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No acabo de entender, eso de que los liquidos no estan por convenio no tiene ningun sentido. Mas que nada porque los salarios se regulan en bruto, si el bruto es mas elevado no hay ningun problema.
Por cierto, supongo que forzais un IRPF exagerado no? Porque no lo calculas para que salga lo...
Es que yo creo que nunca deberíamos atender a los trabajadores de una empresa que nos contrata. Siempre que cedo y lo permito acabo metido en un berenjenal en el que no puedo responderle al trabajador porque mi cliente es la empresa y no puedo ser contradictorio ni ir contra sus intereses, pero...
nah tranqui, seguir el criterio de la AEAT es ir a tiro seguro. Simplemente creo que hay otras formas mas logicas de calcularlo (y mas beneficiosas para el trabajador) y que me parecen igualmente validas
Si, yo tambien pienso asi. En cualquier caso ese es el criterio de la AEAT, en la URE estoy casi seguro que hace un tiempo me dijeron que los tramos de 1166.66 eran correctos (el año pasado). Yo que se, esto es un cachondeo hahaha
Eso es lo unico seguro en esta vida 😂
Los cojones va incluido, menudo flipado.
Yo por norma general ni quiero ver a empleados por el despacho, es su problema no el mio. Solo en algun caso puntual lo he hecho sin cobrar, por la buena sintonia con el cliente. De normal se dice que se cobra y ya se echan para atras.
Se que no es...
buenas compis,
A ver. Empresa A tiene el 100% de empresa B. Empresa A es la administradora de la empresa B.
El empleado trabaja en la empresa B, no tiene participaciones de ninguna de las 2 empresas pero es el representante legal de la empresa A (como unos poderes supongo). El manda en la...
Si, pero creo que no nos entendemos hehe. Yo me estoy refiriendo al sobrante. el tramo del 30% tiene un limite de 1080 o de 1260?
Pregunta para los que utilizan A3, como os lo calcula el programa ? Creo que con los limites de 1260 por tramo, a ver si alguien me lo puede confirmar 🥶
Si, el limite de inembargable lo tengo clarisimo. El punto es como calcular los tramos posteriores. En una nomina con las pagas prorrateadas (SMI 1260) tu coges tramos de 1080 (no prorrateado) al igual que la AEAT. Pero seria posible calcular con los tramos de 1260 que es el SMI real con pagas...
Hay alguna base o es a criterio de la AEAT, quiero decir, si el calculo se hace por tramos de 1260 podriamos tener problemas? (el embargo no es de hacienda)
ya sabemos que con esto de los embargos cada admonistracion tiene su criterio personalizado.
Pues si, pero cuando estan las pagas prorrateadas no se hace el calculo con el SMI 1260? O el SMI de 1260 es solo para el no embargable y para todo lo demas es por tramos de 1080?
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