Buenos dias:
Una empresa cliente tiene un acto de conciliación con un trabajador.
Hay acuerdo pero al tratarse en otra comunidad, no sé como pueden actuar al respecto.
El administrador de la sociedad quiere tranferir su poder a otra trabajadora de la empresa, si bien, entro en la página online de apoderamiento apud acta y no puedo tramitarlo ya que las tres únicas opciones que me permite es : transmitir el apoderamiento a un graduado social, abogado o procurador y en mi caso es transmitir el poder a una persona que no es niguno de esos tres casos (repito es una trabajadora de la empresa)...¿cómo se hace en estos casos?.
Gracias
Una empresa cliente tiene un acto de conciliación con un trabajador.
Hay acuerdo pero al tratarse en otra comunidad, no sé como pueden actuar al respecto.
El administrador de la sociedad quiere tranferir su poder a otra trabajadora de la empresa, si bien, entro en la página online de apoderamiento apud acta y no puedo tramitarlo ya que las tres únicas opciones que me permite es : transmitir el apoderamiento a un graduado social, abogado o procurador y en mi caso es transmitir el poder a una persona que no es niguno de esos tres casos (repito es una trabajadora de la empresa)...¿cómo se hace en estos casos?.
Gracias