Buenos días.
Me comenta un trabajador que su mujer está embarazada y está previsto que nazca su hijo el próximo marzo.
Van a tener las típicas revisiones periódicas y me plantea si esas horas que él acuda como acompañante son retribuidas. He mirado el convenio y en licencias retribuidas no localizo este caso. En no retribuidas pone:
Las personas trabajadoras tendrán derecho a licencia no retribuida de un máximo de 16 horas anuales para acompañamiento a consulta médica de médico de familia o de especialista del Servicio Público de Salud a cónyuge o pariente de primer grado por consanguinidad.
¿Cómo lo veis? ¿Esas horas tendría que recuperarlas o cogerlas de vacaciones?
Gracias.
Me comenta un trabajador que su mujer está embarazada y está previsto que nazca su hijo el próximo marzo.
Van a tener las típicas revisiones periódicas y me plantea si esas horas que él acuda como acompañante son retribuidas. He mirado el convenio y en licencias retribuidas no localizo este caso. En no retribuidas pone:
Las personas trabajadoras tendrán derecho a licencia no retribuida de un máximo de 16 horas anuales para acompañamiento a consulta médica de médico de familia o de especialista del Servicio Público de Salud a cónyuge o pariente de primer grado por consanguinidad.
¿Cómo lo veis? ¿Esas horas tendría que recuperarlas o cogerlas de vacaciones?
Gracias.