Buenos días, en mi caso empresa en España, vendrán alumnos universitarios de Universidades de México para realizar prácticas. La semana pasada hice consulta Casia, indiqué de forma clara que los alumnos están matriculados en la universidad extranjera y que la empresa y la universidad firmarán convenio de prácticas.
La respuesta que me han dado "Causarán alta siempre y cuando dichos estudiantes, que se desplazan temporalmente a España, se matriculen en una Universidad o centro español y, como consecuencia de dicha matriculación, realizan prácticas en España en los términos y condiciones establecidos en la DA 52ª del TRLGSS"
Hola, perdona si eran prácticas remuneradas y no tramitaste alta ¿Cómo les pagaste? ¿Hiciste nómina sin cotización a SS? GraciasEfectivamente, en mi caso no cursé el alta.
Buenos días, leyendo este hilo, me encuentro con una situación parecida. Camping que tiene trabajadores matriculados en escuelas/universidades de Francia, que vienen a realizar prácticas a España. Bien, no los daré de alta porque además de la nota del SEPIE, a través de consulta en el Casia me contestaron que los alumnos matriculados en escuelas extrajeras, sean prácticas renumeradas o no, quedan excluidas/os de la DA52. La cosa es que la empresa les va a renumerar y no sé si yo no tengo que hacer nada, o debo calcular una nómina, que ya veré como me las apaño para hacerlo así. ¿Vosotros lo hacéis con o sin nómina en estos casos?Hola, perdona si eran prácticas remuneradas y no tramitaste alta ¿Cómo les pagaste? ¿Hiciste nómina sin cotización a SS? Gracias
A mi me han contestado que no hay que darles de alta: los trabajadores matriculados en centros extranjeros no estan sujetos a la DA52 (sean renumerados o no). Pero como CASIA va como va, y uno de dice una cosa y otro te dice otra, no acabo de estar del todo convencida. En fin, ya veré que hago.Hola, ¿en Casia te han contestado que sí hay que darles de alta? en este hilo hemos ido indicando que Casia nos respondía que no hay que tramitar alta. Respecto a la retribución, en mi programa de nóminas me propusieron crear un concepto Ayuda estudiante y en la configuración del concepto indicar no cotiza Seguridad Social y no cotiza IRPF