ANOTACION SOCIOS SL

PEDRO

Miembro conocido
Administrador "solemne", sí se puede.
Y claro, nombrando a un apoderado general con poder suficiente para ejercer la dirección y gerencia ordinaria.
Yo tengo una sociedad en la cual la administradora se jubiló y otorgó un poder delegando prácticamente con todas sus facultades como administradora, excepto claro está, las indelegables. Lo comuniqué a la TGSS aportando la documentación y hasta no ha habido problemas.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Por mucha rabia que de, al final va a ser como con los CRA.
Nada de solo presentar números de cotización y listos, en paralelo simultaneo, detalle de pagos concretos, y con concepto detallado.
Ya lo tenemos normalizado.
Salvo que en sede judicial lo tumben, sí o sí, a más o menos tardar, la TGSS tendrá el Libro de socios abierto de par en par. Nos pongamos como nos pongamos.
TGSS ya puede tener esa informacion si quiere, tiene el registro mercantil y la aeat a su disposicion... que nos dejen en paz a nosotros
 

Cachilipox

Miembro conocido
Si es patrimonial no desarrolla actividad económica, y entonces es un supuesto GENERAL de exclusión de seguridad social. Solo están encuadrados, en el caso, los trabajadores por vínculo laboral en el régimen general (incl. directivos).
 

Nikele

Miembro activo
Buenas,

Rescato este tema porque tengo la siguiente duda a la hora de anotar los datos. En el caso de las SA y SRL, los valores posibles en cuanto al tipo de socios son: "Socio Capitalista Trabajador" y "Socio Capitalista No Trabajador". No sé si aquí el concepto de "Trabajador" se refiere exclusivamente a si existe relación laboral, o no, o, dicho de otro modo, si presta servicios propios de una relación laboral, aunque no exista contrato de trabajo (por ejemplo, en el caso de administradores sociales activos, por tanto con funciones de dirección y gerencia pero que prestan también servicios propios de una relación laboral, aunque dicha relación laboral no exista por faltar las notas de ajenidad y dependencia cuando hay control social). ¿O ya los consideráis como trabajadores a estos efectos precisamente por considerar que su aportación a la sociedad no se limita a una inversión en el capital social sino que existe también prestación accesoria, aunque se trate de las funciones propias de la administración social? ¿Cómo lo entendéis vosotros?
 
Última edición:

IVO

Miembro activo
Yo si los anoto no vaya a ser que luego por no anotar el 100% les de algo y empiecen a preguntar...
 

Nikele

Miembro activo
Buenas,

Rescato este tema porque tengo la siguiente duda a la hora de anotar los datos. En el caso de las SA y SRL, los valores posibles en cuanto al tipo de socios son: "Socio Capitalista Trabajador" y "Socio Capitalista No Trabajador". No sé si aquí el concepto de "Trabajador" se refiere exclusivamente a si existe relación laboral, o no, o, dicho de otro modo, si presta servicios propios de una relación laboral, aunque no exista contrato de trabajo (por ejemplo, en el caso de administradores sociales activos, por tanto con funciones de dirección y gerencia pero que prestan también servicios propios de una relación laboral, aunque dicha relación laboral no exista por faltar las notas de ajenidad y dependencia cuando hay control social). ¿O ya los consideráis como trabajadores a estos efectos precisamente por considerar que su aportación a la sociedad no se limita a una inversión en el capital social sino que existe también prestación accesoria, aunque se trate de las funciones propias de la administración social? ¿Cómo lo entendéis vosotros?
Desde CASIA me indican que lo de "trabajador" y "no trabajador" es en relación a si hay relación laboral o no. ¿Lo estáis considerando también así? Muchas gracias. Saludos.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo lo estoy considerando en el sentido literal:
Si trabaja en la empresa (aunque sea RETA): SOCIO CAPITALISTA TRABAJADOR.
Si no trabaja y se limita, a lo que es, ser un mero socio que aporta capital: SOCIO CAPITALISTA NO TRABAJADOR
 

Nikele

Miembro activo
Yo lo estoy considerando en el sentido literal:
Si trabaja en la empresa (aunque sea RETA): SOCIO CAPITALISTA TRABAJADOR.
Si no trabaja y se limita, a lo que es, ser un mero socio que aporta capital: SOCIO CAPITALISTA NO TRABAJADOR
Muchas gracias, Pedro (y)
 
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