Buenas compañer@s,
no sé si estoy espeso y algo obvio se me está escapando pero tengo la siguiente situación. Trabajadores de empresa A que pasan a empresa B vía subrogación. Empresa A queda disuelta. Al de un tiempo salen tablas salariales de convenio y empresa B debe abonar los atrasos de esos trabajadores.
Desde CASIA me dicen que hay que presentar una L03 por el CCC donde estaban dados de alta los trabajadores en el periodo de los atrasos. Les comento que:
1- no tengo autorización red de la empresa A, no es cliente nuestro. (esto les ha dado igual)
2- Empresa A está disuelta, no existe ya.
Estoy por cotizarlo en el CCC de la empresa nueva y pista.
¿se os ha dado el caso alguna vez? ¿Qué habéis hecho?
gracias.
no sé si estoy espeso y algo obvio se me está escapando pero tengo la siguiente situación. Trabajadores de empresa A que pasan a empresa B vía subrogación. Empresa A queda disuelta. Al de un tiempo salen tablas salariales de convenio y empresa B debe abonar los atrasos de esos trabajadores.
Desde CASIA me dicen que hay que presentar una L03 por el CCC donde estaban dados de alta los trabajadores en el periodo de los atrasos. Les comento que:
1- no tengo autorización red de la empresa A, no es cliente nuestro. (esto les ha dado igual)
2- Empresa A está disuelta, no existe ya.
Estoy por cotizarlo en el CCC de la empresa nueva y pista.
¿se os ha dado el caso alguna vez? ¿Qué habéis hecho?
gracias.