis ayudar os lo agradezco.
Un saludo.
Hola buenos días, a mi me ha pasado igual al ver las tablas, he mirado el convenio general del sector de la construcción (nacional) y ahí recoge todo, el art. 28 establece que cuando la retribución bruta anual del trabajador (a fecha de la entrada en vigor del plan de pensiones) fuera superior a la establecida en convenio, incluido el importe de las contribuciones al plan de pensiones incluidas en el anexo 1, NO existirá obligación de pagar Plan de Pensiones.
Las nuevas contrataciones SI tienen que tener obligatoriamente plan de pensiones. En el convenio general de la construcción establece los detalles y requisitos del plan de pensiones.
 

CHARO

Miembro conocido
Pero esto, se aplica en todas las provincias aunque el Convenio de Construcción que se esté utilizando no se el del Sector de la Construcción (Naciona)?????
 

JLGR

Nuevo miembro
Hola a todos/as: Sobre este dichoso Plan de Pensiones que han aprobado en el Sector de Construcción, comentar que hay que revisar los convenios que estáis aplicando, por lo general suelen aplicarse a nivel Provincial, incluso autonomonico y si no es así se aplica el Estatal. En estos ultimos dias se estan realizando las actualizaciones de convenio relativo a los importes a aplicar a los trabajadores, pero sobre todo consultar desde cuando, yo por ejemplo que estoy en la provincia de Girona nos obligan a aplicarlo desde esta última vigencia (01/06/2022). La forma de aplicarlo será en rendimiento en especie que logicamente cotiza pero no tributará, ojo hay que comunicar por Red en Situacion Adicional del Afiliado (SAA) según indica el BNR (boletin noticias red de la seguridad social) nº 10/2022, 01/2023 y 02/2023, para poder aplicar la reduccion de cuotas por contribuciones empreariales en los RLC-RNT. Por lo que indica solamente se aplicara a los trabajadores que esten todo el año en contratados tanto a jornada completa o en su defecto de la parte proporcional correspondiente, pero sobre todo que esten todo el año. El importe de estas contribuciones que se les retiene al trabajador, se deberá de ingresar por parte de la empresa en el Plan de Pensiones que ha sido licitado a favor de la compañia de seguros VIDACAIXA SA reguros y reaseguros, así primero el Promotor del plan (empresa) tendrá que ponerse en contacto con esta compañia de seguros o mejor dicho con el banco CAIXABANK ya que esta compañia de seguros pertecene a la banca, para abrir el contrato y poder hacer las transferencias que se tendrá que identificar el trabajador e importe ya que la la compañia de seguros VIDACAIXA tendrá que informar a la Seguridad Social, para que no se escape ninguna empresa que no realizar el ingresos de las pensiones retenidas a los trabajadores.

Por otro lado indican que estos planes se ingresaran cuando se aprueben por convenio durante los 90 dias siguientes, a fecha actual VIDACAIXA no lo tiene operativo, lo que no me queda claro es que quieren que los proximos años se ingrese en el primer trimestre del año ( pero si no sabemos si el trabajador va a estar todo el año como vamos a ingresar el importe total del año en el 1º trimestre)

Bueno aquí os dejo algo de información para vuestras dudas, espero haberos ayudado.
Un Saludo.
 

YOLI

Miembro activo
hola

entonces se trata como una retribución en especie pero exenta de irpf? ¿por qué está exenta? perdonar mi ignorancia pero no controlo mucho los temas fiscales.
 

JLGR

Nuevo miembro
hola

entonces se trata como una retribución en especie pero exenta de irpf? ¿por qué está exenta? perdonar mi ignorancia pero no controlo mucho los temas fiscales.
Te tienes que remitir al Reglamento del IRPF RD 439/2007 en el art. 102 punto 2. " No existirá obligación de efectuar ingresos a cuenta respecto a las contribuciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones, de planes de previsión social empresarial y de mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible"
Pero ojo con el exceso que si que se debe de aplicar ingreso a cuenta.
 

YOLI

Miembro activo
eso es lo que yo pensaba, que el limite de los 500 € son para seguros medicos. Pero lo del plan de pensiones de la construcción entonces no tributa sea la cantidad que sea o sí que tributa ?
 

Alexia

Miembro activo
Hola compañer@s,
He enviado un correo electrónico a una oficina de La Caixa con la que trabajamos preguntando por el plan se pensiones de la construcción. Me comenta la chica que ha hablado con sus compañeros de VidaCaixa y le trasladan que el plan se va a retrasar hasta principios de 2024...
También hablé con uno de los sindicatos que negocian el convenio provincial (en nuestro caso Coruña) y me dicen que van con mucho retraso y no cuentan con que salga publicada la tabla con las cuantías de las aportaciones a realizar hasta mediados de diciembre...
 

JLGR

Nuevo miembro
Hola de nuevo, esta bastante verde, parte del proceso, tal y como dice Alexia, el plan todavia lo estan cociendo, y hasta primeros de proxima año no saldra publico, lo extraño es que una vez adjudicado a la Caixa tienen 30 dias para ponerlo en marcha.
Sobre las aportaciones exentas y no exentas, creo y no me quiero hacer el fuerte, es que los importes de las aportaciones indicadas en el convenio para aplicarse al plan estan exentas, y el resto como son las aportaciones que la empresa o el mismo trabajador puede quiere aumentar si que tributaran. Podemos poner como ejemplo actualmente las aportaciones a los planes de pensiones que hacemos son voluntarias pero primero hemos recibido este importe de nuestro salario, sueldo o rendimiento, así que ya hemos pasado por caja con nuestra retención.
 

YOLI

Miembro activo
Hola a tod@s,

han salido ya publicadas las aportaciones empresariales al plan de pensiones de la construcción de la provincia de Zaragoza.
¿como estáis gestionando esto? que hay que hacer primero antes de liarse a meter esos importes en las nóminas?
Entiendo que las empresas de construcción tendrán primero que ponerse en contacto con VidaCaixa para ver como se gestiona esto y una vez que lo tengan contratado los asesores tendremos que meter los importes en las nóminas no?
Voy muy perdida y no sé como gestionar esto. La verdad que en el convenio provincial no pone nada de nada, sólo los importes a aportar, Ni siquiera pone el nombre de Vida Caixa como entidad que gestiona esto, la verdad es que si me he enterado que es con vidaCaixa es por este foro.

gracias.
 

YOLI

Miembro activo
y luego está el otro tema de tener que comunicar a Tesorería los importes aportados a cada uno de los trabajadores de forma MENSUAL, y esto como se hace?

¿alguno ya estais aplicando todo esto en nómina? me refiero si alguno de vosotros con las tablas ya publicadas en vuestra provincia ya lo estais aplicando y como lo estáis haciendo
 
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