Accidente laboral grave e inspección

En el caso de que el Inspector de trabajo decida presentarse en el centro de trabajo para investigar el accidente, ¿existe un plazo para hacerlo? ¿Después de 3 o 4 días podríamos deducir que ya no aparecerá o puede aparecer pasado bastante tiempo? ¿Qué criterios sigue para estimar su intervención?

Muchas gracias y saludos,
 

Sandrita

Nuevo miembro
Podrá presentarse en el centro de trabajo cuando quiera para investigar el accidente o cualquier otra cosa. Los únicos plazos que operan serán los de prescripción o caducidad (ilícitos o actuaciones) y 3-4 días como que no....

Lo que es raro es que no hubiera ninguna actuación por ITSS, Tecnicos prevencion CA p INSHT, juzgado o cuerpos de seguridad si dices que es un accidente grave, tampoco hubo requerimiento alguno de subsanacion de deficiencias?. Hubo heridos graves o fallecidos?. Igual puede ser que este judicialiado desde inicio el tema pude ser?. O es algo tan obvio que no requiere mucha investigación, tú sabrás las circunstancias, o pueden que fueran técnicos habilitados en PRL de la CA y el inspector elabore el informe en base al que éstos le elevaron.

Con lo que explicas poco se puede concretar, pero podrá acudir al centro cuando considere y sin previo aviso aunque cuanto mas tiempo pase más complicado para informe pues ya sabemos que las empresas después de un accidente ponen todo al día.

Es posible que ahora esté claro o judicializado y la ITSS no intervenga ni situ porque ya tenga datos suficientes pero si se pide recargo de prestaciones  por trabajador o se insta de oficio supongo que una visita os hará.

Llevó a cabo la empresa una investigación de las causas del accidente para detectar las causas y procedió a revisar la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva?. Pues esto, ocurrido el accidente que ya no tiene vuelta atrás, es lo que tiene que importarle a la empresa ahora mismo y sin dilación, puesto que lo exige la LPRL (aunque se suele obviar). Yo si fuera la empresa me pondría con esto, realizándolo efectivamente por personal competente y dejando constancia, y desde luego no dejaría que ningún trabajador ocupase el puesto del accidentado hasta que no se procediera a investigar causas, a revisar evaluación y medidas prevención (que tuvieron que fallas en alto), no vaya a ser que aparezca el Inspector o los Técnicos de Prevención de la CA o INSHT y vean que nada de esto se hizo y que hay otro trabajador corriendo el mismo riesgo sin que el emor esatio haga nada para evitar otro accidente.

Saludos.


 
Gracias por la rápida respuesta Sandrita.

Preguntaba lo de los 3-4 días ya que a la empresa de prevención les "extrañaba" que no hubieran aparecido ya.

La policía sí apareció por el lugar del accidente, una ambulancia y también la empresa de prevención. (Imagino que con eso le basta para la investigación)

Por lo que me dice la empresa, lo tienen todo en orden.

El accidente se produjo cuando un operario manipulaba una de estas máquinas elevadoras de palets. En concreto, fue a dejar una carga, ésta se trabó y el operario fue a "ajustarla manualmente". Cuando manipuló la carga, ésta cedió y se le cayó encima. Tiene varias fracturas en las piernas.

Entonces, según me dice la empresa, jamás hay que bajarse de la máquina y manipular la carga/ponerse cerca/ etc... ya que existe ese peligro. El operario tenía la formación y titulación correspondiente.

La empresa debe llevar una investigación de lo ocurrido, pero creo, que poco más pueden hacer cuando el operario se expone a ese peligro.

Saludos y muchas gracias de nuevo



 

Mr. White

Miembro activo
Irán cuando puedan (hasta 11 meses he visto yo, de vergüenza, ¿qué coño vas a investigar 11 meses después, Perry Mason?), y, ojalá que no, habrá recargo...

 

Mr. White

Miembro activo
En mi opinión la inspección tiene el gatillo fácil en lo referente a recargos. Al final hay una persona que se ha hechpo daño y como paga la empresa pues listo...Vamos, que dispara a la mínima y luego ya que sea el juzgado el que diga si es conforme a derecho o no. Ya digo todo esto en mi opinión...

