ALTA RETA Y COMPATIBILIDAD CON DESEMPLEO POR 270 DIAS

PEDRO

Miembro conocido
A ver si alguien me puede ayudar. Tengo una duda si se puede dar de alta en el RETA y compatibilizar el desempleo durante 270 días, pero sería el alta para trabajar a través de una sociedad. Leo que se puede si es una sociedad cooperativa o una laboral de nueva creación, pero nada dice de una sociedad limitada.
¿Estais al tanto de esto?
Gracias
 

toni

Miembro conocido
Según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no podrán compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con ser autónomos:


  • Las personas que inicien una actividad por cuenta propia sin darse debidamente de alta como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). De hecho, si percibieran ingresos sin haber cursado el alta se les retiraría la prestación.
  • Los emprendedores que inicien una actividad por cuenta propia o se incorporen a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral que ya estuvieran constituidas anteriormente, aunque se hayan dado de alta en el RETA.
  • Las personas que se den de alta como trabajador por cuenta propia en alguno de los regímenes de la Seguridad Social para incorporarse como socio o socia a una sociedad mercantil. Es decir, sólo pueden compatibilizar desempleo y negocio los autónomos persona física, no los autónomos societarios.
  • Aquellas personas cuyo último empleo haya sido por cuenta propia. Es decir, para compatibilizar paro y alta como autónomo es necesario venir del Régimen General.
  • Los emprendedores que ya hayan compatibilizado el paro en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
  • Quienes hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo -capitalización del paro- en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
  • Los emprendedores que se den de alta como autónomos y firmen un contrato para realizar su actividad profesional con la persona que les tenía empleados por cuenta ajena antes de estar en desempleo.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Gracias Toni, no podía faltar tu estimable ayuda.
Te digo porque lo pregunto. Tego un autónomo que estaba cobrando el desempleo, se dio de alta en la sociedad del marido, debió mirar por "San Google" que se podía compatibilizar autónomos y cobrar 270 días de prestación, y ahora me viene con el porque no le habia dicho nada.
Yo como dudo ya de todos y no soy tan atrevido lo estaba mirando pero no estaba seguro. Ahora que tú me lo dices me lo confirmas . Muchas gracias
 

PEDRO

Miembro conocido
Lo queremos todo. Ahora me dice que si se da baja en autónomos puede volver a cobrar el desempleo.
Le he dicho que si, pues no lleva ni un año de alta pero que se olvide trabajar en la sociedad. Me miró y solo con la mirada ya se que va a trabajar y percibir el desempleo.
Este país es de pícaros, así nos luce el pelo.
 

Rosa2018

Miembro activo
Buenos dias, retomo este tema. Si el trabajador va a reclamar contra el despido via judicial puesto que no han llegado acuerdo en SMAC entiendo que no puede solicitar la compatibilidad ni el pago unico hasta que no se resuelva de forma definitiva el proceso ¿estoy equivocada?
 

DavidGA

Miembro activo
Buenos dias, retomo este tema. Si el trabajador va a reclamar contra el despido via judicial puesto que no han llegado acuerdo en SMAC entiendo que no puede solicitar la compatibilidad ni el pago unico hasta que no se resuelva de forma definitiva el proceso ¿estoy equivocada?

Exacto
En el caso de pago, si lo confirmo porque se me ha dado el caso. no se puede solicitar
En el caso de compatibilidad, por asimilación entiendo que si, pero tengo dudas
 

nekeide

Miembro activo
Según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no podrán compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con ser autónomos:


  • Las personas que inicien una actividad por cuenta propia sin darse debidamente de alta como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). De hecho, si percibieran ingresos sin haber cursado el alta se les retiraría la prestación.
  • Los emprendedores que inicien una actividad por cuenta propia o se incorporen a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral que ya estuvieran constituidas anteriormente, aunque se hayan dado de alta en el RETA.
  • Las personas que se den de alta como trabajador por cuenta propia en alguno de los regímenes de la Seguridad Social para incorporarse como socio o socia a una sociedad mercantil. Es decir, sólo pueden compatibilizar desempleo y negocio los autónomos persona física, no los autónomos societarios.
  • Aquellas personas cuyo último empleo haya sido por cuenta propia. Es decir, para compatibilizar paro y alta como autónomo es necesario venir del Régimen General.
  • Los emprendedores que ya hayan compatibilizado el paro en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
  • Quienes hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo -capitalización del paro- en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
  • Los emprendedores que se den de alta como autónomos y firmen un contrato para realizar su actividad profesional con la persona que les tenía empleados por cuenta ajena antes de estar en desempleo.
Y creéis que a autónomos de Comunidades de Bienes podrían entrar en autónomos persona física o no para poder optar a compatibilizar el cobro de prestación y ser autónomo??
 
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