Lo colgué antes en otro tema, pero como nadie me responde a ver si ahora alguien se apiada de mi:
Tengo el alta en el RETA de la mujer del administrador de una sociedad como colaboradora. Lo de miembro socio colaborador lo tengo claro porque ella no tiene participaciones que son todas del del marido al 100 por 100 y además es el administrador. Pero tengo dudas, como nos pasa a todos en esto momentos de incertidumbre, por eso acudo a vosotros a ver si alguien ha tenido un mismo alta de este tipo:
- ¿Tiene derecho las bonificaciones como autónoma colaboradora aunque sea societaria? Es que antes miré en otro tema abierto y alguien hablaba que en el momento de grabar el alta no dejaba grabar ese tipo de bonificación, solo la de tarifa plana, que entiendo que no corresponde.
- Aparte de no haber estado de alta en el RETA los 5 años anteriores ¿Tiene alguna exclusión mas? por ejemplo no tener trabajadores por cuenta ajena contratados. La sociedad si los tiene.
- ¿Y la base de cotización? en artículo 35 dice que se tiene que elegir la base de cotización del tramo 1 de la tabla general, pero es societario y estos su base es de 1000€ ¿al final cual se debe elegir?
Tengo el alta en el RETA de la mujer del administrador de una sociedad como colaboradora. Lo de miembro socio colaborador lo tengo claro porque ella no tiene participaciones que son todas del del marido al 100 por 100 y además es el administrador. Pero tengo dudas, como nos pasa a todos en esto momentos de incertidumbre, por eso acudo a vosotros a ver si alguien ha tenido un mismo alta de este tipo:
- ¿Tiene derecho las bonificaciones como autónoma colaboradora aunque sea societaria? Es que antes miré en otro tema abierto y alguien hablaba que en el momento de grabar el alta no dejaba grabar ese tipo de bonificación, solo la de tarifa plana, que entiendo que no corresponde.
- Aparte de no haber estado de alta en el RETA los 5 años anteriores ¿Tiene alguna exclusión mas? por ejemplo no tener trabajadores por cuenta ajena contratados. La sociedad si los tiene.
- ¿Y la base de cotización? en artículo 35 dice que se tiene que elegir la base de cotización del tramo 1 de la tabla general, pero es societario y estos su base es de 1000€ ¿al final cual se debe elegir?