11 meses y 17 días tardó un inspector en venir a investigar un accidente de un trabajador que se desmayó desde una altura inferior a 2 metros. Dicho inspector - que es el del sector de mi empresa, muy específico y peculiar y por eso siempre nos toca el mismo inspector cansino, un saludo si me está leyendo  ;D ;D - vino con nocturnidad, no avisó a la empresa, dijo que midió (no consta ni dónde midió, ni cómo,...imposible saber si fue o no donde se cayó el tipo, ya digo, vino 11 meses y 17 días tarde...yo creo que ni vino ni nada, pero lo mismo da a día de hoy) y que la altura era justo de dos metros y 3 centímetros (cago en la leche, justo lo que marca la norma, "superior a dos metros") y que recargo al canto ipso facto. Se demandó, se ganó en instancia, y el TSJ nos la metió doblada diciendo básicamente aquello de que la palabra de un inspector va a misa (y por extensión lo que mide un inspector va a misa, auqnue ni puta idea de dónde midió y cómo midió, si con la mano, un metro o a cascoporro) y mi jefe me castigó sin postre.
 

Sandrita

Nuevo miembro
CanarioGran dijo:
Gracias por la rápida respuesta Sandrita.

Preguntaba lo de los 3-4 días ya que a la empresa de prevención les "extrañaba" que no hubieran aparecido ya.

La policía sí apareció por el lugar del accidente, una ambulancia y también la empresa de prevención. (Imagino que con eso le basta para la investigación)

Por lo que me dice la empresa, lo tienen todo en orden.

El accidente se produjo cuando un operario manipulaba una de estas máquinas elevadoras de palets. En concreto, fue a dejar una carga, ésta se trabó y el operario fue a "ajustarla manualmente". Cuando manipuló la carga, ésta cedió y se le cayó encima. Tiene varias fracturas en las piernas.

Entonces, según me dice la empresa, jamás hay que bajarse de la máquina y manipular la carga/ponerse cerca/ etc... ya que existe ese peligro. El operario tenía la formación y titulación correspondiente.

La empresa debe llevar una investigación de lo ocurrido, pero creo, que poco más pueden hacer cuando el operario se expone a ese peligro.

Saludos y muchas gracias de nuevo


Supongo que habrá atestado de la policia, que es lo normal si se personó. La empresa puede hacerse con el una vez concluido, igual ni se molestó en pedirlo!. Este atestado se remite a ITSS, no se en tu CA los convenios que hay aparte de los nacionales que hay entre las diferentes FCSE e ITSS, en ellos se establece el protocolo de actuación que normalmente es conjunta, por lo que puede ir perfectamente.  Pregunta a la empresa y sino que pida atestado, es probable que tengas croquis, fotos, etc., en el mismo.

La ambulancia no cuenta ni va a verificar nada de PRL  ;D y la empresa de prevención supongo que te refieres al SPA con el que la empresa tiene concertada la prevención, pero esta hablara a favor de la empresa pues si cae la empresa igual ésta si hubo incumplimiento por el SPA le da por repetir.

El tema por lo que expones aunque no dices quen tipo de material transportaban y almacenaban más que en carretilla elevadora creo que se centrará en tema cargas...acopio, si en el plan de prevención se incluía un procedimiento específico sobre cómo llevar a cabo con seguridad el acopio según el material y características, medidas preventivas, si el sistema y estanterías o palet eran los adecuados para el material a apilar y carga, si respetaban carga máxima y sobre todo si el palet donde se apilaba la carga tenía un sistema adecuado que impidiese la caída de los objetos apilados y para proteger del aplastamiento.

Y si de lo anterior no hay nada (que algo habrá porque ni los sitios de venta tipo Leroy, Ikea, etc cumplen las normas no hay más que ver palet de venta) pues tendría que estar una persona vigilando por la peligrosidad de la actividad? Declarará el trabajador que era algo habitual hacer, que empresa les "metía prisa", etc.
Lo de que poco más puede hacer la empresa en materia de PRL....

Igual si es una IT y el trabajador queda bien y la empresa cumplia lo elemental queda ahí la cosa...si hay una IP me da que el recargo se pedirá si no es de oficio por ITSS pues por propio trabajador, y últimamente muchos denegados por INSS son concedidos en vía judicial.

Pues eso, creo que mejor empezar por ver lo que dice el atestado de la policia que si se personó en el acto y puede dar idea...
 

