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Es el mismo caso que el mio. Yo no lo hice como tu y no tuve problemas. Si que es verdad que tuve que presentar escrito
Tu le has dado de alta estando ya en IP entiendo? Si es asi yo no lo haria como tu pero si te lo aceptaron
Porque tú no has informado las vacaciones desde el día siguiente a la baja presentando un escrito sino que le has dado de alta ahora y comunicado vacaciones estando ya resuelta la IP.
Presenta escrito con el periodo de vacaciones y la resolución de IP. Cuando te graben el periodo de vacaciones envia L13 de vacaciones.
Te vendrá pago electrónico con recargo y tendrás que enviar un casia para que te quiten el recargo. Me dijeron que no la pagara y del 1 al 10 del mes siguiente...
En mi caso llamé al sistema red y se mojaron un poco y me dijeron que había grabado un DR de junio cuando yo no grabé nada ya que no tenía exoneración en esas fechas, pero grabada por la Tgss y la de mayo no estaba grabada pero si que tenía conciliado los seguros sociales y los idc sacados en...
art 33
Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
Si tras los 270 días de compatibilización y antes de los 5 años desde que se dio de alta en autónomo es baja en autónomo, podrá si tiene derecho al cese de actividad a elegir el cese o bien continuar con la prestación que tenia suspendida ( si le queda prestación)
puedes ponerle un euro en solo uno de los mes y en el resto nada y asi te acercas a la base total que tu tienes.
en la nómina de atrasos se ha efectuado descuento con una base de 0,08? Si no se ha efectuado no mandes nada de estos trabajadores y listo
Estas son las exclusiones de la Ley 11/1998 que trataba sobre las bonificaciones de estos contratos
Los beneficios que se establecen en el artículo anterior no serán de aplicación en los siguientes casos:
a) Contrataciones de interinidad que se suscriban con el cónyuge, ascendientes...
yo me refería al tema de contratar un trabajador que ya estuvo trabajando en la empresa. Esto no estaba antes. Cuantas veces nos llegaba bajas voluntarias de trabajadores y al dia siguiente contratarlos como interinidad.
cuidado con las respuestas de casia. Esto de contratar a la misma persona con bonificación se hacia antes porque no había ningún tipo de exclusión con respecto al haber trabajado antes en la empresa. Ahora si que está esa exclusión. Para mi lo que se hacia antes de utilizar el mismo contrato no...
La dieta se paga cuando no se les paga la comida directamente. Después el trabajador con ese dinero pues come o ayuna. Me acuerdo de un vecino camionero que le pagaban dietas y luego se llevaba encima la comida de la casa de su suegra .
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