Autónomo económicamente dependiente.

Aunque he visto infinidad de temas abierto con este asunto, quería plasmar este en particular y comparar opiniones.

Un trabajador quiere dejar de ser empleado, para ser "Autónomo económicamente dependiente" . Me comenta que quiere trabajar para mas empresas aparte de la suya.

Total, estudiando legislación, que si contrato entre las partes, que si especificar la condición de dependiente, que si al menos el 75% de la facturación debe ser con esa empresa, indemnizaciones y demás, me surge la duda al comprobar que el trabajador va a prestar sus servicios en las instalaciones de la empresa, va a utilizar su material, respetará los horarios que le imponga la dirección y también que estará subordinado en una jerarquía empresarial.

No sé si llegado el momento de una inspección, el sr. inspector pueda ver un "falso autónomo", y debamos acarrear con una sanción, además de contratarlo, etc... Ya que uno es trabajador por cuenta ajena cuando existe dependencia o cuando “realización ( del trabajo convenido) es bajo la dirección y control” de la empresa (STC 20/05/81) o el trabajador se halla incluido “ en el ámbito de organización de la empresa” (STC 8/02/82) o simplemente exista “subordinación del trabajador al empresario (STC 14/1/82).

Algún consejo sobre como abordar este asunto?

Saludos y buen fin de semana.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, como una casa, no; habría ue ver cómo se configura la dependencia: horario, centro de trabajo, elementos productivos, etc...
 
Gracias por las respuestas, yo es que tan claro no lo tenía.

La empresa se dedica a instalar aparatos de aire acondicionado. La labor del autónomo económicamente dependiente consistiría en el mantenimiento de éstas, o sea que, como centro de trabajo no existiría ninguno (por lo menos fijo), en cuanto a horario (pues cuando ser averíe o requiera inspección) y en cuanto a las herramientas, serán a cargo del autónomo, ya que llevará el mantenimiento de otros aparatos ajenos a los instalados por la empresa principal.

Creo que esta figura cabría en este caso en concreto. Pero quiero tenerlo todo atado. Gracias por las aportaciones y saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, en principio tampoco es tan, tan claro: no hay centro de trabajo, no hay horario, el autónomo trabaja para varios.
 
Pues factura el autónomo y la organización del trabajo vendrá determinada por la cantidad de instalaciones que haya que reparar. Aquí, veo el punto flojo del asunto, pues será la empresa principal quien le diga a donde tiene que ir y que aparatos reparar.. cómo lo ven??

Gracias a todos
 
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