Aslasa

Miembro
No es por desanimar al personal pero el lunes tuve una ITSS de un accidente de marzo de 2016...

Lo del tema de las inspecciones y los AT se debe de tener mucho cuidado y avisando previamente al cliente que cualquier hecho lo va a poner de manifiesto y que el recargo de prestaciones es cuasi seguro.

Hace poco en otra de AT que tuve tenía todo correcto y fue un accidente leve con dos semanas de baja pero aún así me comí 3 contratos fijos...

En fin creo que están con las rebajas
 

Sandrita

Nuevo miembro
Aslasa dijo:
No es por desanimar al personal pero el lunes tuve una ITSS de un accidente de marzo de 2016...

Lo del tema de las inspecciones y los AT se debe de tener mucho cuidado y avisando previamente al cliente que cualquier hecho lo va a poner de manifiesto y que el recargo de prestaciones es cuasi seguro.

Hace poco en otra de AT que tuve tenía todo correcto y fue un accidente leve con dos semanas de baja pero aún así me comí 3 contratos fijos...

En fin creo que están con las rebajas

Pero lo de los 3 contratos fijos digo yo que no tendrá nada que ver con el AT sino con otra irregularidades en materia de contratos no?. Que la visita fuera por AT no impide que puedan verse otras cosas, vamos que por ejemplo aunque en un AT el informe sea OK todo si la empresa tiene trabajadores sin dar de alta no quita la infracción el hecho de que en PRL cumplan todo.

Y en el tema de AT, no comparto opinión, más que que avisar al cliente de que cualquier hecho va a ponerlo de manifiesto habrá que avisarle para que sea riguroso con la prevención de riesgos pues hablamos de VIDAS y SALUD de personas, trabajadores pero ante todo personas. Y sobre todo que exijan al SP que cumpla que las empresas pagan una pasta y luego los SPA pasan de todo cuando la responsabilidad es del empresario aunque pueda repetir si hubo mala actuación del SPA, muchas empresas viven en la ignorancia de que como pagan por un SP ya cumplen y no es así y luego los SPA
que pasan de todo están al negocio y nada más como mucho rellenan papeles estándar. La prevención no es acumular papeles para enseñar ante una inspección (papel mojado como se suele decir) sino que tiene que ser real y efectiva.

Cierto que la ley exige mucha documentación pero no hay que quedarse en eso sino ir más allá...el espíritu y finalidad de las leyes es lo importante. Luego hay chorradas tipo 3 centímetros como decía Mr. White que es para reír pues lo importante no son los 3 cms sino si aunque hubieran sido 2 metros o 1 si se hubiera evitado el accidente o no con las medidas preventivas. Otros se paran en chorradas como pueden ser persianas  :D 8), pero negar que la gran mayoría de AT y EP son por falta de cultura preventiva y hacer de la PRL un montón de papeles es mentir descaradamente, sólo basta con acudir a los datos. Mirad vuestra provincia los AT declarados en un mes x, hay días de 5 AT al día  y graves y/o morales muchos, a esto sumadle que para cada provincia hay diariamente un único Inspector de guardia para atender AT con prioridad, en todos es imposible que estén más teniendo en cuenta que uno puede estar a 100 kms de otro y que lleva tiempo documentar todo.

Nuestro país estaba la cabeza de AT y de enfermedades profesionales no declaradas no digamos porque según las estadísticas publicadas anualmente somos de los paises con menos EP declaradas, algo que no es creíble...y aquí ya no entro porque con las mutuas me pongo negra (mutuas para mí igual al gran fraude de la seguridad social ahora y de mucho atrás).

Dejando a un lado tocapelotas, hay que reconocer que ni hay funcionarios suficientes ni las empresas y los propios trabajadores rienen cultura preventiva. Ah...empezando por las AAPP que están a la cabeza de incumplimientos!.

Por exigir el complimiento a la empresa y asesorarles para que estén encima de los SPA es por donde hay que empezar...y controlar que el SPA cumple con sus obligaciones puede ser una tarea asumible por muchos asesores laboralistas obviamente cobrando el servicio a la empresa. Cuantas asesorías despachos no están encima de los SPA sin entrar eso en los servicios contratados ni cobrar por ello pues el empresario será a quien culpe y no al SPA que muchos no saben para qué sirve sólo lo contratan para complir con obligación legal.

