CHARO
Miembro conocido
A ver como lo veis vosotros. Tengo una empresa que ha pactado con los trabajadores un aumento del 6% en 2023 con retroactividad desde enero 2023. Uno de los trabajadores el 6-02-2023 estuvo de baja de IT hasta ahora 10-07-2023. A este trabajador no se le han calculado más atrasos que los correspondiente al mes de enero de 2023, y nos reclama todo el período de baja.
Yo considero que es así, ya que al ser la baja posterior a la fecha en que comienza la retroactividad, le correspondería, pero dice mi compañero que él no lo ve así, que solo tendría derecho a los atrasos correspondientes al mes de enero.
Como lo veís vosotros? Hay alguna normativa, sentencia, etc que indique está casuística para pasársela por la cara a mi compañero?
Yo considero que es así, ya que al ser la baja posterior a la fecha en que comienza la retroactividad, le correspondería, pero dice mi compañero que él no lo ve así, que solo tendría derecho a los atrasos correspondientes al mes de enero.
Como lo veís vosotros? Hay alguna normativa, sentencia, etc que indique está casuística para pasársela por la cara a mi compañero?
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