¿Baja voluntaria y paro?

DavidSon

Nuevo miembro
Hola a tod@s,
Tengo una duda respecto al PARO. En el supuesto de dejar mi empleo actual, estaríamos hablando de baja voluntaria (y por tanto, no tendría derecho a cobrar el paro, ¿es correcto?).
Si es así, ¿cuánto tiempo tiene que transcurrir des de que dejo el empleo, hasta poder cobrarlo? o, ¿necesitaría volver a trabajar, y que me echasen, para poder cobrar así el paro?
¿Cómo funciona exactamente? No sé si alguien me podría orientar, gracias
Saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Habida una baja voluntaria, tu derecho a paro queda suspendido durante 90 días. Suceda lo que suceda en el entremedio.
Pasado ese periodo de "congelamiento", cualquier nueva situación de pérdida involuntaria de empleo ya sería puerta de entrada válida a la prestación.
 

DavidSon

Nuevo miembro
Hola, muchas gracias a ambos por responder.
Unas dudas más que me surgen al respecto...
Si fuese baja voluntaria de un empleo en el que llevo, 2 años por ejemplo. ¿Si entraría lo de los 3 meses sin poder cobrarlo, verdad?
Una vez pasados esos 90 días de "congelamiento", ¿puedes pedir el paro? o ¿necesitas trabajar un período X para poder cogerlo?

Gracias
Saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Una vez hay una baja voluntaria, esa baja no solo despliega efectos "congelando" el derecho a prestación durante un tiempo, sino que no te sirve para nada.
Su único efecto y utilidad para ti es "molestar".

Pasado el periodo de franquicia sin derecho a desempleo, una nueva extinción involuntaria de contrato ya la podrías usar para entrar en el derecho a prestación.
 

elchuske

Miembro conocido
Bueno lo de siempre. Y digo yo porque no le aconsejáis que vaya a un profesional??? Porque las preguntas de este hombre todos ya sabemos por donde van enfocadas. Y para que. Esto es un foro de profesionales para profesionales. o no???
 

toni

Miembro conocido
Bueno lo de siempre. Y digo yo porque no le aconsejáis que vaya a un profesional??? Porque las preguntas de este hombre todos ya sabemos por donde van enfocadas. Y para que. Esto es un foro de profesionales para profesionales. o no???
dale al boton...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo... más allá de poder estar asesorando (y la verdad es que me da los mismo que lo hagamos por aquí, por la patilla, o que lo acabe haciendo un profesional al que le pague sus honorarios por su asesoramiento) para poder obtener la prestación de desempleo sin que necesariamente se esté sin trabajo de forma no voluntaria (es decir, de forma no conforme al espíritu de la ley), me quedo con lo que este tipo de cuestiones puedan acabar aportándonos (no solo a nivel ético, si no técnico).
Y es que, como ya ha apuntado Fernando, ese teórico "periodo de congelamiento" de 3 meses del que tanto se habla, de acuerdo a la norma no es tal, puesto que es el periodo de tiempo mínimo que ha de mediar entre una extinción de una relación laboral previa y que no suponga estar en situación legal de desempleo (ej, una baja voluntaria) y la extinción de una nueva relación laboral pero para el caso concreto de no superación del periodo de prueba.
Que el SEPE, por sistema, pueda rechazar la prestación (por presumir fraude, pero que tendrá que evidenciarse, ya que es una mera presunción) ante supuestos distintos (por ej, fin de contrato, despido...) si no ha transcurrido ese periodo de 3 meses es otra historia. Pero la norma, repito, hace referencia concretamente, al supuesto de no superación del periodo de prueba en esa nueva relación laboral.
Es cierto que, llegado el caso, habrá que justificar muy bien, cómo se ha dejado, por ej, un contrato indefinido, para aceptar uno nuevo de menos de 3 meses.
Pero la norma dice lo que dice, y esa "congelación de 3 meses" solo es tal, propiamente, en ese supuesto.