En fin, muy triste que tratándose de vidas esta sea la actitud de tod@s imolicado@s.
 

Sandrita

Nuevo miembro
Este ejemplo, da muestra de ello...y aquí hay AAPP contratistas implicadas! añadir además que esa misma semana se publicó que hubo en provincia de Sevilla 17 AT graves o muy graves! En una semana...

SEVILLA
Muere en Sevilla un hombre de 54 años que asfaltaba una carretera en alerta naranja por calor
Realizaba labores de asfaltado este miércoles en la carretera A-406 en el término municipal de Morón de la Frontera (Sevilla)
La temperatura no bajaba de los 39 grados, según la Agencia Estatal de Meteorología, a la hora en que se realizó la llamada a emergencias
El aglomerado que se usa en esta tarea alcanza los 170 grados, explican en CCOO que atribuyen su muerte al abuso empresarial.

Ya pueden tener todos los papeles que digan misa pero habrá responsables quen tomaron esa decisión ignorando que estaba en juego la vida de los trabajadores, en esas condicion como el servicio de prevención autorizó o al menos no notificó a la empresa del riesgo y que debía evitarse por ejemplo con cambios turnos de trabajo, en Galicia no es Sevilla y en verano toda la vida se asfalto de noche.

 

Aslasa

Miembro
Sandrita simplemente he querido decir que en muchas ocasiones miran todo aunque te citen simplemente por el AT, lo de los trabajadores fijos no es por una falta de afiliación ni mucho menos, peor he querido decir que últimamente se meten en asuntos que en un principio no tenían porque inspeccionar.

Lo del tema de los fijos que me ocurrió fue al finalizar la ITSS, que estaba todo correcto y de pronto me solicitó los contratos temporales y literalmente fue a lo de hay dos formas de hacerlo o bien te hago una diligencia y me haces los temporales fijos o bien sancionó y luego ya veremos qué haces, como bien podrás saber si esto se lo dicen a una empresa lo que pretende es evitar la sanción y olvidarse de historias.

Respecto a las empresas de PRL, como bien sabrás muchas se dedican a rellenar los documentos mínimos y pasan de todo, que no es el caso general pero en muchas ocasiones está muy extendido lo que te digo.
 

Sandrita

Nuevo miembro
Aslasa dijo:
Sandrita simplemente he querido decir que en muchas ocasiones miran todo aunque te citen simplemente por el AT, lo de los trabajadores fijos no es por una falta de afiliación ni mucho menos, peor he querido decir que últimamente se meten en asuntos que en un principio no tenían porque inspeccionar.

Lo del tema de los fijos que me ocurrió fue al finalizar la ITSS, que estaba todo correcto y de pronto me solicitó los contratos temporales y literalmente fue a lo de hay dos formas de hacerlo o bien te hago una diligencia y me haces los temporales fijos o bien sancionó y luego ya veremos qué haces, como bien podrás saber si esto se lo dicen a una empresa lo que pretende es evitar la sanción y olvidarse de historias.

Respecto a las empresas de PRL, como bien sabrás muchas se dedican a rellenar los documentos mínimos y pasan de todo, que no es el caso general pero en muchas ocasiones está muy extendido lo que te digo.

Pueden y deben mirar todo sólo faltaría que no lo mirasen cuando es su trabajo y obligación como servidores público y básicamente deben tutelar que se cumplan las normas del orden social, igual que un inspector de Hacienda con ocasión de una actuación concreta pueden mirar otras cosas, no tiene que avisarte (ahí está el truco, si te avisan fijo que ese día tienes todo bien), o si para tráfico en un control x y resulta que te acaban control otras cosas mientras sean comoetentes para ello.Eso de que "se meten en asuntos que en principio no tenían porque inspeccionar" :eek:, se metieron en algo que la ley no le atribuya como competencia suya?. Pues eso. Lo de la afiliación era un ejemplo.

Lo que dices de los contratos temporales si estaban en fraude o incurrían en cualquier ilegalidad que quieres que te dijera, bastante suerte tuviste de que en lugar de sancionar directamente te dio la opción de que te requería para la conversión y si lo hacías quedaba ahí la cosa. No todos son tan considerados. Si la empresa accede es porque sabe lo que hay respecto a los contratos, si fueran correctos actuaría de otra forma, tampoco seamos inocentes. Por cierto, esto también demuestra al empresario que necesita servicios de un profesional y hacerle caso! ;)

En cuanto a la PRL, respecto tú opinión faltaría más, pero desmiento la mayor de que "no es el caso general" el de que las empresas en esta materia se dedican a rellenar papeles y que la ley es deficiente en este sentido a la hora de regular la sociedad obligaciones, eso ocurre en la gran mayoría de casos los datos están ahí (sin contar los no declarados, en particular EP que estamos pagando todos cuando deberían estar pagando las mutuas, en lugar de sueldos millonarios a directivos). Lo último que de dices "pero en muchas ocasiones está muy extendido lo que te digo" no se a que te refieres, igual pierdo algo.

 

Aslasa

Miembro
En primer lugar respeto a lo que dices de la labor inspectora, me parece bien solo faltaría que no pudieses inspeccionar, para eso están, pero a lo que voy es que en un gran número de ocasiones piden solo del trabajador objeto de AT y ya me ha pasado unas cuantas veces que en cuanto ven que parece que todo está más o menos correcto, te piden los contratos temporales.

Cuestión que para nada digo que no deben de pedir, si no que lo veo como una reprimenda del tipo de que por el AT no te voy a meter pero algo de propina te vas a llevar.

Respecto al tema de la contratación temporal, todos sabemos lo que ocurre, obras inconcretas, casualidades que no habilitan una temporalidad etc etc, y por muy pesados que nos pongamos las casualidades que siguen pasando los clientes son una auténtica basura, y claro que para esto está el
Profesional, pero los empresaurios lo les gustan los fijos y esto es el pan de cada día.

A lo que dices que suerte tuve de no comerme la sanción por el tema de los contratos, pues que quieres que te diga, lo que no veo normal es el tema de la pseudo amenaza, el tenemos
Dos formas de hacerlo o te sanciono y los haces o te abro una diligencia y los haces sin más, ahí que quieres que te diga se busca lo mejor para el cliente y bien sabrás que si vuelves de una ITSS y le dices te van a meter tantas mil por el tema de los contratos, pues no es plato de buen gusto, y la verdad que soy bastante inconformista con las actas, pero aún estando los contratos justificados muchos clientes prefieren hacerlos fijos y de esta forma evitar problemas.

En temas de contratos temporales en los últimos años tienen orden de disminuir el empleo temporal y eso se nota, ya que hace 10 años en el tema de la temporalidad todo valía, pero ahora ya no.

Respeto al tema de la prevencion es una opinión de la experiencia que atesoro, y respeto tu visión, ya que igual solo parte de los clientes que llevo son más piratillas  ;D,

Bueno espero que no malintrepetes mi intervención ya que igual estoy algo quemado con la ITSS  ;D
 

Sandrita

Nuevo miembro
Mi tema sólo era por la PRL, me llamó la atención que lo mezclaras con temas de contratos que en mi opinión son temas menores comparado con los AT y EP, igual no entendí el sentido de tu post.

Lo de tener suerte pues en el fondo si, no todos son tan considerados de darte la opción de conversión o sanción, otros sancionan directamente, a eso me refería. Mira los 3 centímetros de Mr. White que igual en otras cosas 3 cms son mucho  ;D ;D pero en el caso que no exponía el la causa entiendo quen la causa no fueron los tres centímetros.

Lo de tener empresas que cumplen la PRL rigurosamente, no en papel sino en la práctica, tienes mucha suerte que esa sea tu experiencia y que todos te toquen a ti, porque la realidad en AT y EP en España con datos oficiales demuestra lo contrario, sin contar los AT y EP no declarados. Las dos ramas de la PRL de las que tengo algo de conocimiento veo cada cosa que es para clausurar empresas, y también centros públicos que una por deformación profesional cuando entra, p.ej., a un centro de salud, colegio o ayuntamiento ve cada negligencia  ::)!. La última que vi Ayuntamiento en obras y los trabajadores dentro y ciudadanos entrando, yo incluida, pues la tercera planta sin barandilla y sin ningún tipo de protección y gente en cantidad entrando y saliendo si no cae nadie será un milagro.

En fin, igual estoy demasiado sensibilizada con la PRL sobre todo con enfermedades profesionales y cansada de que la ITSS y los Técnicos de prevención de la CA  pida sólo papeles y con eso den por cumplido todo como si eso fuera el objetivo de la prevención y luego las batallas con el INSS y empresas que en su día no declaraban puestos con riesgo de EP y de aquellos lodos...para convencer al INSS de que un trabajador que trabajo 30 años en una cantera enfermo de silicosis es una enfermedades profesional o enfermos por amianto que hay que acudir a un juez y casi decirle "llame a cualquier neumólogo que quiera su señoría y pregúntele donde estudiaron la carrera y que le expliquen a los médicos del INSS el periodo de latencia de dichas patologías". Ponte tu a reclamar a una empresa (igual desaparecida) por lo que no hicieron en su día en materia PRL y controles y explícaselo al enfermo al que igual cuando consiga que le reconozcan una IP por CP "ya pasó a mejor vida". Muriéndote y luchando contra injusticia...

Y ya no me meto con los SPA que la mayoría son un timo que paga la empresa y de las Mutuas un timo a la SS, vamos a todos.

Pues esa es mi experiencia (profesional pero también personal), me alegro que tus clientes sean cumplidores porque es su obligación más que nada. Los trabajadores primero que todo son perdonas y la vida y salud está por encima de todo, al lado de eso, las sanciones por contratos, cotizaciones o lo que sea me parece una tontería, ojalá miraran con más celo la PRL la real no papeles.

 

Aslasa

Miembro
Sandrita dijo:
Mi tema sólo era por la PRL, me llamó la atención que lo mezclaras con temas de contratos que en mi opinión son temas menores comparado con los AT y EP, igual no entendí el sentido de tu post.

Lo de tener empresas que cumplen la PRL rigurosamente, no en papel sino en la práctica, tienes mucha suerte que esa sea tu experiencia y que todos te toquen a ti, porque la realidad en AT y EP en España con datos oficiales demuestra lo contrario, sin contar los AT y EP no declarados. Las dos ramas de la PRL de las que tengo algo de conocimiento veo cada cosa que es para clausurar empresas, y también centros públicos que una por deformación profesional cuando entra, p.ej., a un centro de salud, colegio o ayuntamiento ve cada negligencia  ::)!. La última que vi Ayuntamiento en obras y los trabajadores dentro y ciudadanos entrando, yo incluida, pues la tercera planta sin barandilla y sin ningún tipo de protección y gente en cantidad entrando y saliendo si no cae nadie será un milagro.

En fin, igual estoy demasiado sensibilizada con la PRL sobre todo con enfermedades profesionales y cansada de que la ITSS y los Técnicos de prevención de la CA  pida sólo papeles y con eso den por cumplido todo como si eso fuera el objetivo de la prevención y luego las batallas con el INSS y empresas que en su día no declaraban puestos con riesgo de EP y de aquellos lodos...para convencer al INSS de que un trabajador que trabajo 30 años en una cantera enfermo de silicosis es una enfermedades profesional o enfermos por amianto que hay que acudir a un juez y casi decirle "llame a cualquier neumólogo que quiera su señoría y pregúntele donde estudiaron la carrera y que le expliquen a los médicos del INSS el periodo de latencia de dichas patologías". Ponte tu a reclamar a una empresa (igual desaparecida) por lo que no hicieron en su día en materia PRL y controles y explícaselo al enfermo al que igual cuando consiga que le reconozcan una IP por CP "ya pasó a mejor vida". Muriéndote y luchando contra injusticia...

Y ya no me meto con los SPA que la mayoría son un timo que paga la empresa y de las Mutuas un timo a la SS, vamos a todos.

Pues esa es mi experiencia (profesional pero también personal), me alegro que tus clientes sean cumplidores porque es su obligación más que nada. Los trabajadores primero que todo son perdonas y la vida y salud está por encima de todo, al lado de eso, las sanciones por contratos, cotizaciones o lo que sea me parece una tontería, ojalá miraran con más celo la PRL la real no papeles.

Lo de mezclar temas no puedo negarlo :D

En referencia al cumplimiento de PRL, me pasará como te pasa a ti, y es que hasta que no estas a pie de pista no sabes lo que asesoras, y en muchas ocasiones hasta que no ocurre nada.

Por último en lo comentado con los SPA, no puedo estar más de acuerdo.

No sigo con el tema que aburriré al personal y además te lo he redireccionado hacia otros asunto.


 
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