ALTA NO NOTIFICADA

jcg73

Miembro activo
A VER, señores, haya paz, tiene que HABER entre nosotros más cordialidad,,

Bueno, ya basta de coñas semánticas,

Antes de que el administrador cierre este post que inicié, aquí os adjunto el desenlace final
 

jcg73

Miembro activo
Y efectivamente Sandra, se lo habían enviado correctamente a un domicilio que fue el suyo años a,,, Ahora tiene el trabajador los 11 días para presentar la reclamación previa, y, además, irá a solicitar al ICAM la baja por recaída,,,,
 

Júpiter

Nuevo miembro
Se entiendes que vas a iniciar dos procedimientos simultáneos.
RECLAMACION previa y tambien IT  por RECAIDA.
que aiga suerte.
Saludos

 

CHARO

Miembro conocido
Vaya, ya veo que no ha tardado mucho el Sr.Jupiter en estrellarse, será porque tiene muy cerca el firmamento? mira que ya me parecía raro que llevará tanto tiempo en comportarse como persona. Por cierto Sr.Jupiter aquí cada uno participa de la forma y manera que le da la real gana y si no te gusta, seguro que existe una opción para desaparecer de este mapa forero, haciendonos, de esta manera, un favor a todos. Cansa un poco escucharte constantemente como te echas flores de lo bueno y competente que eres. No eres quién para exigirle a nadie que sus intervenciones sean de una u otra manera, y en especial a Raquel que tiene más que demostrado en este foro lo gran profesional que es, pero es que además nadie pretende demostrarle nada a nadie, a diferencia de tu forma de actuar , que al parecer si necesitas ese tipo de reconocimiento constantemente ¿será algún trauma infantil o un  complejo de inferioridad aún por diagnosticar?. Lo dicho, si no estás agusto, las puertas están abiertas para ti. Y después de esta intervención, de la que de antemano pido disculpas a Jcg73, por intoxicar su post. Solo decir que no pienso entrarte más al trapo, optaré por obviar sus intenvenciones, ya que no hay mejor desprecio que no hacer aprecio.
Un saludo al resto de compañeros.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues yo entiendo que no es tan sencillo que el INSS no notifique porque tenga una dirección errónea, si ha podido disponer de la información de que dispone la mutua, no me sirve una excusa como esa. Deben agotar los medios y, por supuesto, mientras, la IT debe prorrogarse. No se puede ir de rositas la admón. Aparte que el art. 57 LRJP 30/1992 habla de la comunicación por edicto (que debe ser la última opción). Estamos hablando de un acto limitador de derechos. En todo caso; que el trabajador pida la resolución denegatoria e impugnadla, por mucho que haya pasado el tiempo. Al ser un acto ejecutivo, eso sí, el currela debe ir a trabajar, pues a partir del 12º mes paga el INSS en todo caso. Si no puede ir, pues que espere la resolución y que la empresa, pues le conceda un permiso sin retribución (es decir, de alta en SS y cotizando por bases mínimas).

Y, sí, Raquel es una gran profesional. No entiendo que pueda haber en un foro profesional como éste peleas propias de foros sociales de medio pelo donde puede entrar cualquier mindundi o cualquier matao.
 

jcg73

Miembro activo
Raquel es una machine, como casi todas las mujeres que habitan este foro. Los hombres "habemos" de todo tipo........
Pues si Fernando, la empresa le ha concedido  permiso no retribuido, el trjdor reclamara contra la resolucion notificada ayer, y si no prospera, demanda judicial y, en el peor de los casos despido x ineptitud sobrevenida, y ademas el trjador, segun lo que comentas que se debe dar por prorrogada la IT hasta la notificacion, podra solicitar el pago de la IT desde el dia siguiente de la resolucion hasta la notificacion de la misma, no??
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver... lo he dicho siempre, a los trolls se les combate ingorándolos.
Lo que no entiendo es la falta de reacción por parte del administrador del Foro. Y no lo digo sólo por las intervenciones en este post sino también por las de aparecidas en otros post en los últimos días.
Espero que acabe haciendolo pronto.

Saludos
 

jcg73

Miembro activo
Nando_bcn dijo:
Lo que no entiendo es la falta de reacción por parte del administrador del Foro. Y no lo digo sólo por las intervenciones en este post sino también por las de aparecidas en otros post en los últimos días.
Saludos

Pienso que no vale la pena, aparecería nuevamente con otro nickname, Saturno, Plutón o vía láctea......
 

javier

Miembro
Ademas el moderador me imagino que no puede estar al tanto de todo los post

Es foro gratuito con lo que.

Por lo tanto el que considere que el post es indebido tiene una opción que dice
reportar al moderador
 

jcg73

Miembro activo
Permitidme que retome el hilo del tema en cuestión:

jcg73 dijo:
Pues si Fernando, la empresa le ha concedido  permiso no retribuido, el trjdor reclamara contra la resolucion notificada ayer, y si no prospera, demanda judicial y, en el peor de los casos despido x ineptitud sobrevenida, y ademas el trjador, segun lo que comentas que se debe dar por prorrogada la IT hasta la notificacion, podra solicitar el pago de la IT desde el dia siguiente de la resolucion hasta la notificacion de la misma, no??
 

FERNANDO

Miembro conocido
Exactamente; se considera prorrogada hasta la fecha en que, efectivamente, el trabajador tiene conocimiento cabal de la misma.
 
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