Buenos días. Hago esta consulta porque tengo una duda en relación a una SL, constituida para la promoción inmobiliaria.
Esta SL ha comprado una finca, va a subcontratar a una empresa de construcción que construirá un edificio, y luego van a encargarse de vender los inmuebles. En Hacienda se ha tramitado un alta previa de la actividad de construcción, y se tramitará alta definitiva de la actividad económica cuando procedan a vender los inmuebles.
La duda que tengo es con los administradores, que son tres administradores mancomunados. Por un lado, en la escritura se puso que el cargo de administrador es retribuido, pero sólo uno va a tener una nómina, ¿puedo aprobar la retribución de uno solo en la junta general?
La otra duda es respecto a la afiliación de este administrador, tiene un 18,12% de participación, ¿tengo que darlo de alta en Seguridad Social como autónomo o en régimen general asimilado? ¿y con los otros dos debería darlos de alta?
Muchas gracias de antemano.
Esta SL ha comprado una finca, va a subcontratar a una empresa de construcción que construirá un edificio, y luego van a encargarse de vender los inmuebles. En Hacienda se ha tramitado un alta previa de la actividad de construcción, y se tramitará alta definitiva de la actividad económica cuando procedan a vender los inmuebles.
La duda que tengo es con los administradores, que son tres administradores mancomunados. Por un lado, en la escritura se puso que el cargo de administrador es retribuido, pero sólo uno va a tener una nómina, ¿puedo aprobar la retribución de uno solo en la junta general?
La otra duda es respecto a la afiliación de este administrador, tiene un 18,12% de participación, ¿tengo que darlo de alta en Seguridad Social como autónomo o en régimen general asimilado? ¿y con los otros dos debería darlos de alta?
Muchas gracias de antemano.