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Añade la nueva y da de baja la antigua desde varias actividades. No hay problema. Yo lo he hecho y no me han pedido nada. Y si la empresa sigue existiendo, aunque este inactiva, yo no lo quito... (mientras sea socio - admin, etc)
si los tienes en el centro de trabajo y se los das cuando lo piden no pueden sancionar nada. A mi me ha pasado que han sancionado cuando la empresa no los tenia disponibles en el CT (porque entendieron que no estaba hecho)
"Real Decreto-ley 13/2022
DT7
A partir del año 2026, se aplicará lo establecido en la regla 4.ª del artículo 308.1.a) y regla 5.ª del artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social"
Esto es lo unico que yo sepa que esta publicado y vigente respecto al tema este...
Lo unico que a dia de hoy esta publicado en el BOE es que a partir de 2026 vamos a base minima del GC07 RG. Yo las nuevas altas ya pondre esa base, y para algunos societarios tambien hare el cambio a partir de enero...
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