Autónomo colaborador

afj

Miembro
En caso de Autónomo colaborador,es obligatorio que el Autónomo principal (en Estimación Objetiva) le realize al Colaborador un contrato y unas nóminas mensuales con su correspondiente retención de IRPF? o por el contrario se puede argumentar (en caso de Inspección) que lo que supuestamente cobraría de nómina se emplea para negocio familiar?Hay por ahí alguna Ley al respecto?? Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
El substracto del autónomo colaborador, es que participa en un negocio familiar, al pertenecer él mismo al núcleo de dicha famila. Por tanto, aquí, aún y pudiendo haber, la idea es que no haya nómina. La nómina, sólo puede complicar las cosas (que se piense que se encubre una auténtica relación laboral, por ejemplo).
 

Clo

Nuevo miembro
Un contrato no, pero una retribución con lo que percibe de remuneración ajustado a mercado/convenio, con su retención, lo veo bien,...
Veo lógico que el padre le pague un sueldo a su hijo con el q convive, si trabaja en su empresa,...
 

FERNANDO

Miembro conocido
No lo veo, así, Clo (aunque pueda ser factible y natural); el substracto del autónomo colaborador es que trabaja para el núcleo familiar y que todos los frutos van al mismo, sin que exista independencia alguna de ninguno de sus miembros. Una nómina, sólo puede hacer que apuntar indicios de laboralidad, con el corresopndiente peligro que ello conlleva.
 

Ro

Miembro activo
En un caso como estos es donde la administración no se pone de acuerdo. Me explico, para la Tesorería de la Seguridad Social autónomo colaborador es aquel que vive y depende de la misma unidad familiar que el principal de la actividad, por lo tanto depende económicamente de él y de su actividad, sin nóminas ni nada que se le asemeje. Sin embargo para la AEAT, un autónomo colaborador debería tener un contrato que aunque no se puede registrar en el INEM debería tener sello de entrada y una nómina para justificar los ingresos, esto último lo ha dicho una inspectora de Hacienda en una ponencia.
¿A quién hacemos caso?' así tenemos las cosas... ni la administración se pone de acuerdo....
 

signifer

Miembro
Ro, tienes toda la razón. Es un caso que hagas los que hagas no quedará "perfecto".

En mi opinión si el titular está en EO, y existe un autónomo colaborador. Yo no le haría "nomina". No le imputaría unos ingresos para que tribute por una cosa que la empresa no se deduce fiscalmente.

Cuando el titular tributa en ED podría considerar imputar unos ingresos al familiar, pero como para deducir el sueldo, la AEAT considera que tiene que existir un contrato, ya se ha liado el asunto. El contrato no es laboral porque como autónomo colaborador no existiría ajeneidad. Tampoco es contrato mercantil porque el colaborador no ordena por cuenta propia factores productivos. Es un contrato que nadie quiere asumir, un contrato de autónomo colaborador.

Por lo tanto, lo mejor es no hacer nada. El colaborador vive con su familia, depende de ella y colabora ayudando en el negocio. No hay más.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
En la AEAT son unos inútiles: cómo coñe ha de tener nómina la esposa si trabaja para el negocio común? Sería un contrasentido y, a efectos laborales, podría llevar a confusión el hecho de que un familiar tenga nómina. Cuánto absurdo, por Dios.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenas tardes:
Estoy con Ro, hace tiempo le discutía a mi jefe que como le tengo que hacer un contrato y pasarlo por SEPE a una autónoma colaboradora de su padre( autónomo persona física) y es, eso...AUTONOMA.
Y esta semana me ha dicho que tiene que ir a la Administración del SEPE para que le sellen el contrato dichoso. Ah !!! y por cierto....tiene nómina.... :eek: :eek: :eek:

Mucho absurdo , FERNANDO, muchisimooooooo


 

afj

Miembro
Entonces a efectos de Inspección de Trabajo, no hay problema si no hay ni contrato ni nómina, pero con Hacienda que pasa?hay alguna forma de justificarles el porque no se hace ni contrato ni nómina? En principio no les he hecho ni contrato ni nómina a estos autónomos colaboradores, espero no tener problemas en caso de Inspección.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Yo tambien tengo algunos conyuges colaboradores, sin nomina ni contrato y de uno de ellos pase una inspeccion de modulos y no me pidieron nominas ni contrato.
 
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