Aplazar seguros sociales

NOEMI

Miembro conocido
Buenas!! Después de tantos años y nunca he tenido que aplazar los seguros sociales .he preguntado a cassia y me han dicho que mande la consulta por sede electronica que no es su competencia... Pues eso .... En fin!! Cómo se hace? Puedo hacerlo ya? Son los seguros de julio que se pagarían ahora en agosto .. o tengo que esperar a septiembre para que me salte la deuda? Pero claro ya llevaría el recargo....
 

Marisa

Miembro activo
Preséntalo ya e incluye el mes actual .
Cuando lo he presentado así en recaudación algunas veces me llaman y otras directamente me envían la resolución depende de la Administración (como sp)
 

Tácito

Miembro activo
Buenas!! Después de tantos años y nunca he tenido que aplazar los seguros sociales .he preguntado a cassia y me han dicho que mande la consulta por sede electronica que no es su competencia... Pues eso .... En fin!! Cómo se hace? Puedo hacerlo ya? Son los seguros de julio que se pagarían ahora en agosto .. o tengo que esperar a septiembre para que me salte la deuda? Pero claro ya llevaría el recargo....
Yo presenté una solicitud el mes pasado incluyendo los del mes y me lo concedieron, no hubo que esperar a generar deuda.
 

Maria C

Miembro
Buenos días, si es de una empresa que gestionas en la Asesoría, debes adjuntar un modelo de representación y el mandato Sepa.
En cambio si es de una empresa como entras con el certificado de empresa deberás adjuntar el mandato Sepa.
 

NOEMI

Miembro conocido
Buenos días, si es de una empresa que gestionas en la Asesoría, debes adjuntar un modelo de representación y el mandato Sepa.
En cambio si es de una empresa como entras con el certificado de empresa deberás adjuntar el mandato Sepa.
Perfecto
Mil gracias
 

Petrus

Miembro conocido
Pon el Seguro Social en carta de pago, ya q si lo cargan en cuenta y se paga... ya no puedes hacer nada aunque tuvieras hecha la solicitud de aplazamiento previamente
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Refloto este hilo porque tengo una empresa que no va a poder pagar los seguros sociales de este mes, ¿Se pueden aplazar los del mes en curso? Sin tener nada más a deber, quiero decir, serían solo los de noviembre.
Gracias de antemano!!
 

Petrus

Miembro conocido
Refloto este hilo porque tengo una empresa que no va a poder pagar los seguros sociales de este mes, ¿Se pueden aplazar los del mes en curso? Sin tener nada más a deber, quiero decir, serían solo los de noviembre.
Gracias de antemano!!
Cambia de cargo en cuenta a pago electrónico para que no los carguen por el banco y después presenta la solicitud por la Sede -> Empresas -> Recaudación

Creo que había que presentar TC 17-10, TC 17-11, modelo de representación de tramites de la TGSS, y tal vez algo más que no me acuerdo, a ver si algún compañero lo tiene más fresco.

Modelos de Solicitud
 

DANI ML

Miembro conocido
Refloto este hilo porque tengo una empresa que no va a poder pagar los seguros sociales de este mes, ¿Se pueden aplazar los del mes en curso? Sin tener nada más a deber, quiero decir, serían solo los de noviembre.
Gracias de antemano!!
Se puede. Esta misma mañana he tramitado uno. Pero hay que tener claro y dejarle claro al cliente, que la Seg Social no es Hacienda. La resolución puede tardar más de un mes. Entretanto, llegarán reclamaciones por impago con su recargo al 10% el primer mes, y no podrá sacar un certificado al corriente de pago. Incluso podrían denegar la solicitud (no es probable) en cuyo caso operarán los recargos como si no se hubiera presentado (incluida pérdida de posibles bonificaciones si fuera el caso). Y nada de volver a pedirla para el mes siguiente. Seg social solo admite un aplazamiento único para todas las deudas que existan en el momento de la solicitud. Hasta que no finalizan todos los plazos, no se puede pedir otro aplazamiento. Como bien dice Petrus, cambiar a pago electrónico. Y no es necesario enviar formularios TC porque la solicitud en Sede electrónica ya permite insertar todos los datos. En este asunto, la Seg Social está instalada en siglo XIX
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Se puede. Esta misma mañana he tramitado uno. Pero hay que tener claro y dejarle claro al cliente, que la Seg Social no es Hacienda. La resolución puede tardar más de un mes. Entretanto, llegarán reclamaciones por impago con su recargo al 10% el primer mes, y no podrá sacar un certificado al corriente de pago. Incluso podrían denegar la solicitud (no es probable) en cuyo caso operarán los recargos como si no se hubiera presentado (incluida pérdida de posibles bonificaciones si fuera el caso). Y nada de volver a pedirla para el mes siguiente. Seg social solo admite un aplazamiento único para todas las deudas que existan en el momento de la solicitud. Hasta que no finalizan todos los plazos, no se puede pedir otro aplazamiento. Como bien dice Petrus, cambiar a pago electrónico. Y no es necesario enviar formularios TC porque la solicitud en Sede electrónica ya permite insertar todos los datos. En este asunto, la Seg Social está instalada en siglo XIX
Anda, está bien saber que pueden llegar los aviso de recargo de deudas aunque estuviera tramitada la solicitud. Una pregunta tonta, si pasa eso, el recargo tendrían que pagarlo? Es decir, la deuda generada hasta la resolución del fraccionamiento? Gracias a los dos por la rapidez!
 

DANI ML

Miembro conocido
Anda, está bien saber que pueden llegar los aviso de recargo de deudas aunque estuviera tramitada la solicitud. Una pregunta tonta, si pasa eso, el recargo tendrían que pagarlo? Es decir, la deuda generada hasta la resolución del fraccionamiento? Gracias a los dos por la rapidez!
No, una vez concedido el aplazamiento, automáticamente queda anulado el recargo, se considera al corriente, y los plazos son de la cuota normal sin recargo. Eso sí, dan un plazo para abonar la cuota inaplazable, mediante transferencia. Si no se hace, todo actúa como si no hubiera solicitado el recargo. Tramité uno hace tres o cuatro meses, y a pesar de que lo solicité los primeros días del mes, no solo no lo concedieron dentro de ese mes y por tanto se generó deuda con 10% de recargo, sino que traspasaron incluso la frontera del segundo mes, y se generó con el 20%. No sé la de veces que llegué a mirar si lo había solicitado bien. Meses con el miedo en el cuerpo, pero al final llegó la resolución, y todo OK
 

DANI ML

Miembro conocido
Eso sí, más vale que no sea una típica empresa de construcción que necesita su precioso certificado al corriente cada día 1 del mes, porque no lo o tendrán.
 

DANI ML

Miembro conocido
pero la deuda no salta el dia 1
Efectivamente. Lo decía por si necesitan un certificado en algún momento posterior del mes, o incluso, por si acaba el mes y aun no han resuelto el aplazamiento. Si al día 1 del mes siguiente sí necesitan el certificado, no lo tendrán
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Muchas gracias a todos por la información y la rapidez. Ya he cambiado de domiciliación a pago electrónico y voy a tramitar el fraccionamiento. Es una empresa con 3 CCC diferentes y necesitan fraccionar los seguros sociales de todos sus CCC.
 
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