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Solo se puede generar modificación de base de IT cuando existe una revisión de convenio. Eso sí, luego es un lío porque puede ser que siltra no te lo admita.
Veo que aún no. Por otro lado, a ver, si te piden declaración de ingresos netos, tú puedes elegir una base dentro del tramo de los ingresos pero, óbviamente, no tienes por qué declarar los ingresos reales, si quieres declarar base mínima del tramo. ¿Es así?
La verdad es que el colegio (al menos el de Barcelona) es muy fantasmón: que si convocar a conferencias a prohombres de la sociedad, que si invitaciones a cenas de navidad a políticos que dan discursitos. En fin, todo fachada. Yo me enteré de la existencia de la carrera de graduado social allá...
1.- Nuestra carrera siempre ha sido un apéndice de derecho. Unos segundones, vamos
2.- No, nuestra capacitación supera lo que se enseña en FP
3.- Para nada
4.- Sí, claro
5.- Es lo mismo: siempre serán abogados y nosotros, graduados. Aún y teniendo ahora la misma categoría académica
6.- No nos...
Y cuidadito con el efecto positivo de la cosa juzgada en este ámbito. Una sentencia del juzgado de lo social que determinase que existe incumplimento en relación a la sanción, determinaría al posterior proceso por recargo de prestaciones.
Unilateralmente, tampoco. debe privar el principio de la buena fe y debe negociarse con los trabajadores afectados o, si hay RLT, con ésta en primer lugar. Pero eso de imponer en función de necesidades productivas (sin haber negociado antes) pues no lo veo.
Entiendo que el trabajador, aunque el contrato sea nulo o anulable, tendría derecho a indemnización por despido improcedente, como si fuera un extranjero sin papeles.
Otra cosa son las posibles sanciones si los padres del trabajador se ponen tontos, claro.
A ver, todo depende, si ese bonus se paga cada año, ya formaría parte del salario, y no sería una subida salarial. Otra cosa es que lo pagues este año, claro está. Eso olería al INSS.
Por poder pedir, sí que se puede. Pero recuerda que, a efectos de pensión, solo se tiene en cuenta los aumentos pactados en convenio colectivo aplicable. Por tanto, el bonus no contaría para el cálculo de la pensión.
Tema interesante: subcontratacion por parte de bancos de parte del servicio con empresas externas controladas por la matriz, con el objeto de pagar convenio de o ficians, en lugar del de empresa o del de banca. Muchos de estos trabajadores trabajan en la misma extructura que la matriz, mezclados...
Quiero hacer una consulta telefónica con el INSS para confirmar un tema (creo que me confirmaran lo que me temo, pero para tranquilizar al gerente). Resulta que no hay manera; en la provincia de Barcelona tienen días libres para la consulta telefónica pero, después, dice que no hay días libres...
A ver, depende de lo que diga el convenio. Si el señor trabaja en madrid y se desplaza tres días a Cuenca puntualmente, entiendo se aplica el convenio de Madrid. Otra cosa, claro, es que contrates un señor para el evento en sí, en cuyo caso se aplica el convenio de Castilla la Mancha.
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