APREMIO TGSS

Juls

Nuevo miembro
Haber si a alguno le ha pasado y me puede ayudar a entender estas situaciones, porque quizás estoy yo equivocado.

Empresa que recibe un Apremio el día 22/07/2022 por impago, le remito carta de pago y debido a que está de vacaciones no puede hacer el pago hasta el día 31/07/2022 vía cajero automático. Le llega nuevo apremio reclamando el 10% restante del recargo el 07/08/2022. Pongo CASIA para solicitar anular la reclamación porque entiendo estaba en plazo de los 15 días naturales. Respuesta de CASIA:

Resolución del Caso

Buenos días. Las reclamaciones abonadas no se anulan con la fecha en la se se ha realizado el pago. Se anulan con la fecha en la que el pago aparece en nuestra base de datos. En el justificante enviado la fecha de pago es el 31/07/2022, y a nuestra base aparece como abonado en 08/2022

Que hago, tiro la toalla o sigo insistiendo?
 

toni

Miembro conocido
Jejejeje... A ese lo valoro yo con un -1. Se a tirado de la moto. Insiste, eso de que la fecha de efectos es cuando lo reciban...
 

E2021

Miembro activo
Bueno, insiste si tienes tiempo, pero es así, o por lo menos a una empresa mía le pasó lo mismo y no hubo marcha atrás.
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Son muy listos... art. 23.5 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (BOE 26/06):

"El pago efectuado mediante transferencia bancaria se entenderá realizado en la fecha en que los fondos tengan entrada en la entidad financiera a que se transfieren"
 

jcg73

Miembro activo
A mi me pasó lo mismo, adjunté pantallazo del pago a día 31, me argumentaron lo de la entrada del dinero q fue al día siguiente. Que el banco asuma el recargo lo veo poco probable.
 

Juls

Nuevo miembro
Son muy listos... art. 23.5 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (BOE 26/06):

"El pago efectuado mediante transferencia bancaria se entenderá realizado en la fecha en que los fondos tengan entrada en la entidad financiera a que se transfieren"
Correcto, esto lo tenía claro, el propio apremio lo indica, lo que realmente me toca la moral es que, como siempre, la TGSS tiene la sartén por el mango. Te dan 15 días naturales, el cliente va al banco, realiza el pago y .. Tachan!! a la TGSS le entra el dinero el día "X", que si tienes suerte entra en plazo o no, porque no lo sabes!! cansado estoy de pegarme con la administración cada vez que culpan al cliente del "retraso" en el ingreso y si hablas con la entidad financiera te dice que ellos lo han mandado a no se donde y no es su culpa.

En fin, que cuando ponía esta consulta ya me sabía el final triste de mí ... Gracias de todas formas, si alguno tiene alguna sugerencia para seguir dando guerra se agradece.
 

toni

Miembro conocido
Son muy listos... art. 23.5 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (BOE 26/06):

"El pago efectuado mediante transferencia bancaria se entenderá realizado en la fecha en que los fondos tengan entrada en la entidad financiera a que se transfieren"
No es una transferencia bancaria, es un pago por cajero, por lo que el ingreso es inmediato, no como la transferencia que llega al dia siguiente si no es fin de semana, que si lo es llega el lunes, por lo que yo insistiria...
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Si el hecho de que se utilice el pago por cajero o por transferencia bancaria no lo discuto, el tema es que TGSS se agarra siempre a la fecha en la que los fondos tienen entrada en la cuenta bancaria indicada, que según los compis de CASIA fue en 08/22..., hombre como NO!! ;-)
 

toni

Miembro conocido
La madre que los pario...

EDITO: Me reitero en la madre que los pario... Acabo de hechar un ojo al calendario y claro, 31 de julio domingo, como no... Hasta el lunes 1 no les llega la pasta... Si hubiera sido un dia laborable les llega el mismo dia...
 

Juls

Nuevo miembro
Valoración CASIA 1 (porque no puedo poner menos) y mi respuesta:

Buenos días, en esta ocasión no estoy para nada de acuerdo con la resolución del caso. Hemos recibido e imprimido el documento de pago el día 22/07/2022, se lo hemos entregado al cliente el día 31/07/2022 porque estaba de vacaciones y ha realizado el pago dentro de los 15 días siguientes a la notificación como así está estipulado en el procedimiento recaudación vía apremio, el pago lo ha realizado por cajero automático y su respuesta es que en su base de datos aparece abonado el 08/2022, que interpreto es en el mes de agosto de 2022 sin especificar día concreto. No me parece ni justo ni correcto.

Una pataleta mas, ya que caerá en saco roto, pero pienso seguir insistiendo (el recargo son 18€ pero peleo hasta los céntimos contra estos "mangantes" de la TGSS)
 

Juls

Nuevo miembro
La madre que los pario...

EDITO: Me reitero en la madre que los pario... Acabo de hechar un ojo al calendario y claro, 31 de julio domingo, como no... Hasta el lunes 1 no les llega la pasta... Si hubiera sido un dia laborable les llega el mismo dia...
Es que fíjate si el cliente ha querido cumplir que estaba de vacaciones, ha llegado a su despacho el domingo, ha imprimido el documento y se ha ido directo a un cajero (a las 21:47 cuando ha llegado a su ciudad) es que es para encabronarse ..
 

MarLo

Miembro conocido
En el último boletín de agosto, en dónde se nos dice cómo van a hacer las paralelas de las diferencias de enero y febrero, se indica que la fecha límite de los pagos es el 30 de septiembre. Y se advierte:

También se recuerda que los ingresos por transferencia o tarjeta, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, se entenderán realizados en la fecha en que los fondos tengan entrada en la cuenta de destino del ingreso, por lo que se recomienda realizar los ingresos antes del día 30 de septiembre para evitar la aplicación de recargos por ingresar fuera de plazo.

Ojo con esto también...
 

toni

Miembro conocido
Si esta claro MarLo, pero si nos ponemos tikismikis la culpa es de los putos bancos por mandar la trans al dia siguiente y si quieres que llegue inmediata paga 8-10 euritos de comision...
 

MarLo

Miembro conocido
Si esta claro MarLo, pero si nos ponemos tikismikis la culpa es de los putos bancos por mandar la trans al dia siguiente y si quieres que llegue inmediata paga 8-10 euritos de comision...
los bancos tienen el culo cubierto, cómo no lo van a tener. No están obligados a hacer la transferencia efectiva en el mismo día. Como dices tú: si quieres el "favor": PAGA
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Es que fíjate si el cliente ha querido cumplir que estaba de vacaciones, ha llegado a su despacho el domingo, ha imprimido el documento y se ha ido directo a un cajero (a las 21:47 cuando ha llegado a su ciudad) es que es para encabronarse ..
Pues si, con toda la razon del mundo...
 
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