Sabéis si hay algún plazo concreto para darse de alta en autónomos una vez constituida la sociedad irregular que nos encuadra?
Es decir, puede constituirse la sociedad irregular, registrase, CIF...etc, y más tarde- cuando realmente van a empezar a trabajar- darse de alta en autónomos?
Es decir, puede constituirse la sociedad irregular, registrase, CIF...etc, y más tarde- cuando realmente van a empezar a trabajar- darse de alta en autónomos?