¿Cómo hacéis la nómina en estos casos?

africallora

Miembro conocido
Sí, ya veo que en este ultimo borrador no le ha descontado ningún día. El programa te lo ha hecho igual que el primer borrador que me has pasado, como si hubiera trabajado el mes completo. ¿No te parece raro?...
 

toni

Miembro conocido
Sí, ya veo que en este ultimo borrador no le ha descontado ningún día. El programa te lo ha hecho igual que el primer borrador que me has pasado, como si hubiera trabajado el mes completo. ¿No te parece raro?...
He borrado el primero xk me he dado cuenta que la fecha de alta puse 01-10-2023, pero al cambiar la fecha a dia 2, saca tb 30 dias por ser salario mensual, si fuera diario seria otra cosa.... Ademas que si se pones 29 dias, no concilias los tramos...

Ademas, es que es de cajon, del 2 al 31 son 30 dias, no hay mas tutia...
 

africallora

Miembro conocido
Bueno, como hace un día que no te veo y te eché en falta, te doy la razón..:cry:

PS. Espera, que ahora nos van a decir que es a remuneración diaria y haber que hacemos con lo escrito, ainss… :oops:
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si es salario mensual, cotiza y cobra 30, nada de descontar

He borrado el primero xk me he dado cuenta que la fecha de alta puse 01-10-2023, pero al cambiar la fecha a dia 2, saca tb 30 dias por ser salario mensual, si fuera diario seria otra cosa.... Ademas que si se pones 29 dias, no concilias los tramos...

Ademas, es que es de cajon, del 2 al 31 son 30 dias, no hay mas tutia...
No te creas,
Aunque cuando yo gestionaba la nómina lo hacía como tu, pero no como dogma de fe.
Al final el programa te hará lo que le digas que haga, de hecho, por ej A3 te daba 3 opciones, sin calcificar a ninguna de ellas como correcta o incorrecta
 

toni

Miembro conocido
No te creas,
Aunque cuando yo gestionaba la nómina lo hacía como tu, pero no como dogma de fe.
Al final el programa te hará lo que le digas que haga, de hecho, por ej A3 te daba 3 opciones, sin calcificar a ninguna de ellas como correcta o incorrecta
Pues no nando, el programa no hace lo que yo le digo, tan solo me limito poner la fecha de alta y el programa hace lo que tiene que hacer. No sé cómo lo hará A3 yo no lo uso, lo único que sé es que son 30 días y como he dicho más arriba todo lo que no sea 30 días no se va a poder conciliar los tramos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver, como trato de apuntar, este tema es un clásico y al final casi todos lo hacemos como hemos hecho toda la vida o hasta que nos han dicho que lo hagamos de otra manera.

Como he comentado arriba,, yo era de los que si trabajas 30 dias, cobras 30 dias (por ej 30 dias de alta en mes de 31 dias), pero debia admitir la incongruencia de que cobraria lo mismo que alguien que hubiera trabajado desde el dia 1, el mes completo.
De hecho, cuando fijábamos la fecha de incorporación, cuando, por otros motivos, dudabas que si el 1 o que si el dos, por un lado pensabas, "si entra el 1, trabajará un día más pero cobrará lo mismos que si entra al día siguiente". No sé hasta qué punto el que tenia que incorporarse reparaba en estas cosas.
Y en caso de baja lo mismo
"- cuando cobro si soy baja el 31?"
- "tanto"
- "¿y si me voy el 30?"
- "lo mismo" :rolleyes:

Pero claro, si en febrero eras alta el 2, cobrabas 27 días (y si te ibas el 27, lo mismo, pero si te ibas el 28 cobrabas 3 días más.
En fin, yo lo hacia como indica Toni, pero es verdad que siempre me planteaba estas incongruencias, era consciente de que otros lo hacían de otra manera y que mi programa de nómina lo haría como yo le dijera.
Y sí, al final me quedaba con lo de que el salario/dia no puede variar por que el mes tenga 30, 31 o 28 días, pero vaya solución perfecta, no la hay.

Con el programa actual (y que ya no gestiono yo directamente, te hace lo que indica Fundación, y que era la alternativa clásica de toda la vida, es decir, en meses completos uno siempre cobra lo mismo, pero en casos de alta y baja durante el mes (meses no completos), el salario mensual se divide entre los dias naturales del mes en cuestión (28,29, 30 o 31) y de multiplica por los días de alta.
¿Que entonces un dia de alta en febrero vale mucho más que un dia de enero?. Pues sí. Ya digo, solución perfecta no la hay, pero no tengo claro que sea menos lógica que el pagar lo mismo al que trabaja desde el dia 1 que el que entra un dia más tarde y otras incongruencias de la otra alternativa.

Y, efectivamente, como apuntaba Fundación, hay una sentencia de la AN que avala este criterio. Ahí va un enlace no a la sentencia pero sí a la noticia
 
Última edición:

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues no nando, el programa no hace lo que yo le digo, tan solo me limito poner la fecha de alta y el programa hace lo que tiene que hacer. No sé cómo lo hará A3 yo no lo uso, lo único que sé es que son 30 días y como he dicho más arriba todo lo que no sea 30 días no se va a poder conciliar los tramos
Pues la AN opina otra cosa.
De todas formas, ya lo he dicho, históricamente yo he mantenido apasionados debates sobre el tema, por mucho tiempo defendiendo tu criterio pero cada vez ya con menos pasión, ya no como dogma de fé (esto es así y punto), al final explicaba cómo lo hacia yo pero con críticas cada vez más tenues y al final ya inexistentes a otras alternativas.
Ahora lo calculamos de otra manera (bueno, porque el programa de nómina lo hace de esa otra manera o lo han parametrizado de esa otra manera, pero porque a su vez (y somos Grupo de empresas y no es un tema que dependa de mi ni tampoco lo he cuestionado) y no ha sido tan traumático. Y encima lo hacemos conforme a AN.
Y los programas de nómina, pues dependerá de cada uno, unos vendrán configurados de serie de una manera otros de otra y pueden permitir o no, parametrizarlos con otras alternativas. Y A3 ya te digo yo que te permitia hacerlo con todas las que hemos expuesto y alguna más. Sin mojarse ("lo puedes hacer así o asá, el programa te lo permite, tú mismo").
 