Saludos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y comentaba lo anterior porque (y más allá de las connotaciones que pueda tener cada caso), a menudo se cuestiona que se puedan atender consultas de particulares. Para mi este foro tiene como finalidad básica compartir conocimientos, puntos de vista, novedades, en definitiva, aprender (incluso tratando de ayudar a menudo se aprende). Y si de consultas de particulares alguno de nosotros puede aprender alguna cosa, bienvenida sea esa consulta.
Por otro lado, algunas de las consultar no van más allá de "consultas de cuñao o de experto de barra de bar", y dificilmente un particular acudirá a un profesional por ese motivo (por ej, "¿me corresponde permiso retribuido por...?" o ¿qué preaviso he de dar o me han de dar...?"). Y si se trata de temas con "más recorrido", más allá de los consejos preliminares que podamos dar por aquí, normalmente, y por el bien del propio consultante, le acabaremos recomendando que acuda a un profesional.

Saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Toda la razón en que el periodo de congelamiento, "lex lata", es solo y respecto del despido por no superar periodo de prueba.
O sea, para un segundo despido "indoloro", ya que la sospecha de que sea un mero artefacto para habilitar la puerta de entrada al desempleo es muy elevada.
Pero habiendo una primera baja voluntaria, raro sería que hubieses pedido esa baja voluntaria de un contrato indefinido para irte a otra empresa a realizar un mero contrato temporal de duración corta.....
Todo es posible, pero....

Haya que pensar que eso tan extendido y habitual de utilizar indebidamente un contrato temporal a modo de periodo de prueba, no era legal antes, y mucho menos lo es ahora.

Por tanto, explícito en la norma: Tras una baja voluntaria, durante 3 meses, una segunda baja "por no superar periodo de prueba" no es habilitante para el desempleo.
E implícito en la gestión de la norma: Tras una baja voluntaria, durante 3 meses, cualquier siguiente baja es "sospechosa", y puede devenir en dos situaciones, sea la directa denegación de la prestación, sea el reconocimiento pero con simultanea elevación del expediente a IT.
 

elchuske

Miembro conocido
A ver Nando y compañía. Lo de asesorar me parece bien, Todos lo hemos hecho. Pero estos que entran por primera vez y hacen estas preguntas todos sabemos que un tanto por ciento muy elevado son personas que quieren un consejo por lo menos sospechoso como es este caso. No digo que este señor o señora tenga mala intención dios me libre, pero es que la historia se repite. con mucha frecuencia y broncas para casos como este ha habido bastantes.
 

elchuske

Miembro conocido
Si fuese baja voluntaria de un empleo en el que llevo, 2 años por ejemplo. ¿Si entraría lo de los 3 meses sin poder cobrarlo, verdad?
Una vez pasados esos 90 días de "congelamiento", ¿puedes pedir el paro? o ¿necesitas trabajar un período X para poder cogerlo?

Que parte no os ha quedado clara............. blanco y en botella.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Veo que no me has entendido, elchuske.
Más allá de la pretensión del consultante (la cual no me motiva mucho a esforzarme en contestarle), a lo que me refería es que ha servido para matizar ese supuesto periodo de "cuarentena" de 3 meses tras una baja voluntaria para poder obtener la prestación de desempleo tras una nueva relación laboral (la norma hace referencia exclusivamente al caso de que la nueva relación laboral finalice por no superación del periodo de prueba sin que hayan pasado esos 3 meses de la extinción anterior y que otra cosa es que probablemente se deniegue la prestación aunque se trate de otro tipo de extinción involuntaria, por presumirse fraude). Por tanto, algo ha aportado.

Y, vuelvo a repetir que al margen de lo que está planteando el consultante en esta caso concreto, ante tu afirmación "Esto es un foro de profesionales para profesionales. o no???", pues ya sé que algunos lo verán así, yo en concreto no, o no del todo. No me importa contestar a según qué preguntas que pueda hacer algún particular y por dos motivos, uno, el ya dicho, para mi la finalidad de estos foros es aprender, obtener información, contrastar criterios o interpretaciones, soluciones, y que, incluso contestando, se aprende y, sobre todo, yo aprendo de respuestas que otros dan, ya sea a profesionales o a particulares y otro, porque a menudo son "consultillas" que puede precisar alguien y que, por su naturaleza o entidad, difícilmente acudirá a un profesional (por ej, por algún permiso...) y si tiene mayor entidad, podrá ser una ayuda o información preliminar y y que le podrá servir para acabar acudiendo a un profesional. Pero al que su religión le impida contestar a consultar o temas planteados por no profesionales, pues muy bien, simplemente que no conteste.

