Autónomo colaborador familiar

olgaesro

Miembro
El autónomo colaborador familiar de una persona física dada de alta por primera vez tiene la bonificación verdad?

Gracias.
 

RGG1980

Miembro activo
no , durante el alta te sale
1727779331405.png
Pero el libro de familia lo tienes que mandar por casia, ya que por lo menos la ultima vez que he dado un alta de colaborador han quitado en el proceso inicial de alta la opción de subir documentos , por lo que una vez dado el alta sube por casia el libro.
 

vicccbi

Miembro
no , durante el alta te sale
Ver el archivos adjunto 3655
Pero el libro de familia lo tienes que mandar por casia, ya que por lo menos la ultima vez que he dado un alta de colaborador han quitado en el proceso inicial de alta la opción de subir documentos , por lo que una vez dado el alta sube por casia el libro.
A mi nunca me ha salido eso, haces el alta por RED o con certificado digital en sede electrónica del autónomo?
 

RGG1980

Miembro activo
por sede del autonomo, da menos problemas
por el otro lado no sale lo de las bonificaciones???
 

Niema

Miembro activo
buenos días, podéis ayudarnos con este tema, por favor?


1. si es un autonomo familiar colaborador sin participaciones en la sociedad pero trabaja en ella, tiene nómina, se debe comunicar también como personal vinculado a la sociedad?

2. si un reta societario familiar colaborador colabora en dos empresas de la familia trabajando en ellas, hay que comunicarlo desde el apartado varias actividades RETA no? y que pendan sus rendimientos de cada una de las sociedades.

pero en función del punto 2, entiendo que sí habría que vincularlo desde el NET de la propia sociedad no¿

que lío, que hartazón pero mil gracias por existir foro!
 

Cachilipox

Miembro conocido
El concepto de "familiar colaborador" y "sociedad mercantil" no es como muy compatible, pues no es posible ser pariente familiar de un ente jurídico.

Puede que sin ser socio trabajes para una mercantil, donde sí existan socios familiares convivientes, y juntando todos los %, a efectos de encuadramiento, aunque no seas socio ni desempeñes cargo o función orgánica alguna, resulte que tengas "control efectivo".

En el primer caro que expones, yo no veo que un no-socio, que no desempeña ni desarrolla cargo ni función alguna, sea "persona vinculada" con la sociedad. Puede que el encuadramiento deba ser en RETA, o no, por lo del "control efectivo indirecto con convivientes", pero para nada eso le da la cualidad de "persona vinculada".

Y el segundo caso, pues más o menos por la misma línea, yo no veo para nada la figura del "familiar colaborador", sino solo la de una persona trabajadora para dos sociedades, donde quizás corresponda encuadramiento en RETA, o no, según si existe lo del "control efectivo".
 

DavidGA

Miembro activo
Buenos días
En el caso de alta de autónomo familiar colaborar de autónomo persona física, ¿para que aplique la bonificación hay que poner una base de cotización concreta? (Similar a lo que ocurre con la tarifa plana de poner 950,98 €). Gracias
 

elchuske

Miembro conocido
Haaa pues ya pregunto yo tambien. CB de 4 comuneros. Van a contratar al marido de una de ellas que convive.......... bueno no lo se. Va RETA??? con tarifa plana??? , Matiz la comunera esposa tiene como es natural el 25% pero todas son solidarias. Vamos que vende la comunidad y no se entera nadie.
 

ana98va

Miembro
Buenas tardes,

Pareja la cual ni está casada ni registrada como pareja de hecho (solamente tienen 4 hijos en común), ella es autonoma persona fisica, él podría ser colaborador de ella??
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas tardes,

Pareja la cual ni está casada ni registrada como pareja de hecho (solamente tienen 4 hijos en común), ella es autonoma persona fisica, él podría ser colaborador de ella??
solamente 4 hijos en común :D:D esto va de presunción de relación laboral, es decir, al régimen general. Aunque la administración puede demostrar lo contrario si tiene liberatad horaria, no cobra nómina, dispone como si fuese un jefe...etc
 
Última edición:

fjr187

Miembro
Buenas tardes,

Pareja la cual ni está casada ni registrada como pareja de hecho (solamente tienen 4 hijos en común), ella es autonoma persona fisica, él podría ser colaborador de ella??

Hice una consulta CASIA por un caso igual (Aunque con menos hijos :ROFLMAO:) y esta fue la respuesta:

1739793854705.png


Por lo que sería Régimen General.

Me entró la duda por lo que dice Marlo, porque viendo una Webinar de un Inspector de Trabajo que ya no ejerce comentaba que casos como este donde haya hijos en común, un histórico de empadronamiento de varios años, etc. Él lo consideraba como Autónomo Familiar, que había que adaptarse a los cambios de la Sociedad y los nuevos modelos de familia.

Pero por lo que me contestaron por Casia y una charla con la Directora de la T.G.S.S de mi ciudad en estos casos ellos solo se van a ceñir a lo que dice la ley sin entrar en otras cuestiones o vínculos.

Saludos
 

MarLo

Miembro conocido
Hice una consulta CASIA por un caso igual (Aunque con menos hijos :ROFLMAO:) y esta fue la respuesta:

Ver el archivos adjunto 4068


Por lo que sería Régimen General.

Me entró la duda por lo que dice Marlo, porque viendo una Webinar de un Inspector de Trabajo que ya no ejerce comentaba que casos como este donde haya hijos en común, un histórico de empadronamiento de varios años, etc. Él lo consideraba como Autónomo Familiar, que había que adaptarse a los cambios de la Sociedad y los nuevos modelos de familia.

Pero por lo que me contestaron por Casia y una charla con la Directora de la T.G.S.S de mi ciudad en estos casos ellos solo se van a ceñir a lo que dice la ley sin entrar en otras cuestiones o vínculos.

Saludos
correcto, RG en TGSS. Pero Inspección (de oficio o a instancia del sepe a la hora de cobrar una prestación) puede demostrar lo contrario si realmente no se dan las caracteristicas de un contrato de trabajo: es decir, que esa persona no tiene horarios, no tiene nómina por convenio, hace funciones de gerente igual que la pareja, etc... Son casos excepcionales que alguno ya se tiene dado. Por eso no está mal que además de hacer el alta por RG, también aquí, en estos casos "especiales", se lleve el registro horario, se haga nómina y se pague por banco, etc...
 
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