Audiencia Nacional: aplicación 6,5% incremento salarial Convenio estatal atención dependencia

Tronchacadenas

Miembro conocido
Lo que si es conveniente que las empresas hagan la correspondiente provisión de fondos, tal vez las grandes estén al tanto del asunto pero las pequeñas deben hacer cuanto antes la gestión presupuestaria necesaria
 

BELEN

Miembro conocido
Lo que si es conveniente que las empresas hagan la correspondiente provisión de fondos, tal vez las grandes estén al tanto del asunto pero las pequeñas deben hacer cuanto antes la gestión presupuestaria necesaria
si, lo que decía al principio, va a ser una drama en algunos casos .... yo ya llevo avisando de que vayan provisionando hace un año....perooooo
 

BELEN

Miembro conocido
Pues al hilo de este asunto, resulta que una de las patronales ha recurrido en casación al TS... y por ello CCOO a instando a la Audiendia para que proceda a la ejecución de la Sentencia...., asique yo sigo con el "a cuenta de convenio " del 6,5% desde julio, absorbiendo todo lo absorbible me indican. Y los atrasos del 4% de enero a junio (tenía ya un 2,5% a cuenta de convenio) les veo para largo....
Raro sería pero ¿que pasaría con el exceso que les pagamos si luego hay un fallo bajando el 6,5%?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Pues al hilo de este asunto, resulta que una de las patronales ha recurrido en casación al TS... y por ello CCOO a instando a la Audiendia para que proceda a la ejecución de la Sentencia...., asique yo sigo con el "a cuenta de convenio " del 6,5% desde julio, absorbiendo todo lo absorbible me indican. Y los atrasos del 4% de enero a junio (tenía ya un 2,5% a cuenta de convenio) les veo para largo....
Raro sería pero ¿que pasaría con el exceso que les pagamos si luego hay un fallo bajando el 6,5%?

Breve Resumen de la Sentencia: La interpretación literal directa de la normativa convencional determina el reconocimiento del incremento de los salarios de VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal en la subida del IPC real fijado para ese año en un 6,5%.

Parece bastante contundente la sentencia. Yo sigo también con "a cuenta de convenio"
 

BELEN

Miembro conocido
Breve Resumen de la Sentencia: La interpretación literal directa de la normativa convencional determina el reconocimiento del incremento de los salarios de VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal en la subida del IPC real fijado para ese año en un 6,5%.

Parece bastante contundente la sentencia. Yo sigo también con "a cuenta de convenio"
Si, no tiene otro recorrido el recurso salvo intentar retrasar la aplicación de la subida.... en fin.
 

BELEN

Miembro conocido
Publicado el Auto de la AN ordenando publicación de las tablas. Entiendo que es EJECUTIVA aunque esté recurrida ante el TS y que la publicación será inmediata y ya podremos pagar atrasos. Yo de momento quitaré ya el "a cuenta de convenio" y actualizare los conceptos de cobro a las tablas.
 

Archivos adjuntos

  • Sentencia Audiencia Nacional tablas SAD estatal 2022 BOE.pdf
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PEDRO

Miembro conocido
Yo acabo de calcularlos. Al final "no fue mucho" los ajusté desde junio y no tuve diferencias.
 

BELEN

Miembro conocido
A mi me han indicado que pase las tablas a nónimas de noviembre ya, pero los atrasos cuando publiquen las tablas. Ajustamos desde enero a junio con +2,5..., luego desde julio a +6,5, pero son muchos, al "jefe" le dará un parraque cuando los calcule.
 

BELEN

Miembro conocido
Tengo una duda existencial , porque ya dudo hasta de si sé leer.... la sentencia ordena a la DGT la publicación de las tablas... y esto es precisamente la publicación por parte de la DGT que lo que hace es transcribir el auto de la AN...por tanto ¿se consideran YA PUBLICADAS y desde el,14/11 tenemos UN MES para pagar atrasos? es que hasta ayer tenía en la cabeza que había que esperar a su publicación, pero esto es la publicación verdad? ya no tenemos que esperar a nada más, porque el auto es recurrible pero ejecutivo.....
 

MJ1977

Miembro activo
Hola,
En la aplicación de este convenio, si los trabajadores están por encima del convenio entendéis que se puede absorber?
El articulo 11 me deja un poco con la duda porque lo que interpreto es que los trabajadores con una fecha de antigüedad anterior a septiembre 2018 no podría absorber.
Como lo entendéis y/o aplicáis vosotros?
 

BELEN

Miembro conocido
Hola,
En la aplicación de este convenio, si los trabajadores están por encima del convenio entendéis que se puede absorber?
El articulo 11 me deja un poco con la duda porque lo que interpreto es que los trabajadores con una fecha de antigüedad anterior a septiembre 2018 no podría absorber.
Como lo entendéis y/o aplicáis vosotros?
Yo entiendo que no cualquier concepto aparte de los del convenio que se esté pagando entraría aquí, según qué concepto sea y el motivo de pagarlo será absorvible o no. Yo tengo por costumbre cuando sí va a ser absovible especificarlo así en su nomenclatura, o bien lo pongo como a cuenta de convenio y queda mucho más claro.
Aunque la verdad es que la mayoría no son absorbibles, porque son tipo "puesto de trabajo", plus por responsable de planta, pulses personales, ....de este tipo.
A mi me parece que generalizar a cualquier concepto es demasiado. Parece querer decir que si por ejemplo, estas pagando un salarioa base ya superior al de las tablas, deberás extraer la diferencia a otro concepto como "complemento personal"
En cualquier caso, no lo aplicaría a TODO porque si, si no a conceptos de convenio y los demás habrá que analizar qué remuneran exactamente.
 

merjime

Nuevo miembro
Buenos días, ¿sabéis algo con respecto a las tablas salariales para 2023?, según el art. de ultraactividad del convenio este año hay que actualizar los salarios al 5,7% del IPC. ¿No se sabe aún nada de las negociaciones del nuevo convenio?.
Un saludo y gracias
 

fundación

Miembro conocido
Buenos días, ¿sabéis algo con respecto a las tablas salariales para 2023?, según el art. de ultraactividad del convenio este año hay que actualizar los salarios al 5,7% del IPC. ¿No se sabe aún nada de las negociaciones del nuevo convenio?.
Un saludo y gracias

Mis fuentes dicen que están negociando intensamente, la patronal intenta repartir el incremento salarial automático de 2023 entre varios años, por ejemplo, hasta 2025, dado que según previsiones de contracción del PIB, ya no correspondería incremento salarial en 2024 o 2025, dando igual los valores de IPC 2023 y 2024. Esta información es del mes pasado.
 

BELEN

Miembro conocido
Gracias Fundación, que buenas fuentes!!! mi cliente algo debe saber porque se ha decantado por subir solo un 2% a cuenta de convenio.
 

merjime

Nuevo miembro
Mis fuentes dicen que están negociando intensamente, la patronal intenta repartir el incremento salarial automático de 2023 entre varios años, por ejemplo, hasta 2025, dado que según previsiones de contracción del PIB, ya no correspondería incremento salarial en 2024 o 2025, dando igual los valores de IPC 2023 y 2024. Esta información es del mes pasado.
Muchas gracias, ¿y para este mes de enero que recomendáis hacer con respecto a las nóminas y subidas?
 

toni

Miembro conocido
Yo suelo mirar los convenios y si pone alguna clausula tipo "para el ejercicio 2023 se aplicara un 2% sobre las tablas del 2022", lo aplico, si no dice nada, no hago nada...
 

fundación

Miembro conocido
Es un sector delicado, se basa en mucho capital humano, el último convenio es 2015-2018 y luego ultraactividad. Entre todo eso y el IPC del año pasado, que en alimentación, energía etc (a efectos de costes de los centros) es mucho mayor que el 5,7% oficial, pues la tenemos liada.
 

Argi

Miembro conocido
Es un sector delicado, se basa en mucho capital humano, el último convenio es 2015-2018 y luego ultraactividad. Entre todo eso y el IPC del año pasado, que en alimentación, energía etc (a efectos de costes de los centros) es mucho mayor que el 5,7% oficial, pues la tenemos liada.
Yo llevo una de tu nombre y han decidido subir a cuenta convenio el 5,7% el salario base. Pluses y antiguedad no se tocan. Pero están en una situación complicada.
 
Arriba