MAMENBS

Nuevo miembro
Buenas tardes,
Yo opino como Toni, si el salario es mensual, le hago la nómina de 30 días si entra el día 2 y el mes tiene 31 días naturales.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
De todas formas, y disculpa, Toni, que al leer tantas intervenciones seguidas... creo que no afirmas lo que yo estaba diciendo.
Dices que "si trabajas 30 días, cobras 30 días"
OK, y tal vez estemos diciendo lo mismo, pero em matiz está en el precio día. Es verdad que yo no descuento ningun dia, pero si no se ha estado el mes completo lo que varia es el "precio" de cada día.
En el sistema que seguía yo siempre dividía el salario mensual entre 30, y lo multiplicaba por los dias de alta 8por eso en octubre cobrabas lo mismo entrando el 1 que el 2, y en febrero bastente menos causando baja el 27 que el 28.
En definitiva, ¿Cobra spor los duias de alta? Si
El matiz es el "precio/día" (salario mensual/30 todos los meses o entre los dias naturales del mes.
 

toni

Miembro conocido
Pero no se donde esta el debate. No es lo mismo que empiece el dia 10 o 15, que el dia 2. Estamos hablando de salario mensual y que yo sepa del 2 al 31 son 30. Tu quitale un dia sea de salario o de cotizacion y veras que no cuadras los tramos ni a tortas. Pero bueno, que no quiero seguir con este debate, como tambien digo mas arriba, cada uno que haga lo que crea conveniente, fin. (dixi).
 

africallora

Miembro conocido
Buenas tardes,
Yo opino como Toni, si el salario es mensual, le hago la nómina de 30 días si entra el día 2 y el mes tiene 31 días naturales.

La respuesta a esto ya te la ha dado @Nando_bcn en uno de sus post. En el caso opuesto al que nos ocupa, si trabaja del 1 al 29, y causa baja este día, le regalarías el día 30 y el 31, manteníendole en alta?...
 

MAMENBS

Nuevo miembro
La respuesta a esto ya te la ha dado @Nando_bcn en uno de sus post. En el caso opuesto al que nos ocupa, si trabaja del 1 al 29, y causa baja este día, le regalarías el día 30 y el 31, manteníendole en alta?...
No te entiendo. Si trabaja hasta el día 29, le pago 29 días. Si trabaja hasta el día 30 o hasta el día 31, le pago igual 30 días, porque tiene salario mensual. Supongo que es cuestión de opiniones, yo lo hago así.
 

Petrus

Miembro conocido
Yo creo que si el salario fuese SMI lo tendriamos mas facil de decidir, le tienes que pagar el minimo y ese es el propio salario en 30 dias del 2 al 31 de octubre.
A ver si el día que nos envíen las liquidaciones enviando el CRA nos dicen que no llegamos a mínimos en 30 días en un mes de 31.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero no se donde esta el debate. No es lo mismo que empiece el dia 10 o 15, que el dia 2. Estamos hablando de salario mensual y que yo sepa del 2 al 31 son 30. Tu quitale un dia sea de salario o de cotizacion y veras que no cuadras los tramos ni a tortas. Pero bueno, que no quiero seguir con este debate, como tambien digo mas arriba, cada uno que haga lo que crea conveniente, fin. (dixi).
Sí, si, ya lo he comentado, que el debate no lo teníamos en el número de dias a pagar (si estás de alta 30, pues cobras 30) si no en el precio.
Y ya lo he dicho o reconocido, a mi siempre me ha chirriado que, teniendo salario mensual el precio del salario/dia pueda varías según el mes (pero acotándolo a los meses no completos de alta).
Pero también me cuesta encajar que si causa baja el 31 cobre lo mismo que si causo baja el 30 (¿alguien, cumpliendo el preaviso... os pide causar baja el 31 si ha estado de alta todo el mes?).

Por otro lado, no confundamos cotización, o tramos de cotización, con devengo de salario.
Respecto al devengo del salario, de toda la vida hemos podido tener cierto concepto, que habremos mantenido o no, pero lo de los tramos de cotización, eso ha ido cambiando. ¿Cambias el criterio de devengo de salario cada vez que la SS cambia sus criterios sobre cotización?
 

Caslaboral

Miembro conocido
Y si está de alta los 31 días de ese mes ¿cuánto le pagas?
Y en caso de baja.., ¿cuánto pagas el que causa baja el 30? ¿y al que causa baja un día más tarde, el 31?
Al que esta de alta 31 dias le pagas 30 dias. Al que tiene baja 1 solo dia le pagas 30 dias + 1 de baja y al que esta de baja desde el dia 30 le pagas 29 dias + 2 de baja.

Solo en el ultimo caso cobrara menos.
 
Arriba