AUTONOMO TARIFA PLANA 80€, SOLICITARLA EL SEGUNDO AÑO

Caslaboral

Miembro conocido
Menudo lio.

y cuidado que si te pasas del SMI el segundo año no te quieran quitar tambien el primer año de tarifa plana por incumplir eso (algo asi como lo que pasa con los segundos años de habitantes de municipios mas pequeños de 5000)
 

MarLo

Miembro conocido
Menudo lio.

y cuidado que si te pasas del SMI el segundo año no te quieran quitar tambien el primer año de tarifa plana por incumplir eso (algo asi como lo que pasa con los segundos años de habitantes de municipios mas pequeños de 5000)
no, tío, no me des esos sustos.. yo creo que está claro. El primer año "es independiente de los beneficios realmente obtenidos" (ver arriba en la presentación que usaba la propia TGSS
 
Última edición:

PEDRO

Miembro conocido
Tendía dudas si ha que realizar la comunicación de rendimientos en estos casos así que envié un CASIA a la TGSS con la siguiente consulta y esta fue su respuesta:
CONSULTA:
- La base de cotización del autónomo tiene que ser la correspondiente al tramo 1 de la tabla general (950,98€), dado que para el año 2024 esta no cambia ¿Le tengo que declarar igualmente los rendimientos de su actividad para dicho año?
RESPUESTA:
-La comunicación de rendimientos se realiza al modificar la base, por lo tanto NO debe hacerlo (puede comunicar rendimientos mediante el escrito).

¿Habéis realizado alguna comunicación? ¿Hay que comunicar rendimientos?
 

DavidGA

Miembro activo
Si un autónomo que causo alta el 01-03-23 quiere acogerse al 2º año de tarifa plana, los rendimientos netos deben ser inferiores al SMI en 2024 y del 2025?

Que pasa si cumple con el SMI de 2024 y no de 2025? Debe pagar la diferencia de todo el 2º año o solo de la parte de 2025?

Lo digo por esta frase en la ley de autónomos:

Art 38 ter:

2. Transcurrido el período indicado en el apartado anterior, podrá también aplicarse una cuota reducida durante los siguientes doce meses naturales completos, respecto a aquellos trabajadores por cuenta propia cuyos rendimientos económicos netos anuales, en los términos del artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a este período.

Cuando este segundo periodo abarque parte de dos años naturales, el requisito relativo a los rendimientos económicos se deberá cumplir en cada uno de ellos.

Muchas gracias
 

anuskillas

Miembro activo
Creo que tengo un marrón. A ver si alguien se ha encontrado en esta situación. Tarifa plana desde el 2/01/23, me acaban de confirmar el departamento fiscal que segun el cierre del 2023 el autonomo no va a tener ingresos sup. al SMI 2024. Voy a solicitar la prórroga y ya me dá un error ( erro sup. en fecha ) Digo yo que enviando un casia se podrá solucionar porque el primer día habil del año tampoco estaba la cosa clara y el día 1 no estaba yo en condiciones de solicitar una prórroga.
 

anuskillas

Miembro activo
se debe solicitar antes de que venza el plazo inicial (12 meses)...ya estás fuera de plazo....
Acabo de hablar con sistema red. Es correcto lo que indicas pero como me bonificaron hasta el 31 de enero incluido. Tengo capturas de haber intentado solicitar la prorroga en varias ocasiones antes de que terminara el mes, me comentan que basandome en este detalle solicite que me admitan en plazo la prorroga. Cruzo los dedos y a verque pasa.
 
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