Ya lo hemos comentado en alguna ocasión. Es cierto (y me ha hecho reparar en ello cuando se han planteado ya en otras ocasiones este tipo de debates) que este foro, y ya su nombre lo dice, parece centrado en profesionales en materia Laboral, pero es que antes de frecuentar este, durante años participé en otros foros, de Derecho Laboral, RRHH... mucho más abiertos, y ahí era muy normal que particulares plantearan cuestiones y que a menudo generaban respuestas y/o debates muy enriquecedores. Imagino que por inercia, me parece relativamente normal que particulares planteen cuestiones y que podamos darle respuesta (si estamos en condiciones para ello y motivados).
Además, a mí, que desde siempre he vivido las cosas desde el lado de la empresa (no soy asesor externo, llevo el tema laboral y otras cosas, dentro de una empresa), me ayuda tener esa perspectiva desde el lado de los trabajadores. A menudo me sale la vena "pro empresa", pero también veo situaciones planteadas por parte de trabajadores que me hacen tomar conciencia de ciertas cosas, y darme cuenta que hay empresas y profesionales muy chapuceros y que me llevan a decirme "esto, en mi empresa no puede suceder" o "esto lo gestionaríamos de esta otra manera", etc.).
 

elchuske

Miembro conocido
si te he entendido. Pero lo que quiero es dejar constancia que hay algunas cuestiones que por su obviedad mejor es no contestarlas. Y este es el caso.
Si te pregunta que si se va de una empresa voluntariamente que puede hacer para cobrar el paro.. Pues yo no le contesto porque es obvio lo que quiere . No voy a ayudar en algo así. Por lo menos que se vaya a un profesional y le pague.
Y si quieres contestar a este tipo de preguntas la respuesta es sencilla. No es posible y ya.
Este tipo de preguntas no te aportan nada y todos en este foro de casi profesionales sabemos cuales son las preguntas de los nuevos en este foro.
espero que me entiendas cual es el espíritu de este foro o yo creo cual debería ser el espíritu de este foro. la legalidad por delante.
El de cachilipox mas o menos. Aunque también le diría que estas cosas mejor pasar de ellas.
O el consejo de Toni. dar al botón de ignorar cuando se dan de alta para estas cuestiones. Sabio consejo .
Venga, vamos a seguir ayudandonos y ayudando, faltaría mas, pero haciendo un poquito de criba preguntil.
 

toni

Miembro conocido
Solo recordar (y por eso yo jamas he contestado a particulares ni pienso hacerlo) que si no les gusta la respuesta la que te arman. Acordaros de naranjo y unos cuantos mas...

Pienso que si el administrador hiciera limpieza de los que entran, preguntan y ya, bajariamos a la mitad los foreros.
 

elchuske

Miembro conocido
Todavía me acuerdo con el de la movida de la IT del mes de febrero. Dijo que iba a ir a un profesional pero nunca dijo lo que le informaron.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Lo de que te pregunten sobre ciertas cuestiones... evidentemente, entiendo que ni este ni ningún otro foro (más o menos serio) debe fomentar que se comentan ilegalidades y fraudes (aunque a menudo el que lo plantea no es del todo consciente de que lo que está pidiendo es asesoramiento para cometer alguna ilegalidad, y tal vez en esos casos la respuesta puede limitarse a hacérselo notar. Ya sabemos, por ej, el concepto que muchos tienen de "mi paro").
Pero incluso en esos foros "más abiertos" en los que participaba hace una burrada de años, recuerdo que en casos así, si estaba con tiempo y humor, solía contestar algo así como "creo que te has equivocado de foro, este es de Derecho Laboral, (o RRHH...) no de "Fraudes y chapuzas varias". Pero siempre había quien, con mejor o peor acierto, les acaba asesorando en su pretensión. Eso me ponía a 100!!
 

elchuske

Miembro conocido
Esa es la actitud Nando, Si hay la mínima sospecha que vaya a un profesional. Que es lo que les digo yo cuando algo me hace sospechar.
 

fundación

Miembro conocido
Supongo que el otro foro sea portico legal. Pues ahí también aparece este forero preguntando lo mismo.
 
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