Pues yo hice un contrato de obra de construcción el 3 de enero. No acabo de ver claro que no se puedan hacer.Es decir, en dicho sector ya no es posible hacer contratos por obra y servicio, sino que hay que ir al indefinido. Hay gente que se lía, por lo que veo.
Me podrías decir en base a que pensáis eso? Yo no lo veo nada claro. Si os basáis en la disposición transitoria 4ª, la normativa legal entre el 01-01-22 y el 31-003-2022 no es precisamente la que se acaba de aprobar? Y que por tanto no permite contratos de obra?En los que no sean para trabajar en obras para construcción.
Correcto, yo hago igual. De hecho ya he conseguido 6 nuevos indefinidos que habrían sido temporales. Después dirán que no funcionaYo, bajo mi responsabilidad, ya voy diciendo a mis clientes que se olviden de temporales, de entrada fijos si o si. Solo en epocas de rebajas tipo el Corte Ingles, vacaciones, mater/pater, ITS podran hacer temporales maximo 90 dias y no consecutivos o hasta 6 meses segun circunstancias muy muy muy claritas. Paso de las entradas en vigor y demas, total, antes o despues hay que hacerlo y cuanto antes mejor...
Disposición transitoria 4ªPerdón porque estoy espeso de cojones. Pero no lo acabo de entender. Vamos a dejar el sector de construcción a parte porque eso si que considero que lo he entendido, sector de construcción=nueva regulación de la ley 32/2006.
Todos los demás sectores (ej. siderometalúrgico, artistas, etc) pueden seguir haciendo contratos de obra y servicio hasta el 30-03-22 conforme al articulo 15 del ET? Leo a bastantes que decís que si, que siguen vigentes hasta el 30-03. Esto en base a que, no consigo encontrar nada que lo diga específicamente.
En base a que la modificación del artículo 15 del ET no entra en vigor hasta tres meses después de la publicación de la norma (DF 8ª). La DT 4ª también deja claro que se pueden hacerPerdón porque estoy espeso de cojones. Pero no lo acabo de entender. Vamos a dejar el sector de construcción a parte porque eso si que considero que lo he entendido, sector de construcción=nueva regulación de la ley 32/2006.
Todos los demás sectores (ej. siderometalúrgico, artistas, etc) pueden seguir haciendo contratos de obra y servicio hasta el 30-03-22 conforme al articulo 15 del ET? Leo a bastantes que decís que si, que siguen vigentes hasta el 30-03. Esto en base a que, no consigo encontrar nada que lo diga específicamente.
Exacto. Es la combinación de las dos lo que te permite hacer 401 fuera de la construcción. No obstante he tomado el camino Tony "pro-indefindo" con los clientes y hacer mucha pedagogíaEn base a que la modificación del artículo 15 del ET no entra en vigor hasta tres meses después de la publicación de la norma (DF 8ª). La DT 4ª también deja claro que se pueden hacer