Administrador sociedad alta RETA?

Arvillena

Miembro activo
Hola
Ok. Y si es posible quitarle de administrador....mejor no?. Eso decía yo....por otro lado, sin experiencia en esto. Nunca he tenido caso....me alegra lo que dices...
Salu2
Si tienes la posibilidad de quitarle de administrador....para mi sería lo idóneo. Te quitas de líos.

Por otro lado, y aunque ya sabemos cómo funciona.....mete una consulta a Casia o llama al 915410291. Después el 1 y después el 4 de info para autorizados RED.
Los encuadramientos los carga el diablo.
 

toni

Miembro conocido
Hola
Ok. Y si es posible quitarle de administrador....mejor no?. Eso decía yo....por otro lado, sin experiencia en esto. Nunca he tenido caso....me alegra lo que dices...
Salu2
Amigo VILA100, que yo no estoy en posesion de la verdad...:cry:, tan solo es mi interpretacion y la que mantengo desde siempre. Pero lo bueno de este foro es la diversidad de opiniones que hace que aprendamos todos todos los dias valga la rebundancia. Por supuesto que todas las opiniones me merecen y tienen el mayor de mis respetos, faltaria mas, cada uno actua segun sus convicciones o como mejor cree proceder, ademas, com o he dcho antes, este tema ya se a tratado otras veces y no es un tema pacifico....
Por cierto, ese esquema me lo guardo como oro en paño...:ROFLMAO:
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Si tienes la posibilidad de quitarle de administrador....para mi sería lo idóneo. Te quitas de líos.

Por otro lado, y aunque ya sabemos cómo funciona.....mete una consulta a Casia o llama al 915410291. Después el 1 y después el 4 de info para autorizados RED.
Los encuadramientos los carga el diablo.
Si me permites un consejo, aunque no soy nadie para darlos, NO TE FIES MUCHO DE CASIA, un caso metido un dia, en una semana lo vuelvo a meter y las respuestas completamente distintas, segun que funcionario te coja el tema te dice una cosa u otra...
 

Santiago

Miembro conocido
Muchas gracias a todos y todas por vuestras opiniones
Me encanta leeros, porque cada uno expone su punto de vista con el máximo respeto y siempre con la intención de colaborar
Este foro es genial

Finalmente hemos optado por no darlo de alta en el RETA
 

Arvillena

Miembro activo
Si me permites un consejo, aunque no soy nadie para darlos, NO TE FIES MUCHO DE CASIA, un caso metido un dia, en una semana lo vuelvo a meter y las respuestas completamente distintas, segun que funcionario te coja el tema te dice una cosa u otra...
Absolutamente de acuerdo. Jaja. Eso es muy cierto
 

Arvillena

Miembro activo
Amigo VILA100, que yo no estoy en posesion de la verdad...:cry:, tan solo es mi interpretacion y la que mantengo desde siempre. Pero lo bueno de este foro es la diversidad de opiniones que hace que aprendamos todos todos los dias valga la rebundancia. Por supuesto que todas las opiniones me merecen y tienen el mayor de mis respetos, faltaria mas, cada uno actua segun sus convicciones o como mejor cree proceder, ademas, com o he dcho antes, este tema ya se a tratado otras veces y no es un tema pacifico....
Por cierto, ese esquema me lo guardo como oro em paño...:ROFLMAO:
Por supuesto que sí. Ayudarnos. Es la única manera de que no palmemos, que sinceramente yo algunas veces creo que lo pretende esta gente.
No se enteran ellos, cambian de criterio sin aviso, siempre amenazando con la jodida sanción.
Aquí aportamos todos la ayuda en la medida que sabemos y todos con nuestra mejor intención.
A mi me parece útil el debate
 

IronicBCN

Miembro
Pues yo tengo un caso diferente, ... dos socios administradores solidarios con cargo retribuido (segun los estatutos) con el 15% del capital social cada uno, uno prestara servicios de gerencia a la empresa y el otro no. El primero va a regimen general asimilado , el segundo si no presta servicios y por tanto no cobra podria quedar excluido de encuadramiento en la seg.social aun a pesar de constar en los estatutos sociales que el cargo de administrador sera retribuido?...
 

Arvillena

Miembro activo
Pues en mi opinión en la pregunta va la respuesta. SI el cargo de administrador es retribuido, y el cargo de administrador siempre conlleva funciones de dirección y gerencia....

Otra cosa es que fuera un consejo de administración,en el que habría consejeros pasivos (secretario,vocal, presidente) que pintan lo justo y no tendrían funciones de dirección y gerencia ya que estás las tiene el Consejero Delegado.

Así que si es administrador y el cargo es retribuido...salvo mejor opinión de otro compañero....malas noticias.

Además recuerda que un asimilado no puede estar a tiempo parcial, salvo que esté de asimilado en otra empresa.

Todo ello en mi modesta opinión.
 

IronicBCN

Miembro
Pues en mi opinión en la pregunta va la respuesta. SI el cargo de administrador es retribuido, y el cargo de administrador siempre conlleva funciones de dirección y gerencia....

Otra cosa es que fuera un consejo de administración,en el que habría consejeros pasivos (secretario,vocal, presidente) que pintan lo justo y no tendrían funciones de dirección y gerencia ya que estás las tiene el Consejero Delegado.

Así que si es administrador y el cargo es retribuido...salvo mejor opinión de otro compañero....malas noticias.

Además recuerda que un asimilado no puede estar a tiempo parcial, salvo que esté de asimilado en otra empresa.

Todo ello en mi modesta opinión.
Muchas gracias, eso mismo pienso yo, el problema viene que un compañero del ambito mercantil me comenta que una cosa es que en los estatutos establezca el cargo de administrador como retribuido, cuyo salario debe establecerse en la junta general, y que ésta pudiera determinar que de los dos solidarios uno sea retribuido y el otro no.... . lo del tiempo parcial lo se, pero y si en lugar de estar en otra empresa tambien en regimen asimilado, esta dado de alta en RETA como administrador de una o varias empresas mass.. crees que se podria dar de alta a tiempo parcial.?
 

Arvillena

Miembro activo
Uff. El razonamiento de tu compañero tiene coherencia pero no sé si lo suficiente para convencer a un inspector.

Respecto a lo segundo ...sinceramente no sé me ha dado. Suelo ceñirme a lo que dice la Ley y la Ley es no, pero ...no te sabría decir.

No existe posibilidad de cambiar estatutos y que el cargo no esté retribuido ?? Te quitaría ese quebradero de cabeza. El otro asimilado que si presta servicios cubriría el asunto.
 

IronicBCN

Miembro
Ya he propuesto esa solucion...y me dicen que no puede ser, ....y ya no te hablo de la retribucion del administrador que en el otro administrador si que sera retribuido pero con un importe simbolico por debajo de la base minima por la gestion de administrador y el resto que es el grueso de su retribucion facturada como actividad economica..por otra clase de servicios que dificilmente pueder diferenciarse de la gobernanza de la sociedad..vamos.. que la cosa pinta dificil y muy arriesgada. Milagros en fatima ...
 
Última edición:

Arvillena

Miembro activo
Pues entonces....a ponérselo claro y que elijan meterse ellos en el charco o no.

Lo que tú dices. Magia no se puede hacer
 

Nikki_sp

Miembro conocido
si vais a hacer cambios en notaria aprovechad y que sea 49 y 51 que eso puede ahorrar muchos quebraderos de cabeza si hay bronca
 
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