ADMINISTRADORES EN REGIMEN ASIMILADO AL ALTA. TEMA NOMINAS

MARI LOZANO

Miembro activo
Buenos días.
Mi nueva duda es en relación a una empresa, que está formada por cinco socios.
Todos tienen un 20% de participaciones, y va a haber dos administradores.
Estos administradores según la normativa y me indica la seguridad social tendrían que ir al régimen de asimilado al alta sin desempleo y sin fogasa. Pero mi duda es a la hora de darles de alta y de su nómina. Se le puede dar por qué grupo de cotización¿? No van a realizar ninguna actividad, sólo administradores. Y se le puede hacer un contrato de 5 horas ¿? No encuentro nada al respecto cuando son administradores que no van a realizar actividad alguna relacionada con la actividad.
Otra duda, es cuántas horas se le pueden dar de alta ¿? Tendrían que ser a jornada completa ¿?
Un saludo.
 

Pau2801

Miembro activo
Alta Grupo 1 , Base cotización mínima del grupo , salario están fuera de convenio , el que se les asigne en junta ., lo de TIEMPO PARCIAL, si se justifica que tienen otros trabajos o actividades, pudiera ser que se aceptara .

Salvo mejor opinión
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Alta Grupo 1 , Base cotización mínima del grupo , salario están fuera de convenio , el que se les asigne en junta ., lo de TIEMPO PARCIAL, si se justifica que tienen otros trabajos o actividades, pudiera ser que se aceptara .

Salvo mejor opinión
Pues según seguridad social, como no poseen el control efectivo y no tienen el mínimo de porcentaje del 25% no pueden ir al RETA. Y como no van a ser retribuidos se quedarían fuera del régimen de la seguridad social.
La respuesta es: "Si no realizan ninguna tarea laboral o de dirrección y gerencia y su cargo de administrador ( no retribuido por esta condición) se LIMITA a las funciones internas del Órgano de Administración siendo realizada la dirección y gerencia por un gerente o un apoderado...NO está incluido en la Seguridad social por su condición de administrador y socio de la SL."
Así que salvo otra opinión no vamos a darles de alta en ningún régimen a ninguno de los socios.
Un saludo.
 

Pau2801

Miembro activo
Un dato novedoso, que en la pregunta no se indicaba , es la FIGURA del GERENTE- APODERADO , y que solo son administradores a nivel consultivo y deliberante , ya que tampoco TRABAJAN en la ACTIVIDAD de la EMPRESA.

Tales circunstancias , nos llevan a la respuesta de la SEG SOC.
 
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