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Claro. Tendrás que mirar de configurar en tu programa que haga la regularización mes a mes de forma automática, porque si lo tienes que regularice trimestralmente no te lo modificará.
Creo que este formulario te servirá, acompañas las documentación de alta del trabajador, lo presentas por registro electrónico y apañao.
https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/47c97aac-9f51-47aa-9ccc-2e5f6a56c0a0/C-120_Castellano_3.pdf?MOD=AJPERES
Bueno, en realidad en este caso se denomina "Familiar de socio de sociedad mercantil", que no es lo mismo, pero bueno...
En cuanto a quién paga la cuota, tanto en este caso como en el de los autónomos societarios, siempre la puede pagar la sociedad, claro, pero siempre y cuando se le impute al...
Creo que la figura de "autónomo colaborador" de una sociedad no existe, pero se le llame como se le llame, su cuota de autónomos va a su cargo pues no es gasto para la sociedad.
Sí, significa que es no residente, pero viene sin IVA y se declara aquí por ISP.
En este enlace puedes ver que los de Supercontable también opinan así: https://www.supercontable.com/boletin/E/articulos/inversion_sujeto_pasivo_iva_compras_no_establecidos.html
Grancias Nando, tienes razón, solo le he echado una ojeada rápida y no he leí esos matices. No obstante, aún habiendo centro de trabajo, si has de salir a las 5 de la mañana a Murcia, por ejemplo, para estar a una hora adecuada, el centro de trabajo estará cerrado, luego no tendrá ningún...
Pues si he entendido bien, me parece una barbaridad, pongo el caso de un técnico residente en Valencia que tenga que hacer una instalación, un suponer en León, imaginemos que el trayecto es de 5 horas ¿quiere esto decir que esas horas van a ser consideradas de descanso? Amos, hombre!!
Pero vamos a ver, qué les costaría autorizarnos a presentar en nombre de terceros como lo hace la Aeat, y es que la Seguridad Social es taaaaan retorcida que siempre me ha dado la sensación de que creen que les vamos a engañar, bueno, eso cuando íbamos a la Tesorería, porque ahora que ya no hay...
Parece que consiste en regular ese derecho que, si bien está recogido en la Constitución debía estar pendiente de regulación, en tal caso, más vale tarde que nunca.
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