alta empleada hogar y pacto pernocta igual a retribucion especie

Nikki_sp

Miembro conocido
Buenos días

Empleada hogar interna jornada completa que pacta SMI mas pernocta en especie valorada en 300 euros.

Cuando meto los datos para el alta online me pregunta por separado si hay retribución en especie y si ha pacto por pernocta

SI pusiera 300 en ambos casos, va a cotizar por mas de la base real (1.125,83 + 300 euros)

¿Qué es mejor señalar en ese caso? Que hay pernocta y no hay retribución en especie ¿o al reves?

Gracias!
 

Cachilipox

Miembro conocido
La pernocta se menciona en el artículo 5, apartado 4 letra c), del RD 1620/2011.
Lo diferencia del resto de presencias, necesariamente remuneradas, del apartado anterior b).
Según el 8.2, se puede entender que esa pernocta es una prestación en especie, pero no necesariamente.
Sería una prestación en especie, y por tanto, formaría parte de la base de cotización, si ese derecho de alojamiento fuese solo eso, un derecho que la trabajadora, a su conveniencia e interés, puede ejercer o no.
Pero si esa pernocta, según el régimen pactado, no es en sí un derecho, sino un modo u obligación concreta de desarrollar la prestación del servicio, ya no cabría considerarlo una prestación en especie.
Por analogía, yo lo trataría como el asunto del vestuario. Una cosa es entregar un plus de 30 €/mes (por ejemplo), en concepto de vestuario, y otra imponer y entregar un determinado uniforme laboral.
 

PEDRO

Miembro conocido
La pernocta se menciona en el artículo 5, apartado 4 letra c), del RD 1620/2011.
Lo diferencia del resto de presencias, necesariamente remuneradas, del apartado anterior b).
Según el 8.2, se puede entender que esa pernocta es una prestación en especie, pero no necesariamente.
Sería una prestación en especie, y por tanto, formaría parte de la base de cotización, si ese derecho de alojamiento fuese solo eso, un derecho que la trabajadora, a su conveniencia e interés, puede ejercer o no.
Pero si esa pernocta, según el régimen pactado, no es en sí un derecho, sino un modo u obligación concreta de desarrollar la prestación del servicio, ya no cabría considerarlo una prestación en especie.
Por analogía, yo lo trataría como el asunto del vestuario. Una cosa es entregar un plus de 30 €/mes (por ejemplo), en concepto de vestuario, y otra imponer y entregar un determinado uniforme laboral.
Al hijo de la conversación en las trabajadoras de tiempo parcial, el caso que tengo es una chica que viene a "quedarse" por las noches con el abuelo los lunes, jueves y viernes (24 horas semanales) entiendo que puedo pactar un plus de nocturnidad (25% salario base).
En el salario en especie entiendo que si le alquilo una habitación por un precio de 100€ al mes, le cotizo 100 euros, pero se los puedo descontar del sueldo siempre que no supere el 30% de su salario dinerario. Lo pregunto porque parece como que hay que pagarle el SMI siempre, y yo entiendo que se lo puedo descontar del mismo con el tope de ese 30%.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo pregunto porque parece como que hay que pagarle el SMI siempre, y yo entiendo que se lo puedo descontar del mismo con el tope de ese 30%.
El importe del SMI, o su cantidad equivalente por prorrateo, es intocable. Solo pueden meterle mano las autoridades públicas (TGSS o Hacienda).
Cualquier descuento por entrega (pago) de algo en especie es siempre "por encima" de lo que corresponda a SMI.

Estatuto de los trabajadores, artículo 26.1:
"En ningún caso, incluidas las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el artículo 2, el salario en especie podrá superar el treinta por ciento de las percepciones salariales del trabajador, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra EN DINERO del salario mínimo interprofesional"
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias por tu respuesta, clara y concisa.
Es que a veces los clientes te hacen dudar, quieren tener una empleada gratis, "ratean" hasta el último euro, que si le doy de comer, que si le doy habitación, que lava su ropa en mi casa, y claro quieren descontárselo del SMI.
 
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