Una puntualizacion para el posible debate, yo hago 4 horas, si la empresa contratase a otra persona q hiciera las otras 4 horas ya no habría 2 personas en el mismo puesto, no se si con esto se puede desmontar la posibilidad de despido objetivo, muchas gracias y disculpad si no era el lugar, lo desconocía.
El problema es que el plantear el despido justo en base a ese motivo (y se entiende que para tratar de defender la procedencia, ya no por el coste de la indemnización, para evitar la nulidad) es lo que me genera dudas (porque, aunque con la pretensión de justificar el despido, se reconoce que precisamente el ejercicio del derecho a la reducción de jornada por guarda legal es la causa del mismo).
Pero vaya, a lo que comentas... si tu puesto requiere una jornada de 8 horas, tú haces 4 y la otra persona las otras 4... sois dos personas cubriendo el mismo puesto. Pero ya partía de este presupuesto en mi anterior respuesta.
Y lo de que este no es el lugar para tu consulta... tampoco lo tengo claro, aunque es cierto que es así para algunos y yo... la verdad, aunque en ocasiones algunos temas me motivan, no siempre estoy dispuesto a ir a la greña con los "talibanes" que defienden esta máxima o norma (que creo no está escrita).
Pero la verdad, como siempre digo, más allá de la propia predisposición a ayudar, en ocasiones hay consultas de particulares que son interesantes.
En cualquier caso, por la importancia del tema (no estamos hablando si me corresponde permiso retribuido de unas horas para un determinado trámite o circunstancia) y complejidad del mismo, por tu propio interés y más allá de lo que podamos acabar comentando por aquí (que te puede servir como referencia) es del todo recomendable que acudas a un profesional.
Saludos