¿Abonáis vacaciones al agotar los 18 meses en IT?

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas

En ocasiones una persona trabajadora alcanza los 18 meses en situación de IT y la TGSS lo de de baja de oficio de la empresa.

¿Abonáis las vacaciones pendientes cuando se produce esta baja de oficio?

Entiendo que hay opiniones para todos los gustos desde liquidarlas por si el trabajador no regresa a la empresa (lo más fácil a efectos de cotizaciones pero más costoso para la empresa) hasta esperar hasta recibir la resolución definitiva del ICAM. En este segundo caso, es bastante lío el tema de las cotizaciones L13 con la TGSS.

Estas vacaciones acostumbran a ser un importe elevado y las empresas son bastante reacias a abonarlas
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Yo no liquido hasta que IT se declara IP con resolución definitiva
1.- normativo : la relación laboral no se ha extinguido , no procede liquidar vacacioens no disfrutadas
2.- efectos prácticos: tras muchas idas, venidas silencios, reclamaciones, el INSS vuelve a darle el alta.. entonces que pasa con esas VND pagadas y cotizadas??..
 

IVO

Miembro activo
Nosotros no las abonamos. esperamos a que haya resolucion de alta medica o de Incapacidad y ahi ya o las disfruta o se pagan. De hecho, si ha sido la seguridad social quien le ha dado de baja de oficio si les dices que metan las vacaciones te van a decir que no...
 
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