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Gracias Inma, lo volveré a intentar.
No obstante hoy en una ponencia de umivale, los ponentes opinaban que no hay que dar los datos de los socios que no deban estar de alta en RETA, en contra de la opinión de la TGSS. En fin, .... todo incertidumbre .....
Estoy venga a meter los datos de los socios trabajadores (no administrador) y no hay forma de que se quede grabada la información. Os pasa también ¿? Al entrar solo aparecen los datos del administrador y no del resto de socios. Alguien que me pueda decir que hago mal¿?
En las sociedades, estáis informando los datos de todos los socios o solo de los que están de alta en RETA ¿?¿ No me queda claro si hay que informar a los socios que solo son capitalistas y no trabajan en la sociedad .......
Eso me está pasando, he metido un dato creo que erróneo e imposible ver y o modificar ..... que asco de verdad.
Y si no se tiene el certificado del cliente .... nada que poder hacer de esas empresas ...
Pero que sentido tiene pedir el NET ¿?¿? si no hay nadie de alta en régimen general ni en RETA, ¿? yo por la página 15 entiendo que no se debe pedir. Qué haces con el NET si no vas a dar a nadie de alta ¿?
Tengo empresas en el mismo caso, tipo empresas patrimoniales, CB de alquileres, sociedades inactivas y comunidades de propietarios, yo entiendo que al no tener a nadie empleado por cuenta ajena, ni a nadie en RETA, no se debe pedir NET pues yo me pregunto ¿para qué sirve pedirlo? Como bien...
Yo reo que en caso de sociedades patrimoniales no voy a comunicar nada. Si no tienen obligación de alta en RETA los administradores jubilados o no, creo que si lo comunicamos, puede traer comprobaciones futuras por parte de la TGSS .....
Hola, en caso de retribución en especie por cesión de uso de vehículo empresarial, ¿qué tanto por cien soléis imputar como rendimiento en especie, el 100% de uso particular o tomáis la regla del 80% uso particular y 20 % uso empresarial? Gracias.
Pues yo puedo contaros mi experiencia y es que, tengo una empresa que si tiene los importes de SB muy, muy por encima de los que marca el convenio, y en inspección y en un despido que hubo, no hubo problema alguno por ello.
Lo que no sé, es si al darle de alta en la seguridad social francesa por ser residente alli, si le hacen lo de la retención que dices. A ver si alguien lo sabe.
Yo recuerdo de un cliente que tenía un trabajador francés residente alli. Al no vivir en España, le dieron de alta en la seguridad social en Francia porque al no residir aquí, no se le podía dar de alta en España.
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