¿Estáis mandando los seguros sociales de enero?

Argi

Miembro conocido
Aupa!
Lo dicho. ¿Los estáis mandando o mejor esperar a que se actualicen bases?
 

GARCIA78

Miembro activo
Enviado y confirmado....
Además este mes hay adelanto del cierre cargo en cuenta y pago electrónico.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Algunos si otros no, depende. Incluso en algunas empresas he tirado mano de la bola de cristal y me aventurado a forzar bases de cotización en un intento de que no lleguen cartitas de esas tan feas de diferencias ridículas. Sólo rezo para que no me salga mal.
 

Alpaca

Miembro
Caslaboral... cuando hablas de actualizar SMI´s: ¿te refieres a que estás informando las nóminas de enero al nuevo SMI de 1.080 € (x 14 pagas) o te refieres a que estás actualizando las nóminas de febrero al nuevo SMI y ya calcularás atrasos (desde enero, entiendo) cuando publiquen las nuevas bases de cotización 2023?.
Gracias anticipadas por compartir tus conocimientos (bueno, gracias a tod@s; sois la pera-limonera 😛).
 

Alpaca

Miembro
.... cuando "actualicen" las bases publicadas el 31-01-23, me refiero claro... que publicadas, ya están publicadas las bases 2023 en el BOE.
Ups! 🤣
 

MarLo

Miembro conocido
Yo todo lo que he podido cambiar en enero, lo he cambiado Aunque nos hagan las liquidaciones de oficio.... sacar regularizaciones de enero y febrero de céntimos y mandarselas al cliente también es trabajo...
 

fundación

Miembro conocido
ACTUALIZACIÓN DE OFICIO DE LIQUIDACIONES DE CUOTAS. PROCEDIMIENTO DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN

El artículo 36 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece, entre otros aspectos, que las liquidaciones de cuotas calculadas mediante los sistemas a que se refiere el artículo 22.1 podrán ser objeto de comprobación por la Tesorería General de la Seguridad Social, requiriendo a tal efecto cuantos datos o documentos resulten precisos para ello.

Conforme a lo establecido en dicha disposición, la Tesorería General de la Seguridad Social implantó un procedimiento a través del sistema RED, del que se informó en el Boletín de Noticias Red 7/2021, para el requerimiento a los empresarios de los datos precisos para la comprobación de determinadas liquidaciones de cuotas calculadas mediante el Sistema de Liquidación Directa.

A través de este procedimiento, el autorizado RED debe remitir a la TGSS, en un fichero de bases, los datos necesarios que permitan el cálculo completo de las liquidaciones de cuotas que sean objeto de comprobación y posteriormente proceder a la confirmación de éstas. Para facilitar la realización de estas actuaciones, se ha ampliado el plazo de forma que los borradores que resulten totalizados podrán ser confirmados hasta las 23:59 del día 25 del mes siguiente a aquel en que se hizo el envío de las comunicaciones por parte de la TGSS.
 
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