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Buenas tardes amigos. Después de el acto de conciliación con resultado sin avenencia, tengo que presentar la demanda en el juzgado. Podéis decirme si la puedo presentar en un pendrive. Supongo que como hay que entregar tantas copias como partes implicadas habrá que hacerlo en papel. Pero también...
La empresa había comunicado la nueva situación de prórroga de excedencia. Y la seguridad social me ha contestado: Hemos comprobado que se cerró el periodo de excedencia por cuidado de familiar automáticamente, debido a que la modificación de esta situación es muy reciente y no están...
La empresa no paga las cotizaciones
. Eso es cierto. Pero a efectos de jubilación se consideran cotizados. Los dos años que voy a estar de excedencia por cuidado de un familiar me cuentan para la jubilación.
Es que he visto en la vida laboral que el primer año de excedencia me aparece cotizado. Aparece "excedencia por cuidados familiares" y en el cómputo de días cotizados 365, y presumo que debería seguir contando los días cotizados. Voy a llamar de nuevo a la seguridad social a ver si me atiende...
Perdona, amigo, si he parecido ingrato. Nada más lejos de la realidad. Solo estoy contrastando las contestaciones de este foro con lo que me dice la seguridad social. Lo que no quiero es que la empresa me haga algún tipo de pirula. Y por eso recabo la mayor información posible de todos lados...
Las empresas deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de 15 días, el inicio y finalización de la excedencia con reserva del puesto de trabajo que disfruten sus trabajadores.
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