Autónomo que se desplaza a Suazilandia (en serio)

pajarillo

Miembro conocido
Buenos días,

Tengo un cliente, autónomo, que se va a desplazar a Suazilandia (África), ya que le ha contratado una ONG (contrato civil de prestación de servicios), para realizar tareas de cooperante durante unos 7 meses. Pais con el que no hay convenio bilateral en Materia de Seguridad Social.

Solicito información al buzón de consultas de Seguridad Social. Me responden:

El modelo TA.300 solo debe utilizarse para comunicar los desplazamientos a
países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, Suiza, Reino Unido o
países con los que España ha suscrito convenio de Seguridad Social.

Sin embargo, España no tiene convenio con Suazilandia, por lo que deberá
comunicar su desplazamiento a la Administración de la Seguridad Social a la que
corresponde su alta como autónoma, a través de la Sede Electrónica de la
Seguridad Social, en la siguiente opción:
Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Tesorería General
de la Seguridad Social)


Solicito información a CASIA. Me responden:

Buenos días. No existe convenio bilateral con dicho país, por lo que no es posible emitir un certificado de legislación aplicable. El trabajador puede cursar su baja en Autónomos y posterior alta y suscribir un convenio especial con la Seguridad Social, teniendo en cuenta el tiempo de desplazamiento y siempre que no implique mantener su actividad en España. Ello significa que puede estar obligado a cumplir con la normativa de Seguridad Social en el país al que se va a desplazar.



Osea, según CASIA, debería darle de baja como autónomo y que se dé de alta en la Seguridad Social de Suazilandia según las normas que se apliquen en ese país.
Y según el buzón de consultas, lo que tengo que hacer es comunicar el desplazamiento mediante un escrito.

Me da miedo comunicar el desplazamiento mediante un escrito, y que me respondan que no procede el alta (osea, que haya que hacer lo que dice CASIA).

¿Alguien ha desplazado a un autónomo a un pais sin convenio bilateral?
 

PEDRO

Miembro conocido
Lo de comunicar el desplazamiento por escrito, ye te lo digo porque pasa en los trabajadores por cuenta ajena, es para poner en conocimiento de la SS el desplazamiento cuando no hay convenio bilateral. Entiendo que lo debes hacer si es un viaje temporal y mantiene la actividad.
Si lo que pasa es que se va a ese país a trabajar y cesa aquí en la actividad que suscriba el convenio especial.
 

Mafaldasur2

Miembro activo
No descartes que el reino o república de Suzilandia le reclame que se de de Alta allí y haga allí su tributación.
(No es coña)
 

javierag17

Nuevo miembro
Yo tuve el mismo caso de desplazamiento temporal de un autónomo a un pais sin convenio bilateral y lo que hice según las indicaciones que me dieron en Seguridad Social fue comunicación del desplazamiento y recomendarle al autónomo que suscriba un seguro privado por lo que pueda sucederle allí..
 

tachca

Miembro
Buenos días, yo he tenido trabajadores desplazados a Guinea y comuniqué el desplazamiento a través del registro presentando un escrito; ahora bien, cuando no hay convenio si sigue cotizando aquí, podrían exigirle en el país de destino que también se acoja al régimen de seguridad social que tengan allí; de todas formas que el autónomo vaya con seguro.
Si necesitas los escritos que yo presente dímelo y te paso el modelo cuando esté por la ofi.
 

pajarillo

Miembro conocido
Hola. Muchas gracias. Pues si no te es inconveniente, te mando un MP.
Sí. Le he recomendado un buen seguro privado.